El consejo de ministros ha aprobado el proyecto de ley que modificará los alquileres de viviendas, Cuyo anteproyecto presentó en mayo. Entre los puntos a destacar se encuentra el plazo que tiene el inquilino moroso de 10 días para pagar la deuda y que la falta de pago podrá dar lugar a la resolución del contrato sin más exigencia que el requerimiento notarial o judicial, sin necesidad de llegar a tener una sentencia. El gobierno busca reducir el proceso de desahucio y evitar "la picaresca en los contratos de alquiler"
La ministra de fomento, Ana pastor, ha señalado que con la normativa actual el propietario se ve obligado a acudir a la vía jurisdiccional y obtener una sentencia declarativa para que el impago de la renta pudiese dar lugar a un desahucio. Recordemos que en diciembre de 2009 entró en vigor en España el conocido “desahucio exprés”, una norma que iba a permitir “echar” al moroso de manera más rápida de lo que venía ocurriendo. Y en noviembre del año pasado entró en vigor la ley de medidas de agilización procesal que iba a permitir a los propietarios conseguir que le pagara la deuda en 10 días, gracias al proceso monitorio (un juicio rápido y sencillo). Sin embargo, ambas leyes apenas han tenido los efectos esperados. Los expertos se quejan de que el gran problema es que los juzgados están atorados y necesitan más medios económicos y más recursos humanos
Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, opina que “llevamos décadas con un mercado de alquiler raquítico y muy alejado de los parámetros europeos. La aprobación de nuevas medidas en los contratos de alquiler puede ayudar a mejorar la situación actual aumentando la oferta y ajustando precios. Y no solo es beneficioso para el mercado inmobiliario: un alquiler más fuerte, robusto y grande beneficia a la economía, permite mayor movilidad laboral que aumenta el empleo y facilita la emancipación de los jóvenes españoles de casa de sus padres. Son buenas noticias "
¿Cómo funcionará la nueva ley del mercado de alquiler?
Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días desde que el arrendador acude al juzgado a poner la denuncia para que el arrendatario pague su deuda, "y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites". Asimismo, la finalización del proceso será mediante auto del juez, en lugar del decreto del secretario judicial que se empleaba hasta ahora
Además, con la presencia de un solo funcionario de juzgado se podrá llevar a cabo la resolución a favor del propietario que sufre la morosidad del arrendatario
Otros aspectos importantes de la nueva ley que se apobará en el consejo de ministros son los siguientes:
- Duración de los contratos
A partir de ahora, el inquilino que desee abandonar una vivienda antes del fin de contrato, podrá hacerlo libremente con un preaviso de sólo un mes. Hasta ahora, por ley, estaba obligado a respetar el periodo firmado. Por su parte, el casero podrá recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge con un preaviso al inquilino de dos meses
Se reduce de cinco a tres años la denominada "prórroga forzosa", aquella que permite que el inquilino prorrogue, sea cual fuera el tiempo de duración del contrato, la duración del mismo. También se reduce de tres a un año la denominada "prórroga tácita automática", aquella que permite, después de transcurrido el tiempo pactado en el contrato y la prórroga forzosa, que el inquilino siga en el piso si las partes no señalan lo contrario al respecto
- Actualización de las rentas
Hasta ahora, la renta mensual a pagar por un contrato de alquiler pactada al inicio del mismo, se actualizaba anualmente de acuerdo al índice de precios al consumo (ipc) publicado por el ine. A partir de ahora, casero e inquilino podrán pactar la actualización de la renta
- Compra de viviendas alquiladas
Quien compre una vivienda con un contrato de alquiler vigente no estará obligado a mantener al inquilino si el contrato de arrendamiento no está inscrito en el registro
- Reformas en la vivienda
Se podrá pactar que las mejoraso reformas que realice el inquilino se apliquen al pago de la renta
- Medidas fiscales
En el Impuesto de Sociedades se flexibilizan los criterios que permiten aplicar una deducción del 85 por 100 sobre las rentas de los alquileres: las sociedades deberán tener un mínimo de ocho viviendas (antes diez) y deberán permanecer arrendadas durante tres años (antes siete)
Se mejora el régimen jurídico y fiscal de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI):
-Los inmuebles en arrendamiento deberán mantenerse durante tres años (antes siete)
-No será necesario un número mínimo de viviendas (antes tres
-El capital social mínimo será de cinco millones de euros (antes quince)
-Los beneficios distribuibles serán el 80 por 100 de los obtenidos (antes el 90 por 100)
-Se suprimen los requisitos del número mínimo de accionistas (antes cien), capital mínimo en circulación (antes 25 por 100) y financiación ajena (antes inferior al 70 por 100 del activo)
-Se podrá cotizar en mercados regulados o sistemas multilaterales de cotización
- Se modifica el régimen fiscal de las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) para flexibilizar sus requisitos y potenciar su actividad. El gobierno ha modificado el régimen fiscal de las socimi para que éstas no paguen impuestos, ya que su nuevo régimen fiscal será cero. No obstante, sí tendrán que tributar los accionistas que reciban beneficios de las socimis. Las socimi son sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario, similares a los conocidos reits. Sin embargo, hasta ahora las socimi eran menos atractivas ya que tenían una tributación del 18% mientras que los reits están exentos del pago de impuestos
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Reacciones de los expertos a las medidas del alquiler de vivienda
159 Comentarios:
Es verdad, comprar es mejor, pero a tocateja. Cuando uno se hipoteca, no compra, alquila dinero con la promesa de no fallar en 30 años.
Si alquilas vivienda en vez de dinero, puedes ahorrar y puedes fallar si la vida se te pone en contra pudiendo empezar de nuevo, sin nada pero sin deudas también.
Lo inteligente es : alquilar al mejor precio, y AHORRAR LO QUE SE SUPONE NO GASTAMOS a ser proprietaro = tendras ahorros para comprar una casa a
Buen precio si se presenta la opurtunidad, sino, tendras dinero para tu jubilacion... sencillo.
Compraremos cuando los precios nos permitan comprar a la altura de nuestro salario, y no hipotecarnos engatusados por los banqueros.
**... los que alquilamos estamos ganando dinero a espuertas....**
( Ya le gano 36 millones de pts al precio del pisazo que quiero comprar, es la rebaja que ya lleva en 3 años y valian aqui en Madrid 600.0000 €).
Aqui en Madrid (dentro de M-30, zona 4 torres del r.madrid) : zona centrica,urbanizacion completisima, piso grande amueblado moderno-nuevo,con 22 años,4 habitaciones,soleado,garaje, piscinon, portero-seguridad, jardines
Privados...centro comercial cerquita andando, vecinos gente agradable y educada...etc
El aquiler solo me sale por 1.700.000 pts año, comunidad incluida, calefaccion tambien...etc
Le calculao que le rento al arrendador un 1,3% año
Al ser un pisazo el alquiler me sale como la mitad de su virtual hipoteca - (curiosidad que tienen los pisos grandes y caros, que no son rentables alquilar)
Tengo unas preferencias (nada exageradas, ni inalcanzables) y hasta que no encuentre lo que busco prefiero "vivir de alquiler, en un piso mejor que lo que yo me podria comprar".... son preferencias.
Cuando esten por 300.000 € (rebajados 50%) entonces quizá me decida..según ande España, y sino me largo
( Un acierto en toda regla, bajan mas que me vale el alquiler...y asi hasta el 2018 por lo menos)
Tener un inquilino solvente y seguro es ahora un milagro, hasta el fijo funcionario ha visto, y verá, sus ingresos menguar, su seguridad cuestionarse. Dudo mucho que se de el fenomeno de casero echando a los dos meses, todo lo contario,,,lo cuidaran como oro en paño, pues el que viva de alquiler de forma solvente será rifado por un buen puñado de desesperados caseros buscando inquilino.
De todos modo como apuntan antes, lo normal para alquilar es ir a una sociedad y dejarse de hacer tratos con tipos palilloenboca desesperados
Yo no soy tan negativo, a mí me beneficia la primera medida, que vivo de alquiler: la libertad de poder irse del piso con un mes de preaviso. Creo que es la mejor medida para que el alquilado no piense en comprar cuanto antes.
Seamos realistas, a pesar de todo lo ocurrido, el sueño de cualquier inquilino es poder tener un día su casa propia. Yo mismo, con la bajada de precios, estaba pensando ver algún piso de banco a ver si encontraba algo decente cuya hipoteca fuera más o menos lo que pago de alquiler. Y soñaba con eso sobre todo al acercarse la fecha de vencimiento anual del contrato de alquiler, cuando tienes que decidir si te quedas un año más o te cambias, idealmente a una casa propia, bonita y barata.
Ahora ya no tengo prisa, está claro que los pisos van a bajar más y más y nadie va a comprar sino intentar ahorrar para una entradita hasta que los pisos en venta bajen otro 25% más que es lo mínimo que tienen que bajar antes de que nadie compre.
Recordemos Seseña: pisos de 200.000 euros vendidos en una semana a 80.000, es decir cuando les haces un 60% de bajada.
Yo sigo de alquiler, esperando que el piso que me gusta pase de los 180.000 actuales (valía 240.000 en la cima de la burbuja) a 100.000 como mucho. Pero si llega a ese precio: compraré antes de que me lo quiten y con un mes de preaviso a mi casero si alguien me da la hipoteca, en vez de tener que aguantar al fin del contrato de alquiler para poder mudarme y habiendo "tirado a la basura" el coste de esos meses de alquiler.
Tener un inquilino solvente y seguro es ahora un milagro, hasta el fijo funcionario ha visto, y verá, sus ingresos menguar, su seguridad cuestionarse. Dudo mucho que se de el fenomeno de casero echando a los dos meses, todo lo contario,,,lo cuidaran como oro en paño, pues el que viva de alquiler de forma solvente será rifado por un buen puñado de desesperados caseros buscando inquilino.
De todos modo como apuntan antes, lo normal para alquilar es ir a una sociedad y dejarse de hacer tratos con tipos palilloenboca desesperados
Yo no soy tan negativo, a mí me beneficia la primera medida, que vivo de alquiler: la libertad de poder irse del piso con un mes de preaviso. Creo que es la mejor medida para que el alquilado no piense en comprar cuanto antes.
Seamos realistas, a pesar de todo lo ocurrido, el sueño de cualquier inquilino es poder tener un día su casa propia. Yo mismo, con la bajada de precios, estaba pensando ver algún piso de banco a ver si encontraba algo decente cuya hipoteca fuera más o menos lo que pago de alquiler. Y soñaba con eso sobre todo al acercarse la fecha de vencimiento anual del contrato de alquiler, cuando tienes que decidir si te quedas un año más o te cambias, idealmente a una casa propia, bonita y barata.
Ahora ya no tengo prisa, está claro que los pisos van a bajar más y más y nadie va a comprar sino intentar ahorrar para una entradita hasta que los pisos en venta bajen otro 25% más que es lo mínimo que tienen que bajar antes de que nadie compre.
Recordemos Seseña: pisos de 200.000 euros vendidos en una semana a 80.000, es decir cuando les haces un 60% de bajada.
Yo sigo de alquiler, esperando que el piso que me gusta pase de los 180.000 actuales (valía 240.000 en la cima de la burbuja) a 100.000 como mucho. Pero si llega a ese precio: compraré antes de que me lo quiten y con un mes de preaviso a mi casero si alguien me da la hipoteca, en vez de tener que aguantar al fin del contrato de alquiler para poder mudarme y habiendo "tirado a la basura" el coste de esos meses de alquiler.
Sería bueno que a partir de la vigencia efectiva de esta nueva ley y al cabo del tiempo, los caseros -propietarios fueran reflejando en algun foro, boletín, medio de comunicación fijo, etc.
Para que nos enteraramos todos, que tiempo ha transcurrido desde que formularon su denuncia respeciva por morosidad en el juzgado correspondiente y el día que en el que el inquilino ha sacado sus cuatro trastos y ha entregado la llave del piso que deja denunciado por morosidad y en que estado lo ha dejado.
Para mi, lo de los 10 días es puramente """"testimonial"""" y no se corresponderá en nada con lo que trata de """resaltar""" la nueva ley.
---La ley de la oferta y la demanda se formuló hace tres siglos, y podremos hacerle trampas un tiempo con burbujas, pero al final, sIEMPRE se cumple.
---Recordemos que sin crecimiento las deudas nunca se podrán pagar.
---Hoy quien tiene un piso tiene un tesoro... atado al cuello en mitad de un cenagal de arenas movedizas
---Qué viene después de la zanahoria?..... el palo
---Con el pisito queda demostrado que en este país, si los tontos volaran,..... taparian el sol y siempre seria de noche
Estas publicaciones solo van bien a qien las publica, o sea, a la prensa porke llevo con un desahucio denunciado desde mayo y aún sigo en espera de que la INjusticia se pronuncie al respecto y de esto tambien hubo anteriores propuestas dictadas por el DES-gobierno en las que se anunciaba desahucio en un plazo máximo de 30 dias pero, ¿El gobierno sanciona a los jueces o solo son estos los que sancionan a los propietarios manteniendo gratis a los ocupas en las viviendas?
Me parece estupendo que por fin un gobierno, ayude a los propietarios de pisos , que a veces solo tienen el ingreso del alquiler para vivir. Y que a veces son victimas de golfos morosos que generan ruina por no pagar su alquiler como dios manda, y a los demagogos de izquierda unida les digo que ellos compren pisos para dejarselo gratis a los pobres y creen comedores sociales sin tanto se preocupan por la clase trabajadora???
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