Divorciarse no impide aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual aunque pasen más de dos años
Salir de la vivienda familiar tras un divorcio no significa necesariamente perder la exención por reinversión en vivienda habitual. El Tribunal Supremo ha analizado el caso de un contribuyente que abandonó su domicilio en junio de 2012 y destinó el importe de su 50% a la compra de su nuevo hogar tres años después, frente a los dos que establece la Ley del IRPF para poder aplicarse la exención por inversión en vivienda habitual. La sentencia le reconoce su derecho a aplicársela, evitando que el cónyuge que tuvo que abandonar la vivienda por la ruptura reciba un tratamiento fiscal más desfavorable que quien permanece en ella.