
¿Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler? Es una de las principales dudas que surgen entre propietarios e inquilinos. En principio y como norma general, el arrendador es quien debe hacerse cargo del pago de aquellos arreglos necesarios para que la vivienda sea habitable (según la LAU). Pero suele haber desperfectos imputables al arrendatario. Un Juzgado de Pamplona ha condenado a dos inquilinos a abonar 4.433 euros al dueño de una vivienda por los costes de reparación y limpieza encaminados a dejar el inmueble en buen estado tras finalizar el contrato de alquiler.
En el caso resuelto por el Juzgado de primera instancia nº 5 de Pamplona, el arrendador reclama 4.527,97 euros por los costes de reparación y limpieza de su vivienda que llevaba alquilada desde 2015 a dos inquilinos que decidieron resolver el contrato en 2021. Además, también reclamaba la renta no abonada de un mes y las facturas de varios suministros impagados durante meses.
En el contrato de arrendamiento se contemplaban varias cláusulas que determinaban las perfectas condiciones de conservación y habitabilidad de la vivienda. Pero no se hizo un inventario detallado de los muebles de la vivienda, así como de su estado de conservación, antes de alquilar el piso. Los expertos recomiendan hacerlo porque así tanto el arrendador, como el propietario dispondrán de pruebas de cara a la resolución del problema.
Y la jueza señala en la sentencia que el estado con el que se devuelve la vivienda al propietario tras finalizar el contrato no corresponde con un uso habitual del inmueble con el transcurso del tiempo: hay daños en la cocina, mobiliario, baño, un especial estado de suciedad y falta de mantenimiento derivada de una falta de diligencia y del deber de cuidado del inmueble por parte de los inquilinos.
Este estado de la casa una vez entregada a su dueño no reflejaba el estado del inmueble antes del arrendamiento. Por eso, el juzgado estima la demanda del propietario. Y determina que los inquilinos deben indemnizar al arrendador con 4.433,773 euros más los intereses legales, cantidad que resulta de descontar de la cuantía reclamada por el propietario, 4.527,97 euros, las cuantías ya abonadas en concepto de agua del mes de noviembre del 2.018, 82,86 euros y el importe de basuras del segundo trimestre del año 2.021 que corresponde al actor, la cuantía de 11,337 euros.
¿Qué reparaciones de la vivienda debe pagar el inquilino?
Tal y como contempla la Ley de Arrendamientos Urbanos, aquellas reparaciones que se deban a desperfectos imputables al arrendatario es una de las excepciones en las que el inquilino debe hacer frente a las reparaciones de la vivienda, pero no la única. Otra es la que señala el artículo 21.4: “las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”, por ejemplo:
- Si un técnico revela que la avería se ha producido por un mal uso.
- Las reparaciones que afectan a cosas dentro de la casa, como una mesa o un sofá, podrían ser responsabilidad del inquilino, aunque depende de cómo se hayan producido los desperfectos.
- Un elemento con poco tiempo de antigüedad o nuevo es difícil que se rompa así porque así, por lo que podría deberse a un mal uso por parte del inquilino, que tendría que pagarlo si fuera el caso.
La presunción de culpa del arrendatario
Es muy común que al finalizar un contrato de alquiler exista conflicto entre el propietario y el inquilino sobre lo relativo al estado y deterioro de la vivienda y sus enseres. Según recoge el artículo 1563 del Código Civil, “el arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya”. Es decir, existe una presunción de culpa contra el inquilino, ya que, si quiere quedarse exonerado, deberá probar que no ha sido su responsabilidad aquello de lo que se le acusa.
Para evitar conflictos, lo mejor es hacer un inventario detallado -incluso con fotografías- de los muebles de la vivienda, así como de su estado de conservación, antes de alquilar el piso. De este modo, tanto el arrendador, como el propietario, dispondrán de pruebas de cara a la resolución del problema.
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