El congreso de los diputados ha dado luz verde a la ley de fomento del alquiler cuyo objetivo es flexibilizar el mercado del alquiler. Entre los cambios destacan el refuerzo de la libertad de pactos entre las partes, la exclusión de la ley de arrendamientos urbanos (lau) de los alquileres turísticos o la actualización de la renta que se podrá hacer en función de índices distintos del ipc. La firma alquiler seguro estima que esta ley “ni flexibilizará el mercado del alquiler ni dará prioridad a la voluntad de las partes para pactar”
Con esta nueva ley se flexibilizan los plazos legales de duración del contrato de arrendamiento. Por un lado, se reducen de 5 a 3 los años de duración de la denominada “prórroga obligatoria” asimismo, se reduce de 3 a 1 año la denominada “prórroga tácita automática” del contrato
Se regula además la posibilidad de que el arrendador pueda recuperar el inmueble para destinarlo a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial, siempre que hubiera transcurrido al menos el primer año de duración del contrato y lo comunique con dos meses de antelación
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de un mes. Asimismo, se fomenta la rehabilitación de la vivienda, de modo que siempre que las partes lo acuerden, esta pueda ser sufragada, total o parcialmente, por el arrendatario a cambio del pago de la renta
La reforma también tiene como objetivo mejorar la seguridad del tráfico jurídico con la inscripción en el Registro del contrato de arrendamiento. Así, un comprador que adquiera una vivienda estará obligado a permitir que el arrendatario continúe con su contrato siempre que dicho contrato de arrendamiento esté inscrito
Además, una vez inscrito, la transmisión a un tercero de la vivienda arrendada no podrá afectar a sus derechos legales (prórroga forzosa y prórroga tácita) derivados del contrato de arrendamiento, pues el tercer adquiriente tendrá que respetar el contrato
144 Comentarios:
La solución de vida que representa el inquilinato es la más modesta que hay
UN PAÍs QUE DESPROTEGE AL INQUILINO Y CONVIERTE EN TIRANOS A LOS CASEROS NO MERECE LA PENA SOBREVIVIR.
ESTOS CASEROS SON UNOS USUREROS ENVIDIOSOS.- unos de otros a ver quien estruja más al inquilino
Toda la vida de Dios los inmuebles han sido activos:
- Ilíquidos,
- Poco rentables,
- Pero seguros..??..Eso decian antes
Los caseros de la burbuja ambicionan rentabilidades alucinantes, envidian la liquidez de los bonistas y su seguridad les parece tan poca que quieren que el Estado monte una policía especializada para la extracción de su increíble renta: (1.5% y eso cuando lo logran alquilar, el resto pan y cebolla).... en una época en que los tipos de interés rondan 3.
Son gentuza...
Los caseros son repugnantes, ¡Hombre! Usureros, defraudadores fiscales, nenazas lloronas. No los queremos en ningún sitio. Ningún capitalista de verdad tiene inquilinos.
Es más, poner propiedades en alquiler es considerado el último recurso
Y grandisimo indicador de que ya no les van bien las cosas.
Debes ser un pésimo inquilino, ya que de otro modo estarias contento con esta ley, ya que beneficia a los inquilijnos pagadores y honestos que hay muchos, que encontrarán ahora una mejor oferta y a un precio más bajo, ya que es de suponer que haya algo más de oferta ya que se igualan un poco los derechos de las dos partes..
Claro a ti te jode pensar que si no pagas en 10 días te ponen el pleito, lo cual agiliza mucho el trámite de deshaucio, y por ende las tomaduras de pelo y perjuicios para los arrendadores.
Los únicos descontentos por esta ley:
-Los malos inquilinos.
-Los profesionales de vivir de gratis.
-Las empresas de seguros de alquiler.
El resto encantados de la vida.
Bla bla bla....
El escollo es que el juicio tiene que llegar hasta el final. Es decir, una persona que se mete en un piso, está meses sin pagar, prometiendo que va hacerlo y luego se va justo antes de que llegue a juicio se libraría de esta medida
A no ser que el propietario quiera llegar hasta el final (cosa que seguro no hace, ya que una vez fuera lo normal es querer olvidarse del problema que ya está resuelto).
Y alquilarlo cuanto antes
Es decir, con esta medida podrían seguir existiendo morosos profesionales
La pena es que no contesten mis inquilinos, no se puede generalizar. Si se retrasan con el pago no pasa nada, a ellos la empresa se les retrasa a menudo en el pago; pago yo todos los recibos y me los pagan cuando pueden; las redecoraciones del piso las costeo yo; como la subida de IPC era mucho la pactamos bianual y solo si iba acorde con el mercado.... ellos están encantados y yo con ellos porque ademas son cuidadosos con el piso; pero...y si fueran dejados, destrozones, puercos y encima no pagaran, ¿ Tendría que cargar yo con ellos?
No eres más tonto por qué no te entrenas: espabílate, pues me parece que lo tienes claro, intelectual
No eres más tonto por qué no te entrenas: espabílate, pues me parece que lo tienes claro, intelectual
Soy psicólogo y te lo tienes que mirar, no es bueno continuar con tanta rabia y impotencia toda tu vida ya que eso te producira un desgaste tan grande que no veras nada que no sean arrendadores y inmobiliarias en tus sueños.
Un abrazo
Tontorrón
Si, de hecho los caseros llevamos un tridente y nos comemos a los niños vivos...
Mira la realidad es esta: una persona pone en alquiler su vivienda una persona interesada la alquila, si el inquilino quiere deja de pagar y se queda entre 6 meses y un año viviendo gratis, después del juicio se va y tan tranquilo, la reclamación de deudas sería iniciar otro proceso judicial que podría durar años y dinero y al final declararse insolvente y no le pasa nada (no va a la carcel por supuesto, por tanto no tiene nada que perder), con lo cual nadie se mete a reclamar 8.000 ó 10.000 euros que le debe además de que se puede haber llevado hasta los lavabos.
Quien está indefenso? a Ud. Qué le parecería que una persona entrara en su casa y le robara todo lo que tiene además del dinero? mal, pero a esa persona si le pillan va a la carcel. Pues el caso de un impago el perjuicio económico es el mismo con la diferencia que al inquilino deudor no le pasa nada. ASí es la justicia en este pais, lo de acortar los plazos para recuperar la vivienda todos sabemos que no es así, en estados unidos o en Alemania si no pagas en un mes te sacan fuera del piso.
Mis padres tiene un piso que pagaron con el sudor de sufrente que alquilan a un precio muy razonableahora que están jubilados. El piso está espectacular, tiene 6 años y los inquilinos se llevan genial, se intercambian regalos con mis padres. Mi madre les hace bizcochos, regalos para sus hijos.... mis padres asumen cualquier tipo de desperfecto aunque no les corresponda y no les han subido el alquiler desde que entraron. No todos los propietarios de pisos en alquiler son iguales.
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