
El Gobierno de Baleares ha decidido modificar el Decreto-Ley 3/2020, de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, para no caer en un futuro recurso de inconstitucionalidad. El Ejecutivo de la presidenta socialista Francina Armengol ha decidido recular, a instancias del Gobierno central en al menos seis puntos de la normativa que entraban en cuestiones interpretativas o con compromisos por parte de la Comunidad Autónoma que entraban en conflicto.
Entre los cambios más destacados, se modifica la posibilidad por parte de la administración autonómica de fijar el precio de la compra de vivienda a grandes tenedores en operaciones donde aplicar el derecho de tanteo y retracto.
En el decreto validado en abril de 2020 se otorgaba al Govern el derecho de fijar el precio y las condiciones de compra en operaciones entre grandes propietarios con el derecho de tanteo y retracto. El cambio establecido plantea ahora que ese derecho “se ejercerá por el mismo precio y con las mismas circunstancias en las que se produciría una compraventa entre los grandes propietarios”.
Otras de las medidas más polémicas era la de imponer una sanción administrativa a los bancos y grandes tenedores por no ofrecer una propuesta de alquiler social a los afectados por un desahucio de la vivienda que habitan. En la publicación de la normativa no se contemplaba la posibilidad de que los afectados por el desahucio renunciaran a la opción del alquiler social, por lo que en esta situación el gran tenedor no será sancionado.
Estos cambios han sido publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el de la Comunidad Autónoma (BOIB). Estos cambios se producen después de que el Govern insular ya haya ejercido el derecho de tanteo y retracto en una operación de compra de ocho pisos del Banco Sabadell por los que el Ejecutivo autonómico pagó el mismo precio ofertado, con una media de 112.576 euros por vivienda para añadirlos al parque residencial del Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi).
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta