Aceptar una herencia suele asociarse a recibir patrimonio, inmuebles o dinero en cuentas bancarias. Sin embargo, el artículo 659 del Código Civil nos recuerda que la herencia también incluye las deudas que el fallecido dejó pendientes.
Lo que para muchos comienza como un trámite familiar puede convertirse en un quebradero de cabeza. Así lo ha recordado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en una sentencia que obliga a una heredera a responder con 67.064,34 euros frente a la Agencia Tributaria.
Aceptación pura y simple de la herencia: alcance y responsabilidad de los herederos
Aceptar una herencia pura y simplemente supone que el heredero pasa a ocupar la misma posición jurídica que tenía el fallecido frente a acreedores y administraciones públicas, lo cual implica asumir tanto los activos como los pasivos, incluso con el patrimonio personal propio si los bienes heredados no bastan.
La alternativa para limitar esta responsabilidad es la aceptación a beneficio de inventario, que permite responder a las deudas únicamente hasta el valor de los bienes heredados, protegiendo el patrimonio personal del heredero.
En el caso resuelto en Cataluña, la familia optó por la aceptación pura y simple, lo que supuso que los herederos asumieran tanto la vivienda como las cuantiosas deudas fiscales del causante.
Herencias con deudas: el caso resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
El fallecido había sido declarado responsable subsidiario de las deudas fiscales de una sociedad. Inicialmente, Hacienda le reclamaba más de 1,2 millones de euros, aunque tras varios recursos y resoluciones la cifra se redujo a unos 770.000 euros, todavía muy superior a lo que podía afrontar.
Cuando falleció en 2016, la herencia se repartió entre la viuda y los tres hijos. Ella asumió el 52,5% y ellos el 47,5% restante. A cada hijo le correspondía un 15,83%, lo que en el caso de una de las herederas se tradujo en un requerimiento por 67.064,34 euros.
La reclamación de la heredera
La afectada no se quedó de brazos cruzados y alegó que la deuda estaba prescrita y la derivación de responsabilidad infringía la normativa tributaria de 1963. En primer lugar, acudió al Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEARC), que desestimó su recurso, y después al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El TSJ, sin embargo, fue tajante: los artículos 39.1 de la Ley General Tributaria y 127 del Reglamento General de Recaudación establecen que, al morir un obligado tributario, la deuda pasa directamente a los herederos y lo hace en el mismo estado en que se encontraba en el momento del fallecimiento, sin que sea posible reabrir pleitos ya cerrados en vida del causante.
Sentencia del TSJ de Cataluña: obligación de pagar las deudas heredadas
El fallo no dejó margen de duda. La Sala consideró ajustado a Derecho el requerimiento de pago y obligó a la heredera a abonar la deuda correspondiente. Además, le impuso las costas procesales.
El mensaje es claro: quien acepta una herencia pura y simple asume también las deudas y no puede cuestionar resoluciones que ya fueron discutidas y resueltas por el propio causante en vida.
¿Cuánto tiempo hay para decidir si aceptar o renunciar a la herencia?
El Código Civil no fija un plazo general para aceptar o renunciar a una herencia, pero el artículo 1005 permite que los acreedores o los coherederos soliciten a un notario que requiera al heredero para pronunciarse. En ese supuesto, el heredero dispone de 30 días naturales para aceptar o renunciar. Si no contesta en ese plazo, se entiende que ha aceptado la herencia pura y simplemente.
Además, aunque no exista requerimiento, la aceptación puede producirse de forma tácita. Esto ocurre cuando el heredero realiza actos que solo podría hacer en calidad de tal, como vender bienes hereditarios, cobrar rentas sin justificación o disponer libremente del dinero del causante.
En cambio, los actos de mera conservación o administración provisional (pagar el sepelio, reparar una vivienda para evitar daños graves, etc.) no implican aceptación de la herencia.
¿Qué costes adicionales supondrá la aceptación de una herencia con beneficio de inventario?
La aceptación a beneficio de inventario implica gastos notariales y registrales, además de los derivados de la elaboración del inventario. En algunos casos puede ser necesario contar con peritos para valorar bienes concretos. Aunque supone más costes, este mecanismo ofrece seguridad y evita que el heredero comprometa su patrimonio personal frente a deudas ocultas.
¿Qué puede ocurrir al aceptar una herencia con deudas?
El mayor riesgo será tener que responder no solo con lo heredado, sino también con el propio patrimonio. Si el fallecido dejó deudas superiores a los bienes, es responsabilidad del heredero cubrir la diferencia, lo cual puede llevar a embargos de cuentas bancarias o incluso de la vivienda cuando no hay suficientes bienes en la herencia.
¿Qué pasa si un heredero rechaza la herencia y otros la aceptan?
Quien renuncia queda fuera de la sucesión. Su parte pasa al resto de herederos o a los sustitutos designados en el testamento, si los hubiera. Los que aceptan, en consecuencia, asumen también una mayor proporción de las deudas.
¿Cómo se reparten las deudas entre los herederos?
Una de las dudas más frecuentes cuando se habla de herencias es cómo se distribuirán las deudas. La respuesta tiene dos planos distintos: lo que ocurre entre herederos y lo que sucede frente a los acreedores.
En las relaciones entre coherederos, cada uno debe asumir las deudas en proporción a su parte de herencia. Es decir, si alguien hereda un 25% del patrimonio, en principio le corresponde asumir un 25% de las cargas. Esta regla viene recogida en el artículo 1084 del Código Civil.
La situación es diferente frente a los acreedores externos (como bancos, proveedores o, en este caso, la Agencia Tributaria), que podrán reclamar el pago total de la deuda a cualquiera de ellos. Por supuesto, si alguno paga más de lo que le corresponde, podrá reclamar a los demás la parte proporcional, derecho que le confiere el artículo 1085.
La importancia del beneficio de inventario
Como hemos mencionado, la aceptación de la herencia a beneficio de inventario se trata de un mecanismo que permite que las deudas solo se paguen hasta donde alcancen los bienes heredados, protegiendo el patrimonio del heredero.
El caso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña muestra la cara menos amable de las herencias: aceptar un patrimonio puede traer consigo una factura inesperada. La lección es sencilla: antes de aceptar una herencia, conviene revisar si el fallecido dejó deudas y plantearse la aceptación a beneficio de inventario, que funcionará como un escudo legal frente a sorpresas desagradables.
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