Cuando se firma una hipoteca, es necesario abrir una cuenta corriente asociada para pagar las cuotas al banco, a la que generalmente se domicilian la nómina y los recibos y por la que muchos bancos cobran una comisión. El banco de España defiende a los consumidores y les exime de tener que pagar por cumplir una obligación impuesta por la entidad
La confederación de consumidores y usuarios de Madrid (cecumadrid) ha sido la encargada de presentar la cuestión al banco de España y éste ha sido claro: el consumidor no está obligado a pagar comisiones por abrir una cuenta para el pago de la hipoteca, ya que cuando ésta se mantiene por imposición de la entidad o cuando es utilizada exclusivamente para dar servicio a un préstamo hipotecario, el cliente no debe soportar gastos de mantenimiento
El regulador aclara que las entidades financieras sólo pueden cobrar por servicios prestados que hayan sido solicitados o aceptados en firme por un cliente, pero no los impuestos por bancos y cajas
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