Existen diversas ayudas para fomentar la eficiencia energética de los edificios y viviendas de España. Pero, ¿sabías que la instalación de placas solares en tu casa puede reducir lo que pagas de IBI?
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo de carácter municipal que deben pagar los propietarios o usuarios de bienes inmuebles.
Se paga una vez al año y su finalidad no es otra que financiar los servicios públicos que prestan los municipios, tales como la recogida de basuras,
Casi todos los inmuebles están sujetos al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). ¿Pero quién tiene que pagarlo en un arrendamiento, el propietario o el inquilino?
El pasado 20 de enero de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia anulando una Resolución emitida por la Gerencia de Catastro referente a una comunidad de propietarios que, como consecuencia de una previa Inspección Técnica del Edificio (ITE), se vio obligada a reparar el inmueble, elevando su valor catastral y, por lo tanto, el valor del edificio, con un incremento del IBI.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que cada año tienen que pagar los propietarios de todos los inmuebles –viviendas, garajes, locales, etc.- sólo por tenerlos.
El Gobierno municipal ha aprobado las modificaciones en las Ordenanzas Fiscales que se aplicarán en 2023 y entre ellas destaca una bajada del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, que afecta a 526.300 inmuebles. A partir del 1 de enero, el tipo general pasará al 0,4%, el más bajo permitido por la Ley de Haciendas Locales, frente al 0,56% actual. Esta rebaja fiscal supondrá una merma recaudatoria de 1,5 millones solo durante el año que viene, según calcula el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que bajará el tipo del IBI del 0,456% actual al 0,4%, el mínimo legal, a partir de 2023. Esta medida supondrá un ahorro de 110 millones de euros para las familias a través de 2,2 millones de recibos y empresas de la ciudad. Así lo ha anunciado el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, durante el debate del estado de la ciudad. Esta medida se incluirá en el proyecto de ordenanzas fiscales para el próximo año, aunque para que salga finalmente adelante tendrá que aprobarse definitivamente en el Pleno de diciembre.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que cada año tienen que pagar los propietarios de todos los inmuebles –viviendas, garajes, locales…- sólo por tenerlos. Constituye una de las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos. A la hora de vender un inmueble, éste queda afecto al pago de las deudas pendientes de dicho tributo, lo que significa que el comprador puede verse obligado a pagar el IBI que el vendedor haya dejado sin pagar. Por eso, antes de formalizar la compraventa, es importante saber el alcance de dicha responsabilidad y cómo evitarla.
El Tribunal Supremo acaba de ratificar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por la que se anulaba la medida aprobada por el Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona (AMB), presidido por Ada Colau, de excluir del pago del tributo metropolitano, que se cobra como recargo en el IBI, a los 18 municipios de la segunda corona del AMB para el año 2018.
Se abre una vía muy importante para recuperar lo pagado por la plusvalía municipal, por el IBI u otros tributos locales por parte de contribuyentes que viven en grandes poblaciones. Dos sentencias de diferentes juzgados ponen en evidencia la falta de un Tribunal Económico-Administrativo municipal en muchos Ayuntamientos considerados de “gran población”. Así, el consistorio que no cuente con uno deriva directamente al contribuyente a la vía judicial, que le genera gastos jurídicos de defensa y corre el riesgo de pagar las costas.
Aquellos ayuntamientos considerados de “gran población” que no cuenten con un Tribunal Económico-Administrativo local, tal y como establece la normativa española, están contra las cuerdas. ¿Por qué? Porque el Tribunal Supremo tiene actualmente sobre la mesa aclarar si procede anular las liquidaciones, sanciones, apremios o embargos procedentes de tributos tan importantes como la plusvalía municipal, el IBI, el Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO), el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) o el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
PSOE, PRC, UxS y Vox se han unido en la presentación de una moción para exigir la creación del Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM) por parte del Ayuntamiento de Santander, gobernado por el PP. Este tribunal debía estar funcionando hace 19 años y su ausencia puede obligar a devolver millones de euros procedentes de impuestos tan importantes como la plusvalía o el IBI.
El Tribunal Supremo tiene un nuevo asunto sobre la mesa que resolver relacionado con los tributos locales. Debe aclarar si procede anular las liquidaciones, sanciones, apremios, embargos o recaudación procedentes de la plusvalía municipal y el IBI y de otros impuestos locales en aquellos ayuntamientos que hayan incumplido la obligación de establecer un Tribunal Económico-Administrativo local, tal y como establece la normativa española. Te mostramos un listado con los consistorios que han incumplido la normativa, como es el caso de Santander, Alicante, Pamplona o Alcalá de Henares.
El Ayuntamiento de Madrid tiene presupuestos en 2022. El alcalde José Luis Martínez-Almeida y la vicealcaldesa, Begoña Villacís, han logrado cerrar un borrador de pacto con ediles de recupera Madrid que se marcharon de Más Madrid.
El Ayuntamiento de Madrid propone bajar el tipo del IBI del 0,456% al 0,428% a partir de 2022, según su propuesta de ordenanzas fiscales, lo que supondrá un ahorro de casi 60 millones para las familias a través de 2,2 millones de recibos.Lo han anunciado la delegada de Hacienda, Engracia Hidalgo; la
El Tribunal Supremo ha resuelto recientemente un caso que suele ser común tras un divorcio. Es el relativo al pago de los gastos de comunidad de propietarios por el cónyuge al que se atribuye el uso de la vivienda familiar, aunque el inmueble no sea de su propiedad, sino del otro cónyuge. El Alto Tribunal estima que el ocupante del piso deberá asumir el pago en exclusiva de los gastos comunes, pese a no ser titular de la vivienda, si así lo establece el Juzgado de Familia.
La vivienda habitual recibe un trato fiscal preferente en España: no genera imputación de rentas en el IRPF, como sí ocurre con otros inmuebles; está exenta hasta determinada cantidad en el Impuesto sobre el Patrimonio y los ayuntamientos suelen bonificar el IBI en el caso de familias numerosas, entre otras cosas. Y la residencia es el punto de conexión para muchos impuestos. En este artículo te explicamos de manera sencilla y didáctica cómo demostrar a Hacienda que vives en una vivienda habitual.
Cuando uno se va a comprar una casa, salvo que sea un inversor, en lo que menos le apetece pensar es en los impuestos. Pero esto es como ir al dentista: no es lo más ilusionante, pero hay que hacerlo.Los impuestos son relevantes porque suelen representar en torno a un 10 % del precio de la casa, y además es un coste irrecuperable: IVA, ITP, AJD o IBI. Son los impuestos que hay que pagar, pero Jaime Navarro Serrate, experto en fiscalidad inmobiliaria, recuerda el cambio de reglas con la nueva ley antifraude fiscal: la base imponible del ITP ahora es el valor de referencia fijado por Catastro. Te explicamos todo.
El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 8 de Barcelona ha dado la razón al Ayuntamiento de Barcelona para cobrar el Impuesto de Bienes inmuebles (IBI) a una congregación de la iglesia católica que alquilaba un edificio de su propiedad a una sociedad mercantil. Esta es la primera vez que la justicia se pronuncia a favor de la recaudación de impuestos municipales a la iglesia por el hecho de recibir rendimientos económicos de su patrimonio.
Con más dudas que certezas, en las próximas semanas se conocerá por fin el contenido de la nueva ley de vivienda, un texto que siguen negociando los socios de coalición del Gobierno, PSOE y Unidas Podemos. Uno de los acuerdos a los que se han llegado contempla que la futura norma permita gravar la vivienda vacía con un recargo de hasta el 50% del IBI.
Los casi 14.000 m2 de espacio comercial del Edificio España, el octavo edificio más alto de Madrid, estarán listos para abrir sus puertas en 2022. De la superficie total, el Grupo Inditex tiene firmado un contrato de alquiler a 20 años de 9.000 m2, donde abrirá tiendas de Zara y Stradivarius. Según la consultora CBRE, el valor actual de los locales es de 164,85 millones de euros, frente a los 160 millones que pagó Inbest hace dos años para comprarlos, y las rentas brutas totales podrían ascender a 7,3 millones de euros anuales. No obstante, solo el IBI y los gastos de comunidad de los locales supondrán un desembolso de unos 285.000 euros anuales.
PSOE y Podemos meditan establecer un recargo de entre un 75% y un 200% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a toda aquella vivienda que lleve vacía los últimos dos años. Se trata de una medida que han acordado incluir en la futura Ley de Vivienda y que los ayuntamientos podrán utilizar para movilizar las casas sin ocupar que existen en el mercado.
El Ayuntamiento de la capital ha anunciado una rebaja impositiva que entrará en vigor el próximo 1 de enero y que supondrá un ahorro de unos 107,5 millones de euros para familias y empresas. El tributo que más destacado es el IBI, cuya bajada tendrá un impacto de unos 70 millones, aunque también se bonificarán la tasa de basuras y de terrazas a empresarios y comerciantes, y se rebajará el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) a empresas que generen empleo del empleo o promuevan energías renovables.
El Tribunal Supremo, en sentencias recientes, ha aclarado los efectos que tiene la anulación, total o parcial, del valor catastral sobre las liquidaciones firmes en impuestos tan habituales en la vivienda como el IBI o la plusvalía municipal. Recordamos que los contribuyentes pueden recurrir o modificar los valores catastrales que se le notifican ante el Catastro, mediante la subsanación de discrepancias, o de rectificación de errores.
El Colegio Superior de los Colegios de Arquitectos de España reclama medidas fiscales de urgencia para aumentar el número de rehabilitaciones de viviendas en España.
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