Buenas noches,

Soy inquilina de un piso desde hace 7 meses propiedad de una empresa que se dedica al alquiler de edificios.. Cuando firmé el contrato me ofrecieron dos posibilidades, un contrato de un año prorrogable (el de toda la vida) o un contrato de 6 meses igualmente prorrogable. Pregunté la diferencia entre ambos y me dijeron que eran iguales, la única diferencia es que en el de 1año estaba obligada a cumplir el año completo y en el de 6 meses solo estaba obligada a cumplir seis meses y que pasados sólo tenía que avisar con un mes de antelación. Firmé el contrato de 6 meses pensando en que si no me iba bien con el piso a partir de los 6 meses lo podría dejar.
El caso es que me encuentro en el séptimo mes y por motivos de trabajo tengo que trasladarme dentro de dos meses, es decir cuando ya he cumplido 9 meses de contrato. Pues sabiendo esto les digo a los propietarios que me voy dentro de dos meses y me dicen que no me devuelve la fianza porque mi contrato es temporal y como estoy en prórroga tengo que cumplir con estos otros 6 meses y sino no me devuelven la fianza y otro mes de garantía que pagué.
En el encabezado pone "contrato temporal de arrendamiento" pero el piso es mi vivienda habitual ya que yo estoy trasladada desde otra ciudad. Además en una cláusula del contrato se dice literalmente "la vivienda será destinada como residencia del arrendatario, entendiéndose por esta la que constituye su domicilio"
En la reforma de la ley de arrendamiento de junio de 2013 se recoge en el artículo 11 "El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días." Yo estoy intentando avisar con 60 días pero ellos se basan en que no es un contrato normal y no se guía por ese artículo ni por esa Ley.
Además en el contrato dice "Se pacta que en ningún caso podrá desistirse, por ninguna de las partes con anterioridad al cumplimiento del periodo pactado en el presente contrato, esto es nunca podrá desistirse y rescindir el contrato con anterioridad a los 6 meses." Yo entendí que tenía que cumplir con los 6 meses de contrato pero que a partir del séptimo me podría ir avisando con 30 días de antelación pero ellos me dicen que no, que perdería la fianza y la garantía. En ninguna cláusula dice específicamente que perdería la fianza + garantía si me voy pero ellos se basan en la cláusula anterior para no devolvérmelas.
Mis dudas son: ¿Mi contrato al ser de 6 meses es temporal? ¿En qué ley se recogen las condiciones de los contratos temporales?
Si mi contrato no se considera temporal si no un contrato clásico de arrendamiento, al que se le aplica la LAU, ¿Podría irme a los 9 meses sin perder la fianza y la garantía o tengo que esperar a cumplir con una prórroga, es decir hasta que cumpla otros 6 meses?
¿Se puede utilizar la fianza o la garantía para penalizarme si yo entrego el piso en perfectas condiciones?
La empresa no está dispuesta a negociar y me temo que con el volumen de alquileres que llevan deben tener unos buenos abogados por lo que no me atrevo con amenazarlos con ir al juzgado si realmente no está claro que tengo razón.

Un saludo y gracias de antemano por las respuestas.

3 Respuestas:

pedro hernández olmo
30 Abril 2014, 11:09

Habría que leer ese contrato, pero me temo que quienes lo redactaron tiene un escaso conocimiento de la Ley de Arrendamientos Urbanos, si se trata de su vivienda habitual y se firmó despues del 6/6/2013 Vd puede mercharse tranquilamente a partir de los seis meses preavisando con treinta días,

Ly
19 Diciembre 2016, 21:10

Entiendo que es un contrato de seis meses prorrogables. Y ahora estas en los siguientes seis meses del contrato. Teniendo en cuenta que si hubieses firmado el contrato de 1 año en vez de seis meses no te encontrarías con este problema que presentas. Deberás cumplir con los seis meses siguientes, ya que el mínimo son seis meses por tramo prorrogable.
De todos modos siempre habría que revisar el contrato que te hicieron para ver si existe algo de donde poder tirar.

yoseguire
8 Agosto 2019, 13:18

He alquilado pisos toda mi vida y soy tambien propietario. No pagas los últimos dos meses y adiós que te vaya bien. Dos meses es más que de sobra para encontrar nuevos inquilinos. Haces contratos de 6 meses para pagar menos impuestos y hacer ese modus operandi de mafiosos. Nunca os llevarian al juzgado, ya que estos siempre tienen algo que ocultar y os recomiendo poner la denuncia siempre, aun no pagando y utilizar la fianza como ultimo pago, si sabes que el piso esta en perfecto estado

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta