
Si estás pensando en subrogar tu hipoteca, es posible que el nuevo banco te solicite una nueva tasación de la vivienda. Sin embargo, esto dependerá de las condiciones y circunstancias en las que se solicite la subrogación. Si quieres saber más sobre cuándo es obligatorio hacer una nueva tasación de la vivienda para pedir una subrogación de hipoteca sigue leyendo y te contamos las claves.
¿Qué es la subrogación de la hipoteca?
La subrogación de la hipoteca (en concreto, la subrogación del acreedor) consiste en cambiar la hipoteca de un banco a otro. Esto permite renegociar las condiciones y características del préstamo, por lo que es una de las mejores formas para ahorrar dinero en la hipoteca.
No obstante, hay que tener en cuenta que, para poder cambiar de entidad y mejorar las condiciones, el banco exige una serie de requisitos para realizar la subrogación.
¿Qué es la tasación de la vivienda?
La tasación de la vivienda es un estudio que realizan empresas o personas debidamente cualificadas y que permite conocer el valor real y objetivo de un inmueble en el mercado inmobiliario. La tasación de una vivienda la puede realizar cualquier empresa o persona debidamente cualificada. Es decir, que haya sido aprobada por el Banco de España. De esta forma, se garantiza la objetividad de la tasación.
¿Para qué sirve la tasación de la vivienda?
La tasación de una vivienda sirve para conocer su precio real y objetivo en el mercado inmobiliario. Esto permite que el banco sepa el valor concreto de un inmueble y, de esta forma, saber qué cantidad de dinero puede prestar a un cliente a la hora de conceder una hipoteca.
¿Es obligatorio hacer una nueva tasación para subrogar la hipoteca?
Si vamos a subrogar una hipoteca, es posible que el banco nos solicite una nueva tasación. Sin embargo, esto dependerá de las circunstancias de la subrogación. Es decir, que no siempre es obligatorio, sino que solo será necesario realizar la tasación de la vivienda en algunos casos determinados.
En concreto, en los siguientes casos:
- Si la hipoteca se firmó hace más de 2 años.
- Si la deuda pendiente es mayor de 300.000 euros.
- Si la deuda pendiente es menor de 300.000 euros, pero supera el 80% del informe de tasación.
- Si en la subrogación se ha solicitado una ampliación de la hipoteca (ya sea una ampliación de capital o de plazo de amortización).
- Si se han producido incidencias relacionadas con el incumplimiento del pago de las cuotas de la hipoteca.
En estos casos, se considera que las condiciones requieren que se realice una nueva tasación de la vivienda antes de realizar la subrogación de la hipoteca, por lo que el banco nos la solicitará para poder ejecutarla.
Por el contrario, si no se da ninguno de los casos anteriormente mencionados, no será necesario hacer una nueva tasación de la vivienda. Por ello, el banco en el que solicitamos la subrogación del acreedor debería aceptarla sin necesidad de presentar un nuevo estudio. Aun así, deberemos presentar la tasación original, así como el resto de la documentación de la hipoteca que la entidad bancaria nos solicite para realizar el cambio de hipoteca de banco.
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