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El consejo de ministros aprueba los cambios en el alquiler de vivienda

El consejo de ministros ha aprobado el proyecto de ley que modificará los alquileres de viviendas, Cuyo anteproyecto presentó en mayo. Entre los puntos a destacar se encuentra el plazo que tiene el inquilino moroso de 10 días para pagar la deuda y que la falta de pago podrá dar lugar a la resolución del contrato sin más exigencia que el requerimiento notarial o judicial, sin necesidad de llegar a tener una sentencia. El gobierno busca reducir el proceso de desahucio y evitar "la picaresca en los contratos de alquiler"

La ministra de fomento, Ana pastor, ha señalado que con la normativa actual el propietario se ve obligado a acudir a la vía jurisdiccional y obtener una sentencia declarativa para que el impago de la renta pudiese dar lugar a un desahucio. Recordemos que en diciembre de 2009 entró en vigor en España el conocido “desahucio exprés”, una norma que iba a permitir “echar” al moroso de manera más rápida de lo que venía ocurriendo. Y en noviembre del año pasado entró en vigor la ley de medidas de agilización procesal que iba a permitir a los propietarios conseguir que le pagara la deuda en 10 días, gracias al proceso monitorio (un juicio rápido y sencillo). Sin embargo, ambas leyes apenas han tenido los efectos esperados. Los expertos se quejan de que el gran problema es que los juzgados están atorados y necesitan más medios económicos y más recursos humanos

Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, opina que “llevamos décadas con un mercado de alquiler raquítico y muy alejado de los parámetros europeos. La aprobación de nuevas medidas en los contratos de alquiler puede ayudar a mejorar la situación actual aumentando la oferta y ajustando precios. Y no solo es beneficioso para el mercado inmobiliario: un alquiler más fuerte, robusto y grande beneficia a la economía, permite mayor movilidad laboral que aumenta el empleo y facilita la emancipación de los jóvenes españoles de casa de sus padres. Son buenas noticias "

¿Cómo funcionará la nueva ley del mercado de alquiler?

Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días desde que el arrendador acude al juzgado a poner la denuncia para que el arrendatario pague su deuda, "y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites". Asimismo, la finalización del proceso será mediante auto del juez, en lugar del decreto del secretario judicial que se empleaba hasta ahora

Además, con la presencia de un solo funcionario de juzgado se podrá llevar a cabo la resolución a favor del propietario que sufre la morosidad del arrendatario

Otros aspectos importantes de la nueva ley que se apobará en el consejo de ministros son los siguientes:

- Duración de los contratos

A partir de ahora, el inquilino que desee abandonar una vivienda antes del fin de contrato, podrá hacerlo libremente con un preaviso de sólo un mes. Hasta ahora, por ley, estaba obligado a respetar el periodo firmado. Por su parte, el casero podrá recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge con un preaviso al inquilino de dos meses

Se reduce de cinco a tres años la denominada "prórroga forzosa", aquella que permite que el inquilino prorrogue, sea cual fuera el tiempo de duración del contrato, la duración del mismo. También se reduce de tres a un año la denominada "prórroga tácita automática", aquella que permite, después de transcurrido el tiempo pactado en el contrato y la prórroga forzosa, que el inquilino siga en el piso si las partes no señalan lo contrario al respecto

- Actualización de las rentas

Hasta ahora, la renta mensual a pagar por un contrato de alquiler pactada al inicio del mismo, se actualizaba anualmente de acuerdo al índice de precios al consumo (ipc) publicado por el ine. A partir de ahora, casero e inquilino podrán pactar la actualización de la renta

- Compra de viviendas alquiladas

Quien compre una vivienda con un contrato de alquiler vigente no estará obligado a mantener al inquilino si el contrato de arrendamiento no está inscrito en el registro

- Reformas en la vivienda

Se podrá pactar que las mejoraso reformas que realice el inquilino se apliquen al pago de la renta

- Medidas fiscales

En el Impuesto de Sociedades se flexibilizan los criterios que permiten aplicar una deducción del 85 por 100 sobre las rentas de los alquileres: las sociedades deberán tener un mínimo de ocho viviendas (antes diez) y deberán permanecer arrendadas durante tres años (antes siete)

Se mejora el régimen jurídico y fiscal de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI):

-Los inmuebles en arrendamiento deberán mantenerse durante tres años (antes siete)

-No será necesario un número mínimo de viviendas (antes tres

-El capital social mínimo será de cinco millones de euros (antes quince)

-Los beneficios distribuibles serán el 80 por 100 de los obtenidos (antes el 90 por 100)

-Se suprimen los requisitos del número mínimo de accionistas (antes cien), capital mínimo en circulación (antes 25 por 100) y financiación ajena (antes inferior al 70 por 100 del activo)

-Se podrá cotizar en mercados regulados o sistemas multilaterales de cotización

- Se modifica el régimen fiscal de las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) para flexibilizar sus requisitos y potenciar su actividad. El gobierno ha modificado el régimen fiscal de las socimi para que éstas no paguen impuestos, ya que su nuevo régimen fiscal será cero. No obstante, sí tendrán que tributar los accionistas que reciban beneficios de las socimis. Las socimi son sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario, similares a los conocidos reits. Sin embargo, hasta ahora las socimi eran menos atractivas ya que tenían una tributación del 18% mientras que los reits están exentos del pago de impuestos

 

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159 Comentarios:

28 Agosto 2012, 12:57

Hola a todos los participantes de este foro, tengo una pequeña gran duda, leyendo esta noticia no consigo aclararme si me veo afectado o no, mi caso es el siguiente, estoy arrendado en un local comercial ( un bar ) y el año que viene me vence el contrato y mi pregunta es la siguiente, esta Ley es para todo tipo de arrendamientos urbanos entre particulares ( en este caso un local comercial )o solo para pisos?? y si es así puedo prorrogar el contrato por tres años según esa parte de la ley mencionada en el artículo???
Muchas gracias por anticipado

28 Agosto 2012, 12:57

Me gustaría que alguien me asesorase. Estoy a punto de alquilar un piso para el mes de septiembre. Si firmo ahora el contrato de alquiler estaré bajo la nueva normativa o seguiré sujeta a la ley vigente? Si alguien sabe la respuesta por favor respondan. Gracias

28 Agosto 2012, 13:57

Todo lo relacionado con contratos igue actualmente igual
Quizá para diciembre salga la nueva normativa a aplicar a nuevos contratos

Lo unico que esta cambiando ahora, es que la gente ya se esta enterando de la verdadera situacion española
Y se empiezan a ver peleas por rebajar y quedarse con cualquier inquilino confiable

29 Agosto 2012, 15:19

Pero a quien va afectar esta medida si en este país es todo en negro.

Cuantos pisos hay alquilados sin contratos?

29 Agosto 2012, 20:44

Estoy de alquiler en una casa que lleva constuida mas de 50 años, cuando me la alquilaron me dijeron que el agua y la luz la pagaba el propietario, despues de 2 años en ella me dice que quiere que le empiese a pagar el agua y la luz, resulta que los contadores de agua y luz son compartidos entre dos viviendas la mia y otra que tiene alquilada, mi sorpresa es que cuando llevo un mes viviendo en la casa me pongo a buscar las palancas ,por si susede algo ,y la llamo y me dice que está en la otra vivienda que tiene alquilada, por eso no queria cobrarme el agua ni la luz,,,el fregadero tiene perdidas los azulejos del baño cualquier dia se me caen en cima , la cocinilla que es mia no me cabe en el hueco donde va,,, todos los muebles son mio incluido lavadora nevera etc.... hasta la antena para ver televicion es mia, el otro inquilino todos los dias lavando el jodido coche en la calle ,cuando no trae a toda la familia a bañarse a esa casa , y yo que vivo sola a joderse,,,,,,,,,estoy arta. De tanta injusticia, mas vivienda para las personas y a renta mas baja......

29 Agosto 2012, 21:01

Y que me dicen de los inquilinos morosos de locales?qu e esta si es gorda, se van y te dejan deudas a miles ,ya que sino tienen nada a su nombre , te pasa media vida en los juzgados y en demandas , total para nada, por q los unicos q se benefician son los abogados, ellos s e van a sus paises y si t e he visto no me acuerdo..........alguien sabe algo mas d e como esta la cosa de los alquileres de locales?

30 Agosto 2012, 13:20

Una cosa que no entiendo de la nueva ley:

El casero podrá recuperar su casa si necesita el piso para su familia (con dos meses de aviso).

Esto valdrá desde el 1er día? es decir, si hoy me mudo al piso que alquilé, puedo tener que dejarlo en 2 meses? el casero podrá renunciar a este "beneficio" en el contrato?

He vivido en varios países, incluyendo algunos de esos en que la mayoría vive de alquiler, y en ninguno se da esta inseguridad al inquilino.......... pasamos del modelo más pro-inquilino del mundo, sin escalas al más pro-dueño del mundo??

30 Agosto 2012, 15:28

Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, opina que “llevamos décadas con un mercado de alquiler raquítico y muy alejado de los parámetros europeos. La aprobación de nuevas medidas en los contratos de alquiler puede ayudar a mejorar la situación actual aumentando la oferta y ajustando precios. Y no solo es beneficioso para el mercado inmobiliario: un alquiler más fuerte, robusto y grande beneficia a la economía, permite mayor movilidad laboral que aumenta el empleo y facilita la emancipación de los jóvenes españoles de casa de sus padres. Son buenas noticias "
Todo esto es un engaño, porque la economia no se hace "mas fuerte y mas robusta" con "dos sueldos " du un pobre alquiler"" esto es solo politica raquitica de aquellos que estan en Moncloa, y quieren vivir su espalda de nosotros!! asi como van de leyes, ya veremos como se vivra en la calle y quien tiene campo, vivra mejor!! el futuro nos reserva esto!!

3 Septiembre 2012, 9:49

Mi opinión es que deberian echar de casa a todos los que han votado a estos grandísimos criminales.

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