
Derecho a la intimidad: ¿es legal grabarte en el jardín de casa?
¿Hasta dónde llega la intimidad del domicilio? ¿Y si lo que se ve desde la calle no está protegido por muros ni setos? El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha abordado una cuestión con importantes implicaciones: si un jardín de uso privado, pero a la vista de cualquiera, puede ser objeto de vigilancia sin vulnerar derechos fundamentales. La sentencia, dictada el 9 de mayo por la Sala de lo Social, resuelve un recurso en el que se discutía la validez de un vídeo captado por un detective privado, contratado por una mutua, donde se observa a un trabajador realizando labores físicas mientras estaba de baja por incapacidad. Si el interior del jardín se ve desde la calle, no hay vulneración de intimidad.