Cuando se compra una vivienda usada hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), un tributo que regulan las CCAA y que varía en función de la región. Pero la normativa española contempla un supuesto en el que el comprador puede evitar el pago de este impuesto que va del 6% al 10% del valor del inmueble. En caso de no necesitar una hipoteca, es posible firmar un contrato privado que sólo tiene efectos entre las partes y sus herederos. Para que tenga efectos frente a terceros, como es la Agencia Tributaria, es necesario que se eleve a escritura pública ante notario. La fecha del contrato privado cuenta para Hacienda desde que se incorpora a un registro público o se entrega a un funcionario y esta es la clave del ahorro de impuestos.