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Provisión de fondos: todo lo que hay que saber sobre la “entrada para la hipoteca”
GTRES

Cuando vamos a comprar una casa y necesitamos pedir una hipoteca, un concepto con el que debemos estar familiarizados es la provisión de fondos para el préstamo hipotecario. Se trata de un importe que el banco nos solicitará para costear los gastos derivados del proceso, por lo que tendremos que contar con este ahorro de forma previa a la solicitud.

¿Qué es la provisión de fondos de una hipoteca?

Cuando vamos a pedir una hipoteca, el banco iniciará un proceso de estudio sobre la viabilidad del mismo. Una vez que nos dé el visto bueno e inicie los trámites para la concesión de la hipoteca, será cuando nos solicite la provisión de fondos para la hipoteca.

La provisión de fondos de una hipoteca es la cantidad de dinero que tendremos que usar para cubrir los gastos derivados tanto de las gestiones de la propia hipoteca como de la compraventa de la casa.

Esta cantidad no es arbitraria, y es el banco el que se encarga de calcularla teniendo en cuenta las características de cada préstamo. Por lo general, los gastos de la hipoteca y compraventa suelen representar el 10% del precio de la casa.

En resumen, de media, la provisión de fondos ascenderá al 10% del valor de la casa que queremos comprar. Este dinero deberemos tenerlo ahorrado previamente, y será lo que comúnmente se conoce como “la entrada de la hipoteca”.

No obstante, si no tienes este dinero ahorrado, recuerda que también existen algunas formas con las que puedes conseguir una hipoteca sin ahorros previos.

¿Cómo funciona la provisión de fondos?

Según cada entidad, puede haber algunas variaciones. No obstante, en la mayoría de los casos, los pasos a seguir respecto a la provisión de fondos de la hipoteca son los siguientes:

  • Se solicita la hipoteca después de comparar entre distintas opciones.
  • El banco realiza el estudio de viabilidad.
  • Si el banco aprueba la solicitud y nosotros aceptamos la oferta personalizada, nos solicitará la provisión de fondos. Por lo general, este trámite se lleva a cabo a través de una gestoría y, en la mayoría de los casos, el propio banco la facilita.
  • A continuación, se lleva a cabo tanto el proceso de compraventa de la vivienda como de la concesión de la hipoteca.
  • El banco hace una liquidación de la provisión de fondos.
  • El banco nos notifica el resultado de la liquidación de la provisión de fondos y lo notifica. Entonces, el cliente debe revisar dicha liquidación y, si es correcta, notificarlo a la entidad. En caso de que sea errónea, se deberá notificar también para que se corrija.
  • Finalmente, el banco devuelve el dinero sobrante de la provisión de fondos iniciales en la cuenta corriente del cliente.

¿Quién paga la provisión de fondos de la hipoteca?

La provisión de fondos la paga el cliente del banco. Es decir, la persona interesada en comprar la vivienda y que acude a la entidad bancaria en busca de financiación a través de un crédito hipotecario. Lo más habitual es que el banco sea el que facilite una gestoría, que será la entidad a través de la cual se tramitará esta operación.

¿Cuándo te devuelven la provisión de fondos de una hipoteca?

Una vez que se ha completado el proceso de compraventa y de concesión de la hipoteca, el banco realiza la liquidación de la provisión de fondos. Por lo general, el cálculo de la provisión de fondos que hace el banco inicialmente suele ser al alza para asegurarse de que no falte dinero durante el proceso. Por este motivo, una vez terminadas todas las gestiones, el banco deberá devolvernos la cantidad sobrante. Este proceso debe hacerse después de la liquidación de la provisión de fondos, y puede llegar a demorarse varios meses desde que se ha completado la firma de la compraventa de la casa.

Una vez que el banco tenga lista la liquidación se pondrá en contacto con el cliente para notificarlo. Entonces, el cliente deberá revisar dicha liquidación para cerciorarse de que todo es correcto y, si está de acuerdo, aceptarla. A continuación, la entidad deberá ingresar la cantidad de dinero sobrante en la cuenta corriente del cliente.

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1 Comentarios:

Isabel
4 Agosto 2022, 11:39

Buenos días. Soy analista de riesgos en una entidad financiera, os recuerdo que a partir de la entrada en vigor de la Ley 5/2019 del 15 de marzo que regula los contratos de crédito inmobiliario, cuando un particular pide una hipoteca a un banco para financiar la compra de vivienda TODOS LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA SON A CARGO DEL BANCO, el cliente sólo debe abonar los gastos e impuestos derivados de la compraventa( IPT, notaría, registro y en su caso gestoría) estos gastos los tiene que pagar siempre tanto si solicita hipoteca como sino. E. Concreto en la entidad financiera donde yo trabajo, Unicaja Banco, el cliente sólo paga el coste de la tasación y algunas entidades financieras incluso asumen ese coste. OS DEJO ESTE COMENTARIO PORQUE LA LECTURA DE VUESTRO ARTICULO PUEDE INDUCIR A ERRORES RESPECTO A QUIEN ASUME CADA COSTE.

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