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Pasos a dar para "echar" a un inquilino que deja de pagar el alquiler

Artículo escrito por el equipo jurídico de alquiler protegido

En muchas ocasiones, los inquilinos dejan de pagar el alquiler de su vivienda,  hecho que motiva un problema al propietario. Si la situación persiste en el tiempo y no tiene visos de solucionarse, el propietario de la vivienda debe tomar las medidas oportunas para que se regularice el pago o en su defecto buscar la mejor salida posible, el desahucio por falta de pago

El primer paso para perfilar un desahucio por falta de pago es el requerimiento fehaciente del casero al inquilino, es decir, dejar constancia clara de las mensualidades que le adeuda y su importe. Normalmente este primer paso lo realiza el abogado del propietario para defender los intereses de su cliente

En este caso se hace referencia al art. 22.4 in fine de la ley de enjuiciamiento civil. En el artículo se habla de los desahucios de finca urbana por falta de pago de rentas o cantidades debidas, pero este artículo ofrece al arrendatario el beneficio de alegar la consigna de las rentas debidas y ofrece dos opciones:

-    Dejar constancia en el juzgado que conoce del proceso
-    Dejar constancia notarialmente

A este resquicio legal del que dispone el arrendatario se le denomina enervar el desahucio, aunque esta posibilidad aclara que sólo se lo permite utilizar una sola vez al arrendatario

¿Cómo puede evitar el arrendador que su inquilino se acoja a esta solución para evitar el desahucio?

Para evitarlo el arrendador podría recurrir a la concurrencia de los siguientes requisitos:
A) el arrendador requiera de forma fehaciente el pago (burofax)
B) antelación del burofax, un mes antes de presentar demanda
C) que el arrendatario no pague las rentas antes de presentar demanda

En el caso de que se sucedieran los tres requisitos anteriores, el arrendatario demandado por un proceso judicial por impago de rentas recibiría una demanda en la que se le concede un plazo para contestar

Llegado a este punto, lo mejor que le puede suceder al arrendador es que se aplique el artículo 440.4 de la ley de enjuiciamiento civil, por la cuál se cita al arrendatario a comparecer en la vista y se fija fecha para que se produzca el desahucio del inquilino

Tras todo este proceso, si el inquilino no comparece en la vista judicial, se declara el desahucio y se fija día y hora para el mismo, aunque al arrendatario aún le quedará una última acción en forma de recurso para detener este proceso.  No obstante, se acercaría ya el fin del largo proceso y la recuperación de la vivienda por parte del dueño

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62 Comentarios:

30 Enero 2012, 0:34

El quien quiera vivir de moros que se valla a un puente. Que hay mucha jetas yo no tengo que aguantar a un inquilino que no paga. Si no paga que se valla yo no le tengo que mantener ( a la puta calle)

11 Febrero 2012, 15:58

Lo que si puedo decir que hay una empresa que es Alquiler protegido, el cual piden lo que se debe de pedir,son rapidos,profesionales y eficaces.
Yo soy inquilino y propietario a la vez y hay otras empresas que no aseguran nada de cara al propietario y encima al inquilino le hacen depositar como si estuviera comprando una casa, aparte de la documentacion que piden solo les falta hacer prueba de Adn.
Bravo por la gestion de sociedad privada de alquiler

11 Febrero 2012, 16:12

In reply to by anónimo (not verified)

Es cierto es legal pedir meses en deposito?
Movimientos bancarios y certificados de incidencias bancarias?
Donde esta esta empresa que dices?

23 Octubre 2012, 9:37

El propietario tiene derecho de pedir de alquiler lo que quiera, el inquilino de rechazarlo o admitirlo, a mi lo k me parece mal es que al inquilino no se le pueda echar si lleva un año y pico sin pagar el alquiler, encima se valla hablar con ella o el y se rian a la cara. Pues la verdad que les echaria pero no a los 15 dias sino a los dos.

17 Diciembre 2012, 17:48

CaserA en calle de la olimpiada, Madrid, estafadora. Mucho cuidado con alquilar pisos de una mujer a través de inmobiliaria

6 Enero 2013, 23:36

Yo he alquilado un piso a una persona que no me paga desde hace 3meses y el dia que fui a reclamarle me dijo que estaba borracho yo pago el seguro del piso la comunidad y el ibi y el no paga ni el agua ni la luz aunque en el cotrato pone que debe de pagarlo el estoi pensando que me va a salir mas varato regalarle el piso

6 Enero 2013, 23:44

Tengo alquilado un piso y ya me debe 3meses le fui a reclamar y me dijo que si estaba borracho no paga nin la luz ni el agua (en el contrato pone que el agua y la luz la tiene que pagar el) me estoi pensando que me va a salir mas varato regalarle el piso y sino si algundia se marcha no lo alquilo ni loco

4 Marzo 2013, 11:54

Buen dia
Está usted en necesidad de un préstamo o invester una para invertir cualquier tipo de
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Muchas gracias que esperamos de usted escucha lo más pronto posible

4 Marzo 2013, 11:58

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16 Julio 2013, 20:30

Y tambien que dicen de los inquilinos claro no todos porque unos son muy buenos pero otros marrulleros y llenos de mentiras yo tengo un apartamento arrendado en 160000 pesos llevan seis meses viviendo en mi casa dos pagaron y cuatro gratis y pero lo peor es que personas que los conocen dicen que ese es el vicio de ellos donde llegan pagan uno o dos meses y viven gratis seis o ocho meses y para uno como propietario no hay ayuda porque e estado en muchas partes y no me solucionan nada osea uno es como un burlesco para esa jente y cuales son los derechos para el propietario a quien acude uno quien lo ayuda si uno hace todo el conducto regular que le dicen y no solucionan nada cinceramente en esta pais estamos jodidos con estas leyes que no le sirven si no a los que tienen plata porque los pobres nos estamos es jodidos pero lo que se dice jodidos

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