El TSJC aclara que tener una vivienda en alquiler en mal estado no convierte al propietario en acosador
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dejado claro en una sentencia que no todo conflicto entre casero e inquilino es acoso inmobiliario, anulando una importante sanción económica impuesta a unos propietarios y fijando una idea clave: el mal estado de una vivienda o los retrasos en reparaciones no bastan, por sí solos, para hablar de esta infracción. Así, uno de los mensajes más contundentes de la sentencia es que un casero puede ser negligente con sus obligaciones de mantenimiento de la casa, pero eso no lo convierte en un acosador.