El Gobierno permite a las regiones ampliar los sectores que pueden acogerse a la línea de ayudas directas de 7.000 millones
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Las CCAA podrán conceder ayudas a más empresas y autónomos afectados por el covid
La Moncloa

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a las empresas y autónomos afectadas por las consecuencias de la crisis del covid-19. Gracias a este cambio, el Gobierno permite a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla ampliar los sectores y empresas que podrán beneficiarse de la línea de ayudas directas de 7.000 millones de euros, y que es la más cuantiosa del plan que asciende a 11.000 millones de euros. 

Según explica el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, "la modificación incluida permitirá a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla que, dentro de la asignación establecida para cada una de ellas, puedan incluir como beneficiarios de estas ayudas a otros sectores, adicionales a los 95 recogidos en el Anexo I del citado Real Decreto-ley, que se hayan visto particularmente afectados por la pandemia.

Esos 95 sectores se establecieron aplicando criterios objetivos, basados en el efecto de la pandemia en el empleo de cada sector. En concreto, en el momento de aprobación del Real Decreto-ley, en esos sectores el 10% de sus trabajadores estaban protegidos por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y, además, no habían vuelto a la actividad al menos un 75% de los trabajadores que llegaron a este en ERTE en el peor momento de la pandemia, en abril de 2020".

Sin embargo, la modificación permite a los diferentes territorios ampliar el número de empresas y autónomos que se podrán beneficiar de estas ayudas, "atendiendo a las especificidades del tejido productivo de cada región y a los efectos que sobre sus empresas y trabajadores autónomos hayan podido tener las medidas de contención de la pandemia establecidas por cada una", recalca la cartera liderada por Nadia Calviño.

Además, y de forma excepcional, las comunidades y las ciudades autónomas podrán otorgar ayudas a empresas viables que hayan tenido un resultado negativo en 2019, mientras que el Gobierno ha habilitado a las Delegaciones de Economía y Hacienda a conceder un periodo de carencia de hasta dos años para el pago de obligaciones no tributarias y un fraccionamiento posterior de la deuda de hasta dos años.

En qué consiste esta línea de ayudas

El plan de ayudas que aprobó el Ejecutivo el pasado 12 de marzo incluye un total de 11.000 millones de euros, repartidos en tres líneas. 

La más cuantiosa es la de las ayudas directas de 7.000 millones de euros, que van destinados a autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia, cuyos ingresos hayan caído al menos un 30% con respecto a 2019.

Son ayudas de carácter finalista y se pueden emplear para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como por ejemplo los pagos a proveedores, el pago de suministros, el pago de salarios, el alquiler del local, oficina u otro inmueble donde ejerza su actividad o reducir la deuda financiera.

Los autónomos que tributan por estimación objetiva podrán recibir hasta un máximo de 3.000 euros, y el resto de autónomos y empresas entre 4.000 y 200.000 euros. Y es necesario que los beneficiarios mantengan su actividad al menos hasta el 30 de junio de 2022. 

De esos 7.000 millones de euros, 2.000 millones están reservados para Baleares y Canarias, dado el peso que tiene el sector turístico en sus respectivas economías, mientras que los 5.000 millones restantes son a repartir entre el resto de España. 

Otras dos líneas de ayudas

Además de estas ayudas directas, el Gobierno ha activado un fondo de 3.000 millones de euros destinado a reestructuraciones de los préstamos ICO, y otro fondo de 1.000 millones de euros para reforzar el balance de las empresas de mediano tamaño, que completan los 11.000 millones del plan. 

El fondo de 3.000 millones de euros va destinado a ayudar a las empresas que han pedido un préstamo ICO y tengan problemas de pago, a través de reestructuraciones de deuda financiera con aval del Estado. Entre las medidas que contempla están la ampliación de los plazos de los préstamos, la prórroga hasta diciembre de 2021 para solicitar las líneas ICO, la posibilidad de convertir estos préstamos en participativos o la realización de transferencias directas a empresas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia. Además, "el ICO podrá incoporarse a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera", recalca el Gobierno.

El último fondo (de 1.000 millones), está destinado a recapitalizar empresas, será gestionado por COFIDES, empresa público-privada que depende del Ministro de Turismo, y contará con diferentes instrumentos para reforzar el balance de las empresas que eran viables en 2019 y evitar una innecesaria entrada en concurso. Por ejemplo, en forma de préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital... 

Qué deben cumplir empresas y autónomos para recibir las ayudas

Tal y como consta en el BOE, los beneficiarios deben cumplir una serie de requisitos:

  • No deben haber sido condenados mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
  • No haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • Empresas y autónomos deben mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
  • No podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022.
  • No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la aplicación de alguna de las medidas.
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