Pregunta de

18 Respuestas:

BROSH
29 Diciembre 2010, 15:57

Debes consultar en el departamento de vivienda o urbanismo del ayto. Si ese local está aceptado como uso de vivienda. Lleva la escritura anterior y el recibo de ibi. Si no es aceptado como vivienda, correrás el riesgo de que en algún momento el ayto. Tome medidas. Puede ser que sea aceptable como espacio profesional compatible con vivienda.
En todo caso, si la consulta en el ayuntamiento es positiva, presenta una solicitud formal de cambio de uso, te puede costar el pago a un arquitecto técnico o superior por la redacción de los planos de cambio de uso y una memoria explicativa, y algo más de tasas municipales, cuyo importe puedes preguntar. Después, te conviene presentar una solicitud en el registro de la propiedad para modificar la descripción del inmueble como vivienda y no como local comercial, te puede costar 300 € el registro, quizá, puedes preguntarlo antes.

Buenas tardes.
Rosso esta bien encaminado, pero antes que todo eso primero consulta estatutos de la comunidad de propietarios.

Hola me gustaria saber mas sobre este tema ya que me encontre en este tema pero no sabia los pasos que habia que llegar me gustaria tambien que me dijeran mas o
Menos cuanto dinero en total supone todo de gastos en general gracias.

fontcasa.es
31 Diciembre 2010, 10:54

En principio te basta como te sugieren en las 2 respuestas anteriores con:
1º Consultar la escritura de división horizontal del edificio, donde vienen reflejadas las reglas de comunidad,
2º Consultar al departamenteo de urbanismo si es compatible el uso de vivienda en la planta baja del edificio.

En caso de haber un problema con las reglas de comunidad, éstas se pueden modificar, lo peor es que tienen que consentir todos y cada uno de los vecinos, mientras el vendedor no solucionara este tema y lo costeara, mi consejo es que no sultes un duro mientras tanto.

10 Febrero 2011, 10:59

En España existe una legislaciÓn urbanística por cada ayuntamiento, así que, tendrás que consultar que normativa afecta a tu local. De esto te informaran en gerencia de urbanismo del ayuntamiento al que pertenece tu local.
Lo que si se debe cumplir siempre para permitir el cambio de uso es que el local debe estar sobre rasante y debe tener una acceso desde el portal.

10 Febrero 2011, 12:15

Como dice arquitecto1 cada ayuntamiento tiene sus ordenanzas que deberás cumplir y que pueden ser más o menos restrictivas. Por ejemplo en mi ciudad no es necesario que el acceso a la vivienda sea des del portal. Además de las ordenanzas también debes cumplir con el código técnico y con habitatbilidad. Por lo tanto, incluso si desde urbanismo te dicen que se puede canviar el uso del local a vivienda, luego puede ser que sea imposible cumplir con lo que te pide el código técnico o habitatbilidad, así que lo mejor es que primero consultes con el ayuntamiento y si te dicen que es posible el cambio enseguida le consultes a un arquitecto para que te oriente si lo ve o no factible.

10 Febrero 2011, 12:34

Si, pero si la comunidad no cuenta con estatutos quiere decir que podria hacerse el cambio de uso pidiendo la respectiva informacion a Urbanismo y la respectiva licencia de obras para reformar el local????. Tengo el caso de una oficina en una 5ª Planta de un total de 8 plantas ( 1x planta) segun la ley encima de una vivienda no deben ir ofic, o sea, que tendria que ser la ultima planta y las oficinas siempre por debajo.Si este señor gano el juicio significaria que si cumple con las normas de habitabilidad, se podria pedir el cambio de uso DE LA 5ª PLANTA SIN IMPORTAR LAS 3 PLANTAS DE OFIC QUE ESTAN POR POR ENCIMA???

10 Febrero 2011, 13:37

Una cosa no tiene que ver con la otra: si se quiere hacer un cambio de uso (sea el que sea), quien tiene que ajustarse a todas las normativas es aquello por lo que pides el cambio de uso, no el uso existente. Otra cosa es que si presentas el proyecto de cambio de uso y por lo que sea no te lo conceden, si el uso existente no es legal puedan tomar medidas desde el ayuntamiento (legalización, etc....). y en cuanto a los estatutos de la comunidad, para curase en salud siempre es mejor pedir permiso a la comunidad.

10 Febrero 2011, 13:59

Soy usuario de silla de ruedas y presente un proyecto de obra al ayuntamiento y solicitud de cambio de uso. Lo aceptaron sin más. Algunos vecinos dieron guerra pero cuando les dije que también podía ceder el local gratuitamente para alguna asociación etnica, centro social de inmigrantes, etc.. (Algo que se supone conflictivo aunque no tiene porqué serlo) se acabaron los problemas. Está en una plaza privada interior pero con acceso libre sin puertas

Por más que expliqué mi necesidad ya que está a ras de suelo, que el ayuntamiento aceptaba, etc. hasta que no comenté lo anterior no dejaron de presionarme para que no lo convirtiese

10 Febrero 2011, 14:43

No entro en materia jurídica. En la práctica mi experiencia personal y la de otros, en Madrid capital, con la excepción de alguna junta de distrito que se libre, es mejor hacer una licenciatura en cualquier materia que intentar el cambio de uso. Los tiempos que conozco, el mío y dos casos más, es de cuatro años. Vergonzoso, pero como te lo cuento: cuatro años.

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