El Pleno del Senado ha aprobado definitivamente la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes temporales a empresas energéticas y banca, en la que PSOE y Unidas Podemos añadieron vía enmienda en el Congreso el impuesto a las grandes fortunas.
La iniciativa ha contado con el respaldo de 139 senadores, mientras que 107 han votado en contra, y 12 se han abstenido. Concluida la tramitación en la Cámara Alta, y al no haberse incluido ningún cambio a través de enmiendas, el texto no tendrá que regresar al Congreso de los Diputados, por lo que la norma estaría lista para su próxima entrada en vigor al día siguiente de que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La proposición de ley sufrió diferentes modificaciones en su tramitación en el Congreso de los Diputados. Uno de los principales cambios se produjo en torno al gravamen del 4,8% a los intereses y comisiones de la banca, ya que finalmente se incluyó una propuesta del PNV para que el tributo afecte a la actividad que los bancos desarrollen en España.
Con ese cambio no se precisaba la nacionalidad de los bancos, por lo que el PSOE y Unidas Podemos ya no vieron necesario incluir en el articulado una mención expresa a las entidades extranjeras que desarrollen su actividad en nuestro país, máxime cuando en la exposición de motivos si se deja claro que los bancos extranjeros con negocio en España también están afectados por el gravamen, según fuentes parlamentarias consultadas por la agencia Europa Press.
El impuesto a las grandes fortunas, en el Supremo
El Gobierno ha logrado cumplir su objetivo de poner en marcha el impuesto a las grandes fortunas ya en 2022, pero el asunto está en manos del Tribunal Supremo, que debe decidir si puede aprobarse con efectos retroactivos.
Este tributo supondrá un gravamen complementario al Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos contribuyentes propietarios de bienes y derechos por importe de más de 3 millones de euros. YT establece varios tramos: un 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; un 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y un 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.
El bautizado como Impuesto de Solidaridad llega con dos finalidades, según el texto oficial: "recaudatoria, a fin de exigir, en estos tiempos de crisis energética y de inflación, un mayor esfuerzo a quienes disponen de una mayor capacidad económica, es decir, una muestra de solidaridad de las grandes fortunas. La segunda finalidad es armonizadora, con el objetivo de disminuir las diferencias en el gravamen del patrimonio en las distintas CCAA, especialmente para que la carga tributaria de los contribuyentes residentes en aquellas CCAA que han desfiscalizado total o parcialmente el Impuesto sobre el Patrimonio no difiera sustancialmente de la de los contribuyentes de las CCAA en las que no se ha optado por reducir la tributación por dicho impuesto".
Tal y como está concebido, incluye una desagradable sorpresa para los extranjeros no residentes que tengan un patrimonio inmobiliario por encima de los 3 millones de euros: ellos también deberán pagar este tributo. Según los expertos, el mercado de la vivienda de lujo puede tambalearse si finamente se aprueba esta regulación, ya que son uno de los principales compradores de este tipo de propiedades.
El Gobierno ha fijado el devengo el 31 de diciembre de cada ejercicio, con lo que el impuesto gravaría las fortunas superiores a los 3 millones de euros a 31 de diciembre de 2022, es decir, con carácter retroactivo y sorpresivo, tal y como detalla el abogado fiscalista José María Salcedo, pues el Gobierno no dará tiempo de reacción a los contribuyentes afectados por dicho tributo.
La cuestión que presenta interés casacional es la de "determinar si vulnera el principio de irretroactividad exigir un tributo en el mismo ejercicio en que entre en vigor su ley reguladora, cuyo periodo impositivo es el año natural y que se devenga el último día del año natural, cuando dicha entrada en vigor se produjo con anterioridad a la fecha de devengo”.
Para el alto tribunal puede haber una vulneración de la legalidad ordinaria, es decir, puede vulnerar el principio de “ley previa”, que significa que no se les ha dado a los contribuyentes la oportunidad de conocer, con carácter previo al inicio del ejercicio (en el caso que nos compete 2022) cuáles serán las obligaciones fiscales a las que tendrán que hacer frente, en función de su situación al inicio del ejercicio y en virtud de las operaciones que realicen durante el mismo.
Se evaluará si los impuestos se harán permanentes
Cuando finalice la vigencia de los nuevos impuestos a banca, energéticas y grandes fortunas, se prevé hacer una evaluación de su aplicación y se estudiará la posibilidad de convertirlos en permanentes.
Cabe recordar que la intención de Hacienda es que la recaudación de estos impuestos tenga efectos ya desde 2023, teniendo en cuenta los ingresos de 2022, y se ingrese también en 2024. Tras estos dos años, el Gobierno evaluará si lo mantiene o no.
El PP advierte de fraudes y CS critica la regulación
El Grupo Popular en el Senado decidió presentar un veto a la proposición de ley con los nuevos impuestos, que ha sido rechazada en la Cámara Alta, porque, en su opinión, la proposición de ley donde se incluyen los tres nuevos gravámenes incurre en un fraude legislativo y al procedimiento parlamentario.
Según denuncian, se incurre en fraude legislativo al tramitarse como proposición de ley y por la vía de urgencia, "lo que ha sido reiteradamente reconocido como un proyecto elaborado en el seno del Gobierno". En este sentido, desde el PP denuncian que se han eludido todos los controles internos de legalidad y se han omitido los trámites preceptivos de consulta e información públicas.
El PP también considera que es un fraude al procedimiento parlamentario, debatiéndose en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en lugar de la comisión de Hacienda y Función Pública.
"En el fondo se trata de un gran fraude político, ya que, con esa pretendida confrontación entre pobres y ricos, lo que se pretende ocultar es lo que realmente está ocurriendo con la ingente cantidad de ingresos públicos que está recaudando este Gobierno", han criticado desde el grupo popular en el Senado.
Para Ciudadanos, por su parte, la presente proposición de ley que tiene por objeto la aprobación de sendos impuestos sobre el sector energético y sobre el sector bancario, excepcionales y temporalmente limitados, se sustenta sobre una regulación que "se ha alejado extraordinariamente de lo razonable y, desde luego, de los parámetros propuestos por la Comisión Europea".
1 Comentarios:
No creo que se pueda hablar de un impuesto con efectos retroactivos. Al contrario de lo que pasa en el IRPF, donde se establece un periodo de generación de renta(normalmente un año), en el caso de impuestos sobre la riqueza se establece una fecha, el 31 de diciembre de cada año. Con lo que no se puede hablar de retroactividad. Es decir, se gravan los bienes que una persona tenga a una determinada fecha, normalmente el fin del ejercicio impositivo.
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta