Los dos temores principales de los propietarios con viviendas alquiladas son que el inquilino no pague las mensualidades o que destroce la casa.
En el mercado inmobiliario actual, cada vez hay más propietarios que dudan entre si alquilar o no su vivienda por miedo a dar con un inquilino que les deje de pagar. Las rentas mensuales percibidas por el alquiler pueden ser una buena fuente adicional de ingresos. Sin embargo, alquilar una vivienda no está exento de riesgos. idealista comercializa el seguro de alquiler para propietarios de Arag: cubre impagos y cuenta con un equipo de abogados para resolver todas las dudas.
Que el inquilino deje de pagar la renta es lo peor que puede sucederle al propietario de un piso en alquiler, salvo que cuente con un seguro de impago. En este caso, el arrendador estaría protegido frente a las mensualidades que haya contratado en la póliza.
Cada vez hay más demanda de pisos en alquiler y más propietarios interesados en poner en el mercado viviendas en arrendamiento, con el objetivo de rentabilizar su patrimonio. Para que el proceso sea lo más satisfactorio posible, acaba de nacer la “garantía del inquilino”, un seguro que protege a los arrendadores de posibles impagos de las rentas. La novedad es que este seguro garantiza el cobro del alquiler, los gastos de comunidad y los suministros, mediante un seguro de caución que contrata el inquilino.
Actualmente, los propietarios y administradores de propiedades en alquiler se enfrentan a un continuo riesgo de impago de alquiler. Para protegerse ante estas situaciones y minimizar la exposición, muchos propietarios optan por contratar un seguro de impago de alquiler.
La creciente situación actual del impago de las rentas del alquiler, está impulsando la llegada al mercado de seguros de impago del alquiler fraudulentos y su contratación por parte de los propietarios, que buscan una manera de proteger los ingresos que logran de las rentas de sus inmuebles.&nb
El 19% de los propietarios de una vivienda tienen seguros de alquiler “falsos”, es decir, creen tener una verdadera póliza que le protege en caso de impago o de actos vandálicos en el domicilio, pero realmente han contratado seguros falsos que no avalan estas circunstancias porque detrás no hay ning
Seleccionar un inquilino fiable es fundamental para evitar problemas con el alquiler de tu vivienda.
La poca oferta de vivienda en alquiler y la elevada demanda está provocando que algunos propietarios pidan más garantías a los inquilinos de las que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), según el Observatorio Español de Seguro de Alquiler. La normativa "fija en dos mensualidades del alquiler la cuantía máxima que se puede pedir como garantía adicional a la fianza, la cual debe ser de un mes de renta. Todo lo demás está fuera de la Ley", recalcan desde OESA. El observatorio alerta de que uno de cada tres propietarios de grandes ciudades estarían incumpliendo la normativa y que esta mala 'praxis' podría volverse en su contra.
Los impagos del alquiler han aumentado un 5,2% entre junio de 2021 y de 2022, y los inquilinos deben a sus caseros una media de 6.874 euros, un 7,9% más que el año anterior, según un estudio de la Fundación Alquiler Seguro. Murcia, Canarias y Cataluña son las regiones donde más crecen los impagos, mientras que Madrid y Baleares son las autonomías con los importes pendientes de pago más altos, al rondar los 9.000 euros.
Alquilar una vivienda comporta un dinero extra a final de mes, pero cada vez son más los propietarios que tienen problemas con sus inquilinos. Y el impago por alquiler es uno de ellos. En ciertos casos, han llegado a deber años por no pagar la renta y denunciar ante la justicia es la única solución con la que se encuentran. Esto es lo que debe hacer el propietario si su inquilino no paga el arrendamiento.
El Observatorio Español del Seguro del Alquiler calcula que un 34% de los nuevos contratos de arrendamiento que se firmaron a lo largo del año pasado incluía un seguro de impago, cuatro puntos más respecto a 2020. OESA afirma que este año se mantendrá la tendencia, impulsada por factores como el fin de los ERTE y de las ayudas a los autónomos. El precio de los seguros se situó el año pasado en 20 euros mensuales.
Cuando se firma un contrato de alquiler de una vivienda las dos partes lo hacen con la intención de no romperlo antes de tiempo, pero la realidad es que hay ocasiones en las que el inquilino o el propietario deciden acabar con el vínculo. Por este motivo, en este artículo te dejamos los motivos legales que puede alejar los implicado para romper este acuerdo. El inquilino puede alegar la no realización de obras para finalizar el acuerdo, mientras que el propietario tiene más motivos como el impago de las rentas, el subarriendo de la vivienda o no abonar la fianza, entre otras.
La principal preocupación de cualquier arrendador es que el inquilino sea solvente y que pague religiosamente las rentas de todos los meses. Por eso, lo más habitual es que compruebe que el arrendatario es solvente con un análisis de su perfil profesional y sus ingresos solicitándole el contrato de trabajo y las últimas nóminas. Pero también es importante comprobar que la pareja es solvente en caso de que el inquilino decida irse de la casa o fallezca. Así, el arrendador evita impagos en las rentas.
Para los pequeños propietarios que alquilan sus inmuebles, las principales preocupaciones son tener que iniciar un proceso de desahucio del inquilino, el impago de la renta y la posibilidad de sufrir una ocupación ilegal, según señalan cuatro de cada cinco encuestados por la asociación ASVAL y el Salón Inmobiliario de Madrid. Casi la mitad de los particulares afirma que necesita los ingresos del arrendamiento para asumir sus gastos personales y familiares.
La Ley de Enjuiciamiento Civil otorga al arrendatario la posibilidad de acudir a la opción de la enervación del desahucio, que permite no tener que abandonar la vivienda en caso de impago. Esta vía solo puede activarse una vez durante el tiempo que dura el contrato, exige el pago de la deuda pendiente antes de que se inicie el juicio y debe ejecutarse en un plazo máximo de 10 días desde que el inquilino recibe la demanda. Además, conlleva el pago de las costas.
El Gobierno ha anunciado la creación y financiación de un seguro de impago a través de una nueva ayuda concedida por el Estado a los jóvenes para garantizar el pago de los alquileres durante un año, ofreciendo garantía tanto para inquilinos como para propietarios. Se trata de una ayuda a los jóvenes para que, en el caso de que tuvieran problemas para pagar el alquiler, se active este seguro de impago. Esta ayuda, de una cuantía mensual de 250 euros, va destinada a los
jóvenes entre 18 y 35 años con ingresos anuales inferiores a 23.725,8 euros.
El Tribunal Supremo ha vuelto a resolver un caso de interés para los adjudicatarios de viviendas que previamente han estado alquiladas. Tras una demanda de desahucio por impago con reclamación de rentas interpuesta por Sareb, el Alto Tribunal, en una sentencia del pasado 1 de junio de este año, considera que el contrato de arrendamiento quedó resuelto por aplicación de la ley y que no es posible reclamar las rentas impagadas de un contrato ya extinguido.
La vivienda de alquiler empieza a ser considerada como un activo refugio y prácticamente como un producto financiero, dada la escasa y obsoleta oferta de pisos y la elevada demanda que se prevé de cara a las próximas décadas. Sin embargo, los expertos descartan que los bancos españoles puedan seguir los pasos de su homólogo británico Lloyd’s y tengan planes para convertirse en grandes arrendadores, aunque sí detectan un elevado interés por financiar nuevas promociones ‘build to rent’. Creen que incluso podríamos ver entidades que se lanzan a la gestión de pisos en arrendamiento como inversión para sus clientes de banca privada.
La demora en el abono de la renta del inquilino y el escaso mantenimiento por parte de los propietarios son los dos incumplimientos más comunes de los contratos de arrendamiento en España. El anecdotario de cualquier agente inmobiliario español es casi infinito, por eso hemos resumido cuáles son las faltas más habituales de los inquilinos y los arrendadores en nuestro país.
El miedo a dejar de cobrar la renta está llevando a muchos propietarios a contratar seguros de impago del alquiler. Solo en los seis primeros meses del año, la contratación de estos productos se ha incrementado más de un 120%. Según el experto en inversión inmobiliaria Pau Antó, antes de elegir uno conviene prestar atención a varios factores, como qué aseguradora protege los cobros y durante cuánto tiempo, las diferentes coberturas de la póliza, así como detallar las características de la vivienda que se quiere asegurar en el contrato.
La pandemia del covid-19 ha provocado un aumento de impagos del alquiler por parte de familias que se han visto abocadas a un ERTE o a sumarse a las listas del paro. Ante este drama, el Gobierno ha aprobado medidas de urgencia de carácter personal para proteger a aquellos inquilinos en situación de precariedad económica. Y El Tribunal Constitucional en una reciente sentencia ha permitido a un inquilino vulnerable desahuciado posponer su desalojo.
La demora en el pago de la renta de la vivienda y su deterioro son los principales incumplimientos señalados por algunos agentes inmobiliarios que piden el endurecimiento de la Ley. Otro de los incumplimientos más comunes son las molestias al vecindario, mediante fiestas o reuniones no permitidas. Para evitar tener un inquilino molesto, los profesionales recomiendan evaluar correctamente al inquilino, solicitar documentación y estudiar antecedentes y análisis financiero. También es esencial contar con un buen seguro de impago de la renta.
Las ciudades de Madrid y Barcelona cumplen razonablemente con la recomendación de no destinar más de un tercio de los ingresos familiares al pago del alquiler. Según un estudio de idealista [empresa editora de este boletín] que cruza los precios del alquiler en marzo de 2021 y la estimación de ingresos familiares en esa misma fecha, la ciudad de Barcelona exigiría el 33% de los ingresos para el pago de la renta, y en Madrid se incrementa ligeramente hasta el 36%.
Una de las consecuencias de la crisis del covid-19 es el aumento del número de impagos en el alquiler. Desde el despacho Sanahuja Miranda recomiendan a los arrendadores alcanzar un una moratoria o una rebaja temporal de la renta con el inquilino para seguir recibiendo la mensualidad. También pueden protegerse contratando seguros dedicados al impago de las rentas, ya que suelen cubrir la renta mensual entre seis y 12 meses.
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