El Tribunal Supremo vuelve a ser noticia. Esta vez porque ha declarado que para acreditar la venta a pérdidas de una vivienda y evitar pagar la plusvalía municipal es posible aportar como prueba los valores de referencia que las comunidades autónomas publican en sus webs para declarar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD). Y es que son los contribuyentes los que deben probar que la transmisión se hizo con pérdidas. Te explicamos cómo hacerlo y también los inconvenientes que puede haber.
Cuando un contribuyente vende una vivienda, está obligado a pagar la famosa plusvalía municipal, a no ser que haya registrado pérdidas con la transmisión. Sin embargo, hay algunas estrategias para evitar pagar este impuesto, como actualizar el valor del inmueble conforme al IPC o incluir los gastos de urbanización del terreno, así como los gastos de notaría y registro.
El Tribunal Supremo ha declarado que para saber si un inmueble se ha vendido en pérdidas es suficiente con comparar las escrituras de adquisición y transmisión del terreno. Pero no es una prueba absoluta y hay ayuntamientos que para lograr que el contribuyente pague el impuesto de plusvalía municipal acredita una ganancia en la venta, tras comparar el valor catastral que tenía el inmueble cuando se adquirió y transmitió. Pero el Alto Tribunal acaba de aclarar que esta comparación no es válida.
Tanto el Tribunal Constitucional como el Supremo avalan que el contribuyente que ha comprado y vendido una casa a pérdidas no pague la plusvalía municipal. Sin embargo, no se aplicaba el mismo criterio para aquellos que hubieran recibido o transmitido en herencia o por donación una vivienda con pérdidas. Ahora el Alto Tribunal aclara que estos también están exentos del pago de la plusvalía municipal, en contra del criterio de Hacienda.
Ha pasado más de un año desde que el Tribunal Constitucional declarara inconstitucional el impuesto de plusvalía municipal en caso de transmisión de un inmueble a pérdidas. Pero si se han obtenido ganancias con la venta de una casa, entonces sí que hay que abonar este tributo a la hacienda local donde se encuentre el inmueble. Esta calculadora te permite saber exactamente cuánto te tocará pagar.
El Tribunal Supremo ha establecido que, si al comparar el precio de la escritura de adquisición y el de la escritura de transmisión resulta una pérdida, el contribuyente está exento de pagar la plusvalía municipal. Cada vez más juzgados permiten actualizar los valores conforme al IPC para que el vendedor de una vivienda pueda obtener una pérdida y, por tanto, evitar pagar este impuesto.
Un usuario del foro de idealista/news quiere saber si es legal que el vendedor le exija pagar la plusvalía municipal. La ley de Haciendas Locales que regula este impuesto prevé que el sujeto pasivo es el transmitente, pero en ocasiones las partes pueden pactar que el tributo lo pague el comprador. Eso sí, este tipo de acuerdos sólo obligan a las partes, nunca a la Administración Tributaria.
Un usuario del foro de idealista/news quiere saber qué impuestos debe pagar por vender una casa y si tiene alguna exención fiscal por ser mayor de 65 años. En el caso de la plusvalía municipal, nadie puede escapar del pago de este tributo, salvo si la transmisión se hizo a pérdidas. En cambio, en el IRPF sí que hay deducciones. En concreto, si es vivienda habitual la exención es del 100%.
Se avecina una nueva rebelión judicial. Un Juzgado madrileño ha hecho frente al Tribunal Supremo por su interpretación sobre la plusvalía municipal. En concreto, se trata de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, que contradice al Alto Tribunal al considerar inconstitucional cobrar la plusvalía cuando el contribuyente ha ganado dinero con la venta de la casa. Ahora hay que esperar a que el Congreso de Diputados apruebe una ley que regule la forma de determinar, en cada caso, la existencia o no de ganancias en las transmisiones.
Ha pasado más de un año desde que el Tribunal Constitucional declarara contrario a la ley el impuesto de plusvalía municipal en caso de transmisión de un inmueble a pérdidas. Durante todo este tiempo, ha habido muchas sentencias contradictorias y la última es la del Tribunal Supremo que entierra la posibilidad de anular el pago de este tributo cuando hubo ganancias. En una entrevista, José María Salcedo, socio de Ático Jurídico, da respuesta a las 15 preguntas más frecuentes sobre este impuesto.
El reciente dictamen del Alto Tribunal sobre la plusvalía municipal vuelve a traer más controversia que aclaraciones. El Supremo entierra la posibilidad de anular el pago cuando hubo ganancias y permite al contribuyente aportar pruebas para confirmar que vendió con pérdidas. El abogado José María Salcedo, de Ático Jurídico aclara los detalles de la sentencia y cómo se debe actuar a partir de ahora.
Esperada sentencia del Tribunal Supremo sobre el pago de la plusvalía municipal. La sala de lo contencioso administrativo del Alto Tribunal confirma que el pago del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IITNU), más conocido como plusvalía municipal, se seguirá cobrando cuando se venda la vivienda con ganancias y determina, además, que debe ser el contribuyente el que demuestre que vendió su casa con pérdidas en caso de que el ayuntamiento le cobre el impuesto.
Madrid y Barcelona son las capitales de provincia que más impuestos recaudan por habitante, según el informe Panorama de la Fiscalidad Local 2018 presentado por el Consejo General de Economistas y Asesores Ficales (Reaf). Las dos grandes ciudades españolas recaudan 744,2 euros y 619,9 euros por habitante, respectivamente.
Cada vez más juzgados tienen sobre la mesa casos de contribuyentes que reclaman la devolución de la plusvalía municipal cuando vendieron una casa con ganancias, animados por la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional este impuesto en caso de venta a pérdidas. Ahora el TSJ de Navarra anula este tributo resolviendo un recurso de casación, con lo que se trata de una sentencia firme y que abre la puerta a que el Tribunal Supremo declare el mismo resultado para toda España.
El Tribunal Supremo ha dictado una importante sentencia, que permitirá declarar la inconstitucionalidad de impuestos municipales (IBI, plusvalía municipal, entre otros), acudiendo directamente a la vía judicial, y liberando a los contribuyentes de la obligación de plantear un recurso ante el Ayuntamiento de turno.
El Tribunal Supremo tiene sobre la mesa 55 recursos de casación planteados contra el impuesto de plusvalía municipal y 44 de ellos se centran en la misma preocupación por parte de los contribuyentes: si es posible anular las liquidaciones de este impuesto cuando se ha vendido un inmueble y se ha gan
La modificación del impuesto de la plusvalía municipal sigue su curso legal y acaba de iniciar su tramitación parlamentaria. No sólo se va a anular el pago de este impuesto cuando se transmita una vivienda a pérdidas, sino que también se va a modificar el coeficiente de incremento. De hecho, el Proyecto de Ley los redujo considerablemente para respiro de los contribuyentes. Sin embargo, el Grupo Parlamentario Popular ha iniciado la tramitación de la proposición de Ley que eleva ligeramente los coeficientes. Pese a esta subida, siguen por debajo de la ley actual. Te explicamos cómo afectará al bolsillo.
El Juzgado de lo contencioso administrativo número 34 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de la capital a devolver 13.685 euros más intereses del impuesto de la plusvalía municipal cobrado indebidamente a un contribuyente: recibió en herencia varias viviendas que no sufrieron incrementos de valor
Pese a la sentencia del TC que declaró inconstitucional artículos de la normativa que regula la plusvalía municipal, entre los diferentes juzgados se siguen produciendo fallos con diferentes posturas. Para unificar criterios, el Tribunal Supremo resolverá en los próximos meses cuestiones como la existencia del hecho imponible, la fórmula de cálculo, quién debe probar la minusvalía o la interpretación sobre la expulsión del ordenamiento jurídico de los artículos anulados del impuesto.
2017 quedará en el recuerdo como el fin de la plusvalía municipal tal y como la conocemos. El Tribunal Constitucional tumbó el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos (IIVTU) cuando se vende un inmueble con pérdidas, mientras que el Supremo ultima un dictamen para decidir si la fórmula para calcular este gravamen, y que afecta a las ventas con ganancia y a las herencias, es acorde a derecho.
Hacienda quiere poner coto a la especulación inmobiliaria a golpe de normativa.
Un error en el cálculo de la fórmula que aplican los ayuntamientos para cobrar la plusvalía municipal está sirviendo de argumento a los tribunales para tumbar el cobro de este gravamen cuando la venta del inmueble se cierra con ganancias.
El Ayuntamiento de Majadahonda, el tercer municipio con la renta media más alta de España, ha sido condenado por un juzgado de Madrid a devolver a un contribuyente los casi 7.600 euros que pagó indebidamente por la plusvalía municipal.
Cuando se recibe en herencia un inmueble existen dos tipos de tributos que todo contribuyente tiene que afrontar: el impuesto sobre sucesiones y la plusvalía municipal.
Las Administraciones Locales tienen abierto un nuevo frente judicial: devolver el dinero que han cobrado de más a los contribuyentes por la compraventa de inmuebles. Según la plataforma reclamador, los ayuntamientos han ingresado más de 3.000 millones de euros de más en los últimos cuatro años tras aplicar una fórmula errónea para saber si ha habido incremento de valor en los traspasos y hay más de 5 millones de fincas urbanas afectadas, cuyos expropietarios podrían exigir su dinero a los consistorios.
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