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Los okupas no podrán acceder a una vivienda de protección en Andalucía
GTRES

El Consejo de Gobierno de la región ha decidido modificar el decreto que regula el Plan de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, más conocido como Plan Vive, para excluir a okupas como beneficiarios de las adjudicaciones de una vivienda pública. Es decir, toda aquella persona condenada por un delito de okupación no podra optar a una VPO en Andalucía, según Ok Diario.

De todos modos, en esta norma hay alguna excepción. Por ejemplo, las familias en circunstancias de vulnerabilidad avaladas por los servicios sociales sí podrán tener derecho a una vivienda de protección a pesar de tener antecedentes por okupación. El Gobierno regional cree que esta medida reducirá esta práctica ilegal. En este punto, cabe destacar que en 2020, los jucios verbales por okupación ilegal de casas se incrementaron en Andalucía un 164%, respecto a 2018. De hecho, es la segunda comunidad autónoma en número de okupaciones sólo por detrás de Cataluña. 

"Existe una preocupación entre las personas propietarias como posibles víctimas de una okupación", afirma consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo. Además, la consejera también ha denunciado la pasividad del Gobierno de Pedro Sánchez con respecto a la okupación de viviendas. "Está más preocupado en implantar un modelo intervencionista en el mercado de la vivienda que en lucha contra la okupación", asegura. 

El texto del proyecto sometido a información pública de exclusión de los condenados por okupación ilegal, consultado por Europa Press, plantea incorporar este nuevo apartado al artículo 3 del decreto vigente: "En la normativa de desarrollo de los programas previstos en el presente Plan, podrá establecerse como requisito el no haber sido condenados por un delito de allanamiento de morada o de usurpación de vivienda, previstos respectivamente en los artículos 202 y 245 del Código Penal o tipo penal que lo sustituya, o condenados en procedimiento civil de tutela sumaria de la posesión o precario o en un procedimiento administrativo por okupación sin título de una vivienda de titularidad pública, en los cinco años anteriores a la solicitud de la ayuda, a contar desde la firmeza de la sentencia o resolución administrativa".

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1 Comentarios:

María
24 Enero 2022, 9:58

No entiendo que las medidas para evitar que haya más okupas (justo hubiera sido esta de que entraran en el Plan de Viviendas) debería generalizarse en todas las Comunidades. Con las leyes se pueden evitar incluso las mafias, que es lo peor que se ha instalado ya en Españany se las saben todas. Por que no aprobar una Ley Estatal que agilice todas las cuestiones relacionadas con una vivienda ocupada ilegalmente? Por que no se hac? No se dan cuenta de que no beneficia a nadie? Que es lo que hay detrás ? Luego, para lo que si quieren se ponen de acuerdo y se aprueban leyes inmediatas (plusvalía nueva.después de que la tumbara por inconstitucional el Tribunal)..es que no entiendo nada

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