El contribuyente podrá anular la plusvalía si el Ayuntamiento no tiene la nueva ordenanza
Hace un año se aprobó el Real Decreto-Ley 26/2021 que modificó el impuesto de plusvalía municipal para cumplir con la Constitución española, ya que dicho tributo fue declarado inconstitucional por su sistema de cálculo. Esta norma contemplaba un plazo de seis meses para que los ayuntamientos adaptaran su ordenanza de plusvalía a la nueva regulación. Ese plazo finalizó el pasado 11 de mayo de 2022 y son muchos los consistorios que todavía no han adaptado su ordenanza. Por ello, interesa aclarar que el cobro de este impuesto puede ser nulo de pleno derecho por no existir una normativa que permita cuantificar la cuota tributaria a pagar.