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Cataluña multa a más de 50 grandes propietarios por no ofrecer un alquiler social
Pisos sociales

La Generalitat, a través de la Agencia Catalana del Consum, (ACC) ha impuesto 57 sanciones a grandes propietarios por no ofrecer un alquiler social a personas vulnerables que iban a ser desahuciadas, tal y como contempla la ley de vivienda de Cataluña. El importe de las sanciones es de 30.000 euros, aunque la ley catalana prevé un máximo de 100.000 euros. En total, el conjunto de sanciones asciende a 1,7 millones de euros.

La ACC ha abierto 141 expedientes sancionadores a grandes tenedores de viviendas desde la entrada en vigor de la normativa en marzo, lo que significa que todavía tiene decenas de expedientes por resolver. La Generalitat se está planteando reforzar el equipo de inspectores hasta elevar la capacidad de análisis a cien expedientes por mes durante dos años.

La Ley 1/2022 del Parlament, que amplía la 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, obliga a los grandes tenedores de viviendas, como bancos y fondos e inversión, a ofrecer un alquiler social a aquellas familias que están en situación de vulnerabilidad antes de desahuciarlas o si mantienen las viviendas vacías durante más de dos años. Un gran tenedor es aquel que dispone de más de diez viviendas.

La normativa se encuentra actualmente recurrida por parte del PP y Vox en el Tribunal Constitucional, que ya ha admitido a trámite los expedientes. Ambos grupos políticos, así como otras entidades de propietarios, consideran que la medida vulnera los límites de regulación de mercado.

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