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Valencia podrá comprar hasta el 50% de una promoción privada para VPO
Valencia

La Conselleria de Vivienda de la Comunitat Valenciana cambia las reglas y marca un precedente en las políticas de vivienda pública en España. En el marco de la preparación del decreto que unificará las diferentes normativas existentes en cuanto a vivienda pública en la comunidad, se recogerá la posibilidad de que la Administración valenciana pueda comprar hasta el 50% de las viviendas de una promoción privada para destinarlas al alquiler.

Así consta en la normativa que ha sido debatida con el sector privado a través de una comisión negociadora para sacarla adelante. De hecho, los agentes privados llevaban años reclamando una revisión porque la legislación vigente, principalmente en materia de precios, hacía imposible promover este tipo de inmuebles.

El texto incluye la posibilidad de reserva de viviendas de promoción privada de protección pública por parte de la Generalitat para su posterior adquisición y puesta en alquiler. El objetivo de esta casuística es atender la emergencia habitacional, ampliar el parque público de viviendas y cumplir con las necesidades de carácter social en materia de vivienda.

En concreto, la Generalitat ostentará el derecho a pronunciarse sobre la reserva de hasta un 50% de una promoción privada destinada a la venta para su posterior compra. Sin embargo, solo podrá hacerlo en los desarrollos que se encuentren ubicados en municipios incluidos en una de las Áreas de Necesidad de Vivienda (ANHA), es decir, aquellas localidades en las que hay una oferta insuficiente para la demanda existente, así como en zonas en riesgo de despoblación.

La resolución se notificará "de manera expresa y fehaciente" al promotor y en ella se señalará el porcentaje y las viviendas sobre las que se ejercerá la reserva, así como el importe a satisfacer con indicación de la partida presupuestaria y las razones que justifican la futura compra. Ejercitada la reserva, será de aplicación la percepción de cantidades a cuenta como cualquier otro adquirente.

Una vez se obtenga la calificación definitiva de los inmuebles, se procederá a formalizar la adquisición mediante la escritura pública. La Generalitat podrá renunciar a la adquisición únicamente por causas justificadas de carácter presupuestario o debido a posibles modificaciones durante la tramitación de la calificación que supongan cambios que no permitan que los inmuebles sean adecuados para fines sociales.

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