
La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024 ya está en marcha, y es fundamental conocer las deducciones a las que puede acogerse el contribuyente.
En este escenario, la Agencia Tributaria contempla una serie de beneficios fiscales para quienes tienen hijos y cumplen ciertos requisitos, siendo el mínimo por descendientes uno de los más relevantes. ¿Cuánto desgrava un hijo en la declaración de la Renta y cómo incluirlos? Resolvemos las dudas.
El mínimo por descendientes, ¿en qué consiste?
Este beneficio fiscal permite reducir la base imponible del contribuyente en función del número de descendientes a su cargo. Para poder aplicarlo, generalmente, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- El descendiente debe convivir con el contribuyente y depender económicamente de él.
- Debe ser menor de 25 años a fecha de 31 de diciembre de 2024. Si reside fuera del domicilio familiar por motivos de estudios, la convivencia se entiende mantenida si persiste la dependencia económica.
- El descendiente no puede haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales (excepto las exentas), ni haber presentado declaración individual del IRPF con ingresos superiores a 1.800 euros, salvo en caso de tributación conjunta con los padres.
- También es posible aplicar este mínimo a descendientes mayores de 25 años con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Los descendientes pueden ser hijos, nietos, bisnietos o personas con tutela, acogimiento o guarda y custodia judicial.
En casos de separación o divorcio, el derecho a aplicar este mínimo corresponde al progenitor con la guarda y custodia del menor. Si esta es compartida, el importe se prorratea entre ambos progenitores, independientemente de quién declare al menor, salvo si este ha percibido rentas superiores a 1.800 euros.
¿Cuánto desgrava un hijo en la Renta?
Con carácter general, los importes del mínimo por descendientes son los siguientes:
- 2.400 euros anuales por el primer descendiente
- 2.700 euros por el segundo
- 4.000 euros por el tercero
- 4.500 euros por el cuarto y siguientes
Además, si el descendiente tiene menos de tres años, el importe se incrementa en 2.800 euros.
Deducción en el IRPF por hijos a cargo en las CCAA
Algunas comunidades autónomas han establecido importes incrementados respecto al mínimo estatal. A continuación, se detallan los importes aplicables en términos anuales en algunas CCAA:
Comunidad Autónoma | Mínimo por descendientes |
Andalucía | Primer hijo 2.510 euros |
Segundo hijo 2.820 euros | |
Tercer hijo 4.170 euros | |
Cuarto y siguientes 4.700 euros | |
Incremento de 2.920 euros por menores de tres años | |
Baleares | Segundo hijo 2.970 euros |
Tercer hijo 4.400 euros | |
Cuarto y siguientes 4.950 euros | |
Canarias | Primer hijo 2.424 euros |
Segundo hijo 2.727 euros | |
Tercer hijo 4.040 euros | |
Cuarto y siguientes 4.545 euros | |
Menores de tres años 2.828 euros | |
Galicia | Primer hijo 2.503 euros |
Segundo hijo 2.816 euros | |
Tercer hijo 4.172 euros | |
Cuarto y siguientes 4.694 euros | |
Menores de tres años 2.920 euros | |
Comunidad de Madrid | Primer hijo 2.575,85 euros |
Segundo hijo 2.897,83 euros | |
Tercer hijo 4.400 euros | |
Cuarto y siguientes 4.950 euros | |
Menores de tres años 3.005,16 euros | |
Comunidad Valenciana | Primer hijo 2.640 euros |
Segundo hijo 2.970 euros | |
Tercer hijo 4.400 euros | |
Cuarto y siguientes 4.950 euros | |
Menores de tres años 3.080 euros | |
Castilla y León | Primer hijo 2.400 euros |
Segundo hijo 2.700 euros | |
Tercer hijo 4.000 euros | |
Cuarto y siguientes 4.500 euros | |
Menores de 3 años 2.800 euros |
¿Cómo incluir a los hijos en la declaración de la Renta?
Para añadir a los hijos en la declaración de la Renta deberás completar la información en las casillas que van desde la 075 a la 082. Ahí se recogen los datos sobre hijos y descendientes menores de 25 años, como el nombre, NIF, fecha de nacimiento o grado de discapacidad, entre otras cuestiones.
En este vídeo de la Agencia Tributaria podrás ver cómo se realiza en la declaración online.
Otras deducciones en el IRPF por hijos
Las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por hijo, siempre que tengan derecho al mínimo por descendientes. Esta deducción es compatible con el desempeño laboral o la percepción de prestaciones contributivas o asistenciales por desempleo.
Por otro lado, si durante 2024 se han abonado gastos de custodia en guarderías o centros infantiles autorizados, la deducción puede incrementarse en hasta 1.000 euros adicionales por hijo. Esta deducción no es compatible con el complemento de ayuda para la infancia del Ingreso Mínimo Vital, ni con su abono anticipado a través del modelo 140.
Cabe recordar que algunos beneficios como los cheques guardería o seguros de salud para los hijos están exentos de tributación en el IRPF.
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