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Madrid aprueba las bonificaciones del IBI e IAE para mitigar los efectos negativos del covid-19
Gran Vía de Madrid en pleno covid-19 GTRES

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la modificación del IBI y el IAE para aplicar una bonificación del 25% durante 2020, con motivo del covid-19. Esta bonificación está destinada a actividades e inmuebles declarados de especial interés. En el caso del IBI, disfrutarán de esta rebaja fiscal aquellos propietarios de propiedades destinadas a ocio y hostelería, comercial, espectáculos y cultural.

Los contribuyentes que quieran beneficiarse de estas bonificaciones deberán solicitarlo no más tarde del 29 de junio de 2020. Estas bonificaciones consisten en:

  • Una bonificación en el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) del 25% de la cuota íntegra para bienes inmuebles declarados de especial interés o utilidad municipal, destinados a los usos de Ocio y Hostelería, Comercial y Espectáculos y Cultural (museos, bibliotecas, cines, teatros, salas de música y cines). En caso de que la actividad no sea desarrollada por el sujeto pasivo (por ejemplo, en caso de arrendamiento del inmueble), éste deberá acreditar que ha acordado, en favor del titular de la actividad, una moratoria o aplazamiento en el pago de la renta o una reducción de la misma. En el IBI se rebaja el 25% a más de 109.200 comercios y establecimientos por un importe superior a 55,6 millones de euros.
  • Una bonificación en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) para actividades declaradas de especial interés o utilidad municipal para sujetos pasivos que desarrollen alguna de las actividades previstas en el Acuerdo del Pleno por el que se modifica la correspondiente Ordenanza Fiscal (que incluye, entre otras, restauración, comercio, hospedaje, agencias de viajes, investigación en ciencias médicas y cultura) que será del 25% de la cuota municipal del IAE o del 50% en caso de sujetos pasivos con menos de diez trabajadores. La bonificación del 25% también podrá aplicarse en 2021 en caso de mantenimiento del empleo.

Esta reducción redunda no sólo en comercio, ocio y hostelería, sino también en cines, teatros, circos, toros, actividades deportivos y culturales, como bibliotecas, museos y músicos. En el IAE, la bonificación del 25% beneficiará a 16.200 comercios y establecimientos y supera los 11 millones de euros.

Requisitos adicionales para las bonificaciones

Se establecen los siguientes requisitos adicionales para disfrutar de las bonificaciones:

  • Declaración previa de especial interés o utilidad municipal del inmueble o actividad económica. Esta declaración se deberá solicitar al Pleno de la Corporación municipal mediante impreso normalizado, en el plazo de 30 días naturales desde el 30 de mayo de 2020. El Pleno deberá emitir la declaración antes del 31 de julio de 2020.
  • La actividad se debía venir ejerciendo antes del 15 de marzo de 2020 y deberá continuar hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • No serán aplicables las bonificaciones a aquellas entidades que tengan su domicilio fiscal en un territorio calificado como paraíso fiscal.
  • A efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos se deberá aportar declaración responsable.
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