El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Xunta de Galicia contra la reducción de los beneficios fiscales de los pactos sucesorios que Hacienda incluyó en la famosa ley antifraude. En concreto, el Ministerio de Hacienda mantuvo dichos beneficios para la venta de una vivienda obtenida mediante una herencia en vida, pero siempre que el inmueble se transmita cinco años después de celebrar el pacto sucesorio o del fallecimiento del causante.
Se trata de una enmienda que se incluyó en la ley antifraude fiscal después de que en el Congreso de los Diputados se hubiera debatido sobre el fin de las ventajas fiscales en los pactos sucesorios. Con la nueva normativa el adquiriente de los inmuebles por pacto sucesorio deberá tributar en el IRPF, si transmite los bienes antes de que fallezca el causante.
Esta medida es sólo para transmisiones por pacto sucesorio realizadas con posterioridad a la entrada en vigor de la nueva ley.
Desde el despacho de abogados Ático Jurídico recuerdan que el pacto sucesorio sólo puede llevarse a cabo en Galicia, País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña y Baleares por parte de aquellos que cuenten con la vecindad civil, que se adquiere por nacimiento o adopción o por residencia durante dos años manifestando la intención de acogerse a dicha vecindad (o durante 10 años sin declaración en contrario). En el resto de España no es posible.
Feijóo, contra el Gobierno de Pedro Sánchez
El entonces presidente de la Xunta de Galicia y actual líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, anunció que interpondría recurso ante el Tribunal Constitucional porque consideraba que la norma atenta contra el Derecho civil gallego y que presume que un heredero que necesite recibir su herencia antes de la muerte de un familiar lo haga necesariamente para cometer un fraude fiscal.
Y es que la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, justificó este cambio fiscal señalando que el mecanismo del pacto sucesorio estaba siendo utilizado para realizar “operaciones abusivas”, con el único objetivo de eludir el pago de impuestos.
Ahora el Constitucional tiene sobre la mesa tumbar o no las modificaciones introducidas por la ley antifraude fiscal sobre las herencias en vida.
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