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El consejo de ministros aprueba los cambios en el alquiler de vivienda

El consejo de ministros ha aprobado el proyecto de ley que modificará los alquileres de viviendas, Cuyo anteproyecto presentó en mayo. Entre los puntos a destacar se encuentra el plazo que tiene el inquilino moroso de 10 días para pagar la deuda y que la falta de pago podrá dar lugar a la resolución del contrato sin más exigencia que el requerimiento notarial o judicial, sin necesidad de llegar a tener una sentencia. El gobierno busca reducir el proceso de desahucio y evitar "la picaresca en los contratos de alquiler"

La ministra de fomento, Ana pastor, ha señalado que con la normativa actual el propietario se ve obligado a acudir a la vía jurisdiccional y obtener una sentencia declarativa para que el impago de la renta pudiese dar lugar a un desahucio. Recordemos que en diciembre de 2009 entró en vigor en España el conocido “desahucio exprés”, una norma que iba a permitir “echar” al moroso de manera más rápida de lo que venía ocurriendo. Y en noviembre del año pasado entró en vigor la ley de medidas de agilización procesal que iba a permitir a los propietarios conseguir que le pagara la deuda en 10 días, gracias al proceso monitorio (un juicio rápido y sencillo). Sin embargo, ambas leyes apenas han tenido los efectos esperados. Los expertos se quejan de que el gran problema es que los juzgados están atorados y necesitan más medios económicos y más recursos humanos

Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, opina que “llevamos décadas con un mercado de alquiler raquítico y muy alejado de los parámetros europeos. La aprobación de nuevas medidas en los contratos de alquiler puede ayudar a mejorar la situación actual aumentando la oferta y ajustando precios. Y no solo es beneficioso para el mercado inmobiliario: un alquiler más fuerte, robusto y grande beneficia a la economía, permite mayor movilidad laboral que aumenta el empleo y facilita la emancipación de los jóvenes españoles de casa de sus padres. Son buenas noticias "

¿Cómo funcionará la nueva ley del mercado de alquiler?

Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días desde que el arrendador acude al juzgado a poner la denuncia para que el arrendatario pague su deuda, "y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites". Asimismo, la finalización del proceso será mediante auto del juez, en lugar del decreto del secretario judicial que se empleaba hasta ahora

Además, con la presencia de un solo funcionario de juzgado se podrá llevar a cabo la resolución a favor del propietario que sufre la morosidad del arrendatario

Otros aspectos importantes de la nueva ley que se apobará en el consejo de ministros son los siguientes:

- Duración de los contratos

A partir de ahora, el inquilino que desee abandonar una vivienda antes del fin de contrato, podrá hacerlo libremente con un preaviso de sólo un mes. Hasta ahora, por ley, estaba obligado a respetar el periodo firmado. Por su parte, el casero podrá recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge con un preaviso al inquilino de dos meses

Se reduce de cinco a tres años la denominada "prórroga forzosa", aquella que permite que el inquilino prorrogue, sea cual fuera el tiempo de duración del contrato, la duración del mismo. También se reduce de tres a un año la denominada "prórroga tácita automática", aquella que permite, después de transcurrido el tiempo pactado en el contrato y la prórroga forzosa, que el inquilino siga en el piso si las partes no señalan lo contrario al respecto

- Actualización de las rentas

Hasta ahora, la renta mensual a pagar por un contrato de alquiler pactada al inicio del mismo, se actualizaba anualmente de acuerdo al índice de precios al consumo (ipc) publicado por el ine. A partir de ahora, casero e inquilino podrán pactar la actualización de la renta

- Compra de viviendas alquiladas

Quien compre una vivienda con un contrato de alquiler vigente no estará obligado a mantener al inquilino si el contrato de arrendamiento no está inscrito en el registro

- Reformas en la vivienda

Se podrá pactar que las mejoraso reformas que realice el inquilino se apliquen al pago de la renta

- Medidas fiscales

En el Impuesto de Sociedades se flexibilizan los criterios que permiten aplicar una deducción del 85 por 100 sobre las rentas de los alquileres: las sociedades deberán tener un mínimo de ocho viviendas (antes diez) y deberán permanecer arrendadas durante tres años (antes siete)

Se mejora el régimen jurídico y fiscal de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI):

-Los inmuebles en arrendamiento deberán mantenerse durante tres años (antes siete)

-No será necesario un número mínimo de viviendas (antes tres

-El capital social mínimo será de cinco millones de euros (antes quince)

-Los beneficios distribuibles serán el 80 por 100 de los obtenidos (antes el 90 por 100)

-Se suprimen los requisitos del número mínimo de accionistas (antes cien), capital mínimo en circulación (antes 25 por 100) y financiación ajena (antes inferior al 70 por 100 del activo)

-Se podrá cotizar en mercados regulados o sistemas multilaterales de cotización

- Se modifica el régimen fiscal de las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) para flexibilizar sus requisitos y potenciar su actividad. El gobierno ha modificado el régimen fiscal de las socimi para que éstas no paguen impuestos, ya que su nuevo régimen fiscal será cero. No obstante, sí tendrán que tributar los accionistas que reciban beneficios de las socimis. Las socimi son sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario, similares a los conocidos reits. Sin embargo, hasta ahora las socimi eran menos atractivas ya que tenían una tributación del 18% mientras que los reits están exentos del pago de impuestos

 

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159 Comentarios:

24 Agosto 2012, 21:45

No pretendas vivir como una cigarra y tener el almacen de una hormiga....es que hay gente pa to
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Imaginate que entramos en guerra con la otan por la posible guerra de Irán,y como pusieron misiles nucleares en rota los usa como escudo, si China y Rusia defienden como hasta ahora a Irán
Pregunta hacia donde de España van a ir los misiles rusos ?
Y dime despues si emigrando a Francia aún te libras de la contaminacion atómica?

Tener casa no te salva de nada, es más prefiero estar libre de equipaje y elegir donde, cambiandome cuando, y no tragar siempre al vecindario por condena

24 Agosto 2012, 21:51

Los alquileres sólo se verán incentivados cuando un alquiler por un piso de 3 habitaciones en una capital sea de 250 € de media. O menos. Y a partir de ahi, a contar

Señores propietarios, si quieren que los pisos se alquilen bajen los precios.

25 Agosto 2012, 6:11

In reply to by biriato de Lusitania (not verified)

Los alquileres sólo se verán incentivados cuando un alquiler por un piso de 3 habitaciones en una capital sea de 250 € de media. O menos. Y a partir de ahi, a contar
...............
A mi en Lugo ciudad me ofrecen 300€ por alquilar un piso vacío que tengo de 2 hb, 1bñ, si veo que se cumple lo de los 10 días pensaré en alquilarlo en 2013

25 Agosto 2012, 7:09

In reply to by lucense (not verified)

Los alquileres sólo se verán incentivados cuando un alquiler por un piso de 3 habitaciones en una capital sea de 250 € de media. O menos. Y a partir de ahi, a contar
...............
A mi en Lugo ciudad me ofrecen 300€ por alquilar un piso vacío que tengo de 2 hb, 1bñ, si veo que se cumple lo de los 10 días pensaré en alquilarlo en 2013
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Ándate con ojo gallego, que no tengas el piso vacío me alegra, pero que el deshaucio en diez días no se lo cree ni el gobierno.
1.- como han dicho x aquí, si pasa por el juez que cargado de denuncias estará no creo que sean 10 días
2.- la fianza serán dos meses x 300€ = 600€, puede que lo que te "destrozen" supere los 1000€
3.- haber a quien alquilas que a mi casero anterior le dejaron las llaves sin pagar varios meses y se fueron del país(según él dice).
Suerte por la iniciativa pero repito asesórate bien y busca experiencias de otros caseros.
¡Sé noble!

25 Agosto 2012, 7:15

In reply to by alquilar hasta… (not verified)

Los alquileres sólo se verán incentivados cuando un alquiler por un piso de 3 habitaciones en una capital sea de 250 € de media. O menos. Y a partir de ahi, a contar
...............
A mi en Lugo ciudad me ofrecen 300€ por alquilar un piso vacío que tengo de 2 hb, 1bñ, si veo que se cumple lo de los 10 días pensaré en alquilarlo en 2013
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Ándate con ojo gallego, que no tengas el piso vacío me alegra, pero que el deshaucio en diez días no se lo cree ni el gobierno.
1.- como han dicho x aquí, si pasa por el juez que cargado de denuncias estará no creo que sean 10 días
2.- la fianza serán dos meses x 300€ = 600€, puede que lo que te "destrozen" supere los 1000€
3.- haber a quien alquilas que a mi casero anterior le dejaron las llaves sin pagar varios meses y se fueron del país(según él dice).
Suerte por la iniciativa pero repito asesórate bien y busca experiencias de otros caseros.
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Antes que salten los wikipedi@s ya sé que se dice "a ver" en lugar de "haber", pequeño cacao mental a la hora de expresarme.
Saludos, me largo a currar!!!!!!!!!!!!!!!!

25 Agosto 2012, 8:37

In reply to by alquilar hasta… (not verified)

#92 Pero que Manía que tienen algunos con el "destrozao"!!! Un dicho popular dice que cree el ladrón que todos son de su condición...será eso... (por supuesto no lo digo por usted, es en general).
Llevo años viviendo en pisos alquilados, en mi caso siempre compartidos porque por desgracia no puedo permitirme uno sólo para mi (por aquello de los precios indecentes, ya saben....), el caso es que tanto mis compañeros de piso como yo hemos dejado el piso siempre en perfectas condiciones, unos más cuidadosos que otros, eso sí, pero el piso siempre ha sido devuelto en el mismo estado en el que estaba y sin deber nunca un duro a nadie. Conozco a muchísima gente que vive de alquiler, mis propios padres vivieron de alquiler durante gran parte de su vida, y nunca nunca he conocido a nadie personalmente que haya devuelto un piso en mal estado. ¿Que los hay? Pues claro que los habrá, por desgracia hay gente mala en esta vida, pero no creo que para nada sea esa la tónica habitual. Y puestos a pedir garantías, ¿Qué pasa, que el inquilino no se arriesga metiéndose en la casa de un desconocido que podría resultar un psicópata? ¿O un caradura que luego no se hiciera cargo de sus responsabilidades como propietario? Como digo, llevo muchos años viviendo en pisos de alquiler y me he encontrado auténticas vergüenzas de pisos en condiciones infrahumanas, inhabitables para una persona, y así es como los ofrecen muchos propietarios, que eso no se dice porque no interesa pero es una realidad, sobre todo en las grandes ciudades, muebles poco menos que recogidos en los escombros, puertas que no se cierran, ventanas con 50 años por las que se filtra todo el frio, persianas rotas, suelos y paredes que dan asco de ver, cocinas sin chimenea ni extractor de humo, colchones viejos por los que ha pasado vete tu a saber cuanta gente, cosa totalmente antihigiénica y mala para la salud y el descanso de uno....en fin, que ojito con el estado de muuuuchos pisos de alquiler. Pero eso sí, la culpa es toda del inquilino.....de verdad que porque no sé donde se puede denunciar eso, si es que se puede, pero ciertos pisos deberían recibir una inspección para ver si cumplen unos mínimos de habitabilidad, que somos personas y no perros!

24 Agosto 2012, 22:07

No creo que lo que mueve a las entidades a dejar sus activos malos en un banco "ad hoc" sea un afan especulativo, sino algo así como barrer bajo la alfombra la porquería que tienen para "que parezca" que sus balances están saneados. De esa manera evitan tener que confesar una realidad financiera que les colocaría al borde de la liquidación.

24 Agosto 2012, 22:15

Creo que con el tema de alquileres se ha olvidado una realidad muy grande el importe.....hace años el importe de un alquiler se podía pagar con un sueldo normal......hoy es imposible. No hay ninguna intención de bajarlos....este precio era para épocas gloriosas que no volverán....y se tendran que ir equiparando a esta realidad presente,,,,,,,

24 Agosto 2012, 23:50

Yo creo que en este caso la medida esta bien orientada o incluso muy bien. [A falta de saber detalles quiero pensar que esta vez no han hecho otra reformita sino algo sustancial.]

La seguridad jurídica para los propietarios - físicos o jurídicos - de inmuebles sólo redunda en más mercado de alquiler. Estimula que muchos propietarios que ahora se retraen saquen al mercado sus inmuebles y permite que quienes ya lo están puedan bajar los precios por varios motivos.-
Más competencia en la mayoría de los segmentos.
Más seguridad que hace innecesario "autoasegurar" vía precio frenta a contigencias.
No hace falta tener precios disuasorios.

Las medidas del gobierno pues ayudaran a crear un mercado de alquiler favoreciendo de varios modos a los inquilinos.-precios más bajos.
Más existencias disponibles donde elegir siendo más fácil encontrar lo que de verdad uno necesita y se puede permitir.

Y todo ello a su vez nos favorece a todos pues ayuda a.-
Crear empleo directamente. De hecho puede producir una industria del alquiler como hay en otros países.
Facilita la movilidad geográfica. Impacto en el mercado laboral, contribución indirecta a crear empleo.

25 Agosto 2012, 0:07

Si algún gobierno de antes hubiera sido capaz de garantizar al propietario de una vivienda que el inquilino cumpliera sus tres principales obligaciones, como son:

- No estropear la vivienda ni sus enseres.
- No molestar a los vecinos.
- No retrasarse en el pago de las rentas.

Entonces los pisos que cuestan ahora 1000 euros valdrían 700, y los que cuestan 500, valdrían 350.

La mitad de los posibles arrendadores prefieren tienen la vivienda vacía antes que alquilarla y eso encarece los precios.

Esta es la frase que repiten los propietarios "no me sobra el dinero, pero prefiero tener el piso, vació hasta que lo necesite uno de mis hijos, antes que alquilarlo y que me compliquen la vida".

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