La justicia ha dado más poder a los bancos que podrán embargar los bienes de los hipotecados (maquinaria, mercancías, acciones, etc) que no puedan hacer frente al préstamo hipotecario
La justicia ha ampliado los procesos de reclamación de deudas hipotecadas, por lo que ahora permite acumular el procedimiento de ejecución ordinario al procedimiento hipotecario, algo que antes la jurisprudencia lo negaba. De este modo, cuando se subaste la finca del propietario que no puede hacer frente al pago de la hipoteca, al mismo tiempo se podrá subastar otros bienes, como más fincas, acciones, maquinaria, mercancías, etc. incluso, también se pueden embargar los bienes de sus avalistas
Este proceso se está llevando a cabo como consecuencia de la crisis inmobiliaria. Antes bastaba con la subasta de los inmuebles hipotecados, ya que siempre subían y valían más que el importe de la hipoteca. Pero ahora con la crisis, muchos inmuebles valen menos que la hipoteca y la justicia tiene que subastar otros bienes del deudor para cubrir la deuda que tiene con los acreedores
Con esta tendencia procesal los bancos son los más beneficiados. El artículo 105 de la ley hipotecaria señala que “la hipoteca podrá constituirse en garantía de toda clase de obligaciones y no alterará la responsabilidad ilimitada del deudor que establece el artículo 1.911 del código civil”
Mientras tanto, algunos partidos políticos, como pp e iu, han pedido al gobierno que modifique la ley hipotecaria para que quienes pierdan su casa en una subasta judicial por no pagar la hipoteca, no siga teniendo esa deuda hipotecaria, tal y como ocurre en estados unidos
49 Comentarios:
¿Que hace la justicia con los responsables financieros que se han embolsado millonarias comisiones concediendo créditos de alto riesgo fundamentados en su lucro personal?
Respecto a la noticia publicada en expansión sobre el supuesto mayor poder que la justicia había reconocido a bancos para embargar patrimonio de hipotecados morosos, quería hacer unas precisiones.
Creo que la noticia induce a error. No hay cambio alguno de fondo. La responsabilidad patrimonial universal, que consiste en que tras la garantía directa y por vía rápida del piso, sigue respondiendo el resto del patrimonio si el piso embargado no ha sido suficiente para cubrir toda la deuda, no ha cambiado.
Existe en el código civil tal cual desde la década de 1880, cuando se promulgó el código. Y antes existía con base en otras normas. Además es propia del sistema de derecho continental europeo, de tradición romana.
La única novedad, y se presenta en la noticia de forma equívoca, consiste en que dos juzgados, de los miles que hay en toda España, en el nivel inferior de la administración de justicia (habrá que ver en qué queda en instancias superiores) han permitido acumular la ejecución hipotecaria contra el piso, que es la vía rápida donde apenas hay defensa (¿Ha pagado Ud, sí o no?) Al procedimiento general, ordinario, donde se reclama el resto de la deuda.
La noticia no aclara si el acreedor pidió la acumulación para acelerar el proceso, intentando que le concedan embargo en el proceso hipotecario, que se abre antes que el ordinario. Es de suponer que así se trata. En tal caso, efectivamente supone que el acreedor está pudiendo actuar con algo más de rapidez.
Pero más parece en general que la verdadera noticia es el descubrimiento en la redacción de expansión del sistema de responsabilidad patrimonial universal. Los periodistas habrán montado mucho revuelo entre café y café, pero la noticia sería entonces su ignorancia. Sin ser tan ácido puede pensarse que con cualquier motivo se saca el tema para que el público en general se vaya enterando.
Has dicho exactamente lo que estaba pensando yo. El artículo induce a error y denota la ignorancia de la ley por parte de los periodistas, que han oído muchos comentarios sobre los americanos que se van al banco a darle las llaves de su casa y se van de rositas.
Sí señor, así de claro.
Han descubierto la penicilina, ahora.
Y donde estan los recursos de riesgo de bancas y cajas ....dando creditos a todo el mundo sin ningun tipo de control .....que solo es el culpable el cliente moroso ???? y el banco y la caja en la locura de dar creditos a todo el mundo y ganar mas dinero de comisiones y otros ...sin mirar y valorar el riesgo .....donde estaban????
Llevas toda la razon ellos son los culpables de todo los males en este pais mandaban sus propios tasadores sin importarles nada que pagen ellos la devaluacion de la vivienda embargada
Lastima me dá que la ley solo mejore en favor de que tiene. Acaso los bancos no tienen ningún tipo de responsabilidad sobre el riesgo que entraña dar hipotecas. ¿Acaso la ley no debería obligar a los bancos a renegociar las hipotecas si hay voluntad de pago?
Efectivamente,yo puedo tener toda la intencion de pago pero si no tengo trabajo por mucha intencion y empeño que se tenga dificilmente voy a saldar la deuda con el banco.Bastante tengo con quedarme en la calle.Y además quieren quedarse con lo poco que me quede por ahí,entonces de qué vamos a vivir en casa?...
Vamos,yo no soy muy inteligante pero hay algo que me cuesta entender,por qué nuestras leyes apoyan al indeseable y se esfuerzan por hacer injusticias.¿No es lo propio que sirvan para ayudar al honrrado o es que acaso no recuerdan los señores jueces aquellos años de facultad donde año tras año se les prepara para eso PARA HACER JUSTICIA, o es que las neuronas las tienen gastadas de
Tanto estudiar y necesitan de diccionario para entender esa palabra?...
A veces me hacen estas cosas avergonzarme de ser española,hemos pewrdido totalmente el norte!Qué pena!
Me podeis por favor (en serio) decir por que esta de moda no poner la direccion exacta de los inmuebles? de verdad que no lo entiendo. Dirección del inmueble este anuncio no muestra la dirección exacta por deseo explícito del anunciante
Supongo que será para evitar que un posible comprador desquiciado pirómano con tendencias asesinas queme el piso o le meta unos hachazos al vendedor.
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