
La libertad de uno termina donde empieza la de otro. Esta frase podría resumir, más o menos, el funcionamiento de una comunidad de propietarios. Sin embargo, muchas veces se necesita permiso de la comunidad para algunas actuaciones o reformas que a primera vista parecen no necesitarlo. Por ejemplo, ¿puedes cambiar la puerta de entrada a tu casa a la que quieras? ¿Debes avisar al presidente de la comunidad? Resolvemos las dudas.
Además de un aspecto estético, lo que proporciona la primera impresión de una vivienda, la puerta de entrada de casa es, a su vez, un elemento de seguridad. A mayor calidad de la puerta, más difícil será que entren a robar. Por ello, muchas personas optan por cambiar su puerta a un modelo blindado.
¿Se puede cambiar la puerta sin avisar a la comunidad de propietarios? Si vives en un chalet unifamiliar la respuesta es más que obvia, podrás poner la puerta que quieras, en principio. Pero, ¿y si vives en un piso? Es bien sabido que las comunidades de propietarios son una fuente de conflictos…
La puerta de entrada o de acceso a cada vivienda es un elemento privativo de cada vecino que forme parte de la comunidad de propietarios. Esto quiere decir que cada propietario tiene el derecho y la obligación de mantener en buen estado su puerta, cambiándola si es necesario.
Ahora bien, ¿se puede cambiar la puerta por otra sin tener nada en cuenta? ¿Debe ser esta nueva puerta similar a la del resto de vecinos? ¿Puede cambiar el color por otro? Veamos qué dice la ley.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece en el artículo 7.1 que “el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.
Es decir, que si se quiere cambiar la puerta existente por otra de tamaño y apariencia similar, en principio no habría que pedir permiso a la comunidad, pero sí habría que avisar al presidente, para notificarle que tendrán lugar trabajos para el cambio de puerta, por si estos pudiera ser molestos. Siempre es mejor avisar y ahorrarse un problema. En cambio, si se va a desplazar la puerta o ampliar su tamaño, sí que habría que pedir permiso y conseguir la aprobación, ya que la puerta modificaría el pasillo, las pared anexa, etc.
¿Puedo cambiar la puerta por otra de un color o diseño diferente?
Si se quiere cambiar de puerta por cuestiones estéticas, lo mejor es consultar en los estatutos de la comunidad si está permitido o si existen casos similares hechos con anterioridad.
Si un vecino cambió la puerta por otra de un color diferente, por ejemplo, y no ocurrió nada, lo podrías hacer, ya que no hacerlo sería discriminatorio y debe haber igualdad de trato. Si no hay historial de casos similares ni está establecido en los estatutos, habrá que usar el sentido común. Si la puerta difiere en aspecto sustancialmente respecto al resto del edificio o si es muy llamativa en comparación con el color de las paredes, por poner unos ejemplos, lo más seguro es que haya problemas.
Ante la duda, lo mejor es consultarlo con el presidente de la comunidad. La ley a este respecto se ha pronunciado en ambos sentidos: dando la razón al propietario y a la comunidad, así que depende de cada caso en concreto.
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