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1) más poder a las empresas de trabajo temporal (ett)

Se autoriza a las empresas de trabajo temporal (ett) para actuar como agencias privadas de colocación (colaboración público-privada), ya que cuentan con una amplia red de sucursales distribuidas por todo el territorio y con amplia experiencia en el mercado de trabajo

Los objetivos de esta medida son, según el gobierno, contribuir a reducir la duración media del desempleo, que los trabajadores tendrán acceso a empleos más adecuados a sus características y que las empresas encuentren trabajadores mejor preparados para los puestos ofertados

En ningún caso las empresas de trabajo temporal cobrarán a los trabajadores

2) más formación para desempleados y trabajadores

Para mejorar la empleabilidad de los trabajadores se introduce el derecho a la formación. El objetivo es tratar de evitar que un cambio tecnológico o de otro tipo suponga el despido del trabajador, así como fortalecer la preparación profesional de los trabajadores. Para ello, se toman las siguientes medidas

A) se introduce el derecho de trabajadores con más de un año de antigüedad a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación. El contenido de la actividad formativa debe estar vinculado al puesto de trabajo

B) se crea una cuenta formación en la que se recogerá la formación recibida por el trabajador a lo largo de su vida activa

C) los centros y entidades de formación acreditados podrán también ejecutar directamente los planes de formación a nivel estatal y autonómico

D) futuro desarrollo de un cheque-formación

3) contrato para la formación y el aprendizaje

Esta modalidad de contrato tiene por objeto reducir el elevado desempleo juvenil y mitigar los efectos del abandono temprano de los estudios.

A) se amplía la edad máxima para tener acceso a este tipo de contrato a los 30 años hasta que la tasa de desempleo baje del 15%

B) tras agotar un período de formación en una actividad, el trabajador podrá utilizar esta modalidad de contrato en otros sectores, lo que mejora su empleabilidad y permite una segunda oportunidad

C) el trabajador podrá recibir la formación en la propia empresa, si dispone de instalaciones y personal adecuado

4) creación de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores

Se trata de un nuevo contrato indefinido para pymes y autónomos (empresas de hasta 50 trabajadores), que suponen el 95% del tejido productivo. Para ello se propone:

A) en este contrato tendrá un período de prueba de 1 año, lo que facilitará la contratación indefinida por parte de las pymes y autónomos

B) la empresa tendrá derecho a una deducción en su cuenta fiscal de 3.000 euros cuando contrate a su primer trabajador, siempre que tenga menos de 30 años

C) los emprendedores que contraten a un trabajador en paro podrán deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año. Por su parte, el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo

D) bonificaciones dirigidas a colectivos desempleados con especiales dificultades para su incorporación al mercado laboral.

- Para fomentar la contratación de jóvenes, con una tasa de desempleo cercana al 50%: bonificación en la cuota de la seguridad social de hasta 3.600 euros a la contratación indefinida de jóvenes entre 16 y 30 años durante 3 años. La bonificación se incrementa conforme aumenta la antigüedad del trabajador:

Un año: 1.000 euros

Dos años: 1.100 euros

Tres años: 1.200 euros

Se aplicarán 100 euros más al año si el trabajador es mujer en sectores donde este colectivo está poco representado

- Para fomentar la contratación de parados de larga duración: bonificación de hasta 4.500 euros a la contratación indefinida de desempleados de larga duración mayores de 45 años (desempleados, al menos, 12 meses de los 18 anteriores):

Un año: 1.300 euros

Dos años: 1.300 euros

Tres años: 1.300 euros

Cuando los contratos se concierten con mujeres en sectores donde este colectivo está poco representado, las bonificaciones indicadas se elevan a los 1.500 euros

5) limitación del encadenamiento de contratos temporales

A partir del 31 de diciembre de 2012 se recupera la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de los 24 meses

6) modificación del contrato a tiempo parcial

Impulso de la utilización de este contrato que favorece que los trabajadores puedan compatibilizar mejor el empleo con los estudios y con su vida familiar y personal. Se admite la posibilidad de que se realicen horas extraordinarias en este tipo de contratos. Por ejemplo, es habitual esta figura en contratos de hostelería para afrontar picos de trabajo durante determinados periodos

7) regulación del teletrabajo

Se regula por primera vez en España el teletrabajo, salvaguardando el derecho a la formación de estos trabajadores. Se garantiza el derecho a una retribución equivalente a los que trabajan de forma presencial en el centro de trabajo y a ser informados de las vacantes en puestos presenciales existentes

Ver más medidas:

- Medidas para aumentar el empleo: ett, formación, nuevos contratos...

- Flexibilidad en la empresa: categorías, modificar condiciones laborales, negociación colectiva...

- Despidos: causas, trámites e indemnizaciones...

- Lucha contra el fraude: inspecciones, trabajos para la comunidad, absentismo...

- Cobro de paro anticipado: por para jóvenes y mujeres

- Indemnizaciones para directivos públicos: que trabajen en empresas públicas

 

- Ir al especial: reforma laboral

 

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