El Alto Tribunal ha dictado una sentencia que marca un precedente en el equilibrio entre el derecho al honor y a la intimidad de una persona frente al derecho a la información en las comunidades de propietarios. En la resolución STS 4708/2024, la Sala de lo Civil ha estimado el recurso de casación interpuesto por una administradora de fincas que había sido condenada por colocar carteles informativos en espacios comunes de una urbanización de Alicante alertando de un inquilino que había sido desahuciado por impago.
La ocupación ilegal de propiedades es un tema de gran actualidad. Las noticias hablan a menudo de casas ocupadas y de la dificultad de los propietarios para recuperar la posesión de sus bienes. Uno de estos casos se da en el municipio italiano de Pesaro, donde una profesora de literatura, casada y con una hija de ocho años, no puede desalojar al inquilino moroso que vive con sus tres hijos en su piso desde hace cuatro años y por el que se ve obligada a pagar los gastos del inmueble.
Cuando Estíbaliz Kortazar gira la llave de su casa en Basauri (Vizcaya), en lugar de sentir alivio o seguridad, la invade el pánico. “Tengo ganas de llorar cada vez que entro en mi propia casa. Es girar la llave y siento terror”, explica a idealista/news la afectada. El motivo: convive desde hace meses con un inquiokupa, un inquilino que entró legalmente en su vivienda alquilando una habitación, dejó de pagar y ahora se niega a marcharse. Y no puede echarlo.
La Plataforma de Afectados por la Ocupación (PAO) ha acudido a la Comisión de Peticiones (PETI) del Parlamento Europeo para denunciar la falta de respuesta del Gobierno de España ante la ocupación ilegal y la inquiocupación. Durante la audiencia pública celebrada en Bruselas, se abordó la problemática de la suspensión de procedimientos de desalojo y el impacto de la ocupación en los derechos de propiedad. La PAO presentó la Petición 0112/2023, centrada en la vulneración de derechos de propietarios que no pueden recuperar sus inmuebles alquilados cuando los inquilinos dejan de pagar.
"La nueva Ley de Vivienda ha generado unos cambios significativos que ha incrementado la incertidumbre y preocupación por parte de los arrendadores", asegura Laura López Demarbre, la subdirectora General de Estrategia, Clientes y Canales Alternativos de Grupo Mutua Propietarios, institución que defiende a los arrendadores en caso de usurpación de la vivienda y que está ampliando su mercado debido al aumento de casos de okupación y de inquiokupación. La experta recalca en una entrevista con idealista/news que su entidad defiende al arrendador desde el principio hasta el final, y no solo con los procedimientos legales, también ofrecen servicios anti vandalismo, cubren desperfectos, e incluso ayudan a escoger el inquilino idóneo a través de un nuevo ‘scoring’ automático 100% digital en tiempo real.
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha asegurado que en España no existe un problema de okupación y que el "gran problema en el país es el acceso a la vivienda". La titular de Vivienda del Ejecutivo de Pedro Sánchez ha indicado que se dan casos de allanamiento, usurpación, impago de rentas e incumplimiento de contrato, pero que nada tiene que ver con lo que se entiende como 'okupación'. Si que ha reconocido que es necesario "corregir esas situaciones y dar seguridad a los propietarios", y aboga por movilizar vivienda vacía para ponerla en alquiler asequible y aumentar el parque de vivienda en alquiler.
La inseguridad jurídica, la ocupación ilegal y los impagos prolongados han dejado a miles de propietarios en España sin protección efectiva frente a abusos legales. Kathy Díaz, portavoz de APROVIJ (Asociación de Propietarios de Viviendas contra la Inseguridad Jurídica), lidera una iniciativa que busca revertir el Real Decreto-ley 11/2020, cuya prórroga ha intensificado el malestar del colectivo. En esta entrevista con idealista/news, Díaz explica las razones que impulsan la manifestación convocada para el 11 de enero, el impacto económico y emocional de la inquiokupación y las medidas urgentes que exigen al Gobierno para restaurar la seguridad jurídica y el respeto por la propiedad privada.
La okupación de viviendas en España ha dejado de ser un fenómeno marginal para convertirse en un tema candente en el debate público. Tanto es así que el Congreso de los Diputados ha aprobado los juicios exprés contra algunas okupaciones a través de la Ley de eficiencia del Servicio Público de Justicia. En concreto, esta nueva norma permite que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo juicios rápidos de 15 días. Sin embargo, se quedan fuera las inquiokupaciones, que no están reflejadas en las cifras oficiales, tal y como alertan los expertos. Este artículo examina los plazos de desalojo, las cifras relacionadas, el contexto jurídico y las propuestas de solución en torno a la okupación en España.
Según el Ministerio del Interior, en 2023 se contabilizaron 15.289 denuncias, un 8,8% menos que un año antes. Sin embargo, los expertos jurídicos afirman a idealista/news que la okupación ilegal sigue creciendo ya que la mayoría de los casos no se reflejan en las estadísticas oficiales al no ser delitos de allanamiento de morada ni usurpación del derecho de uso del inmueble. Coinciden en que cada vez más particulares y empresas optan por soluciones alternativas para recuperar rápidamente la posesión de sus propiedades, como negociar y pagar a los okupas o contratar a empresas especializadas en desalojos. Y estos casos no quedan reflejados en las estadísticas oficiales al no haber denuncia. Detallan igualmente que el principal foco de atención son los casos de inquiokupaciones; es decir, inquilinos que han dejado de pagar la renta de forma voluntaria y premeditada.
El portavoz parlamentario del PNV, Aitor Esteban, ha avisado al Gobierno de que su formación no aceptará una reedición del decreto anticrisis para las nuevas ayudas por las consecuencias del temporal que incluya un gravamen a las empresas energéticas no concertado con las haciendas forales de Euskadi y Navarra. Esteban también ha avisado de los riesgos que conlleva amparar a los inquilinos que abusan de la legislación, como en algunos casos de inquiokupación que generan falta de seguridad jurídica que contribuye a la actual escasez de oferta de alquiler.
El Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves 14 de noviembre la agilización de los juicios para casos de ocupación ilegal de viviendas mediante la Ley de eficiencia judicial. La normativa contempla que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, permitiendo que estos se celebren en un plazo estimado de 15 días. Esta aprobación supone un cambio significativo, impulsado por una enmienda del PNV y respaldada por formaciones como PP, Junts, ERC, UPN y Coalición Canaria, aunque con el voto accidental de Bildu. Ahora debe aprobarse en el Senado donde el PP tiene mayoría.
José Ramón Zurdo, director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) explica en este artículo cuáles son las diferencias entre estas tres formas de okupar una vivienda. El allanamiento de morada, la usurpación o la inquiokupación hacen referencia a ilícitos penales y no civiles. El allanamiento sí implica penas de cárcel, mientras que la usurpación no, el delito es pagar una simple multa económica. En cuanto a la inquiokupación, en esta forma de okupar, a diferencia de las otras, sí existen títulos habilitantes que aparentan legitimar las ocupaciones, como son los contratos de arrendamiento.
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