El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha acordado con Airbnb la identificación y retirada de los anuncios de pisos turísticos que no cuenten con el código de registro legal que entró en vigor el pasado 1 de julio para todos los alquileres de corta duración, incluyendo el turístico, el temporal y el de habitaciones.
En un encuentro celebrado este 15 de julio en sede ministerial, la compañía se ha comprometido desde agosto a remitir de forma mensual información sobre los anuncios que se publicitan en su plataforma, a fin de facilitar el cumplimiento de la normativa estatal. Los datos incluyen los números de registro estatal y autonómicos correspondientes, según el tipo de oferta que se anuncie por los anfitriones
Tal y como han resuelto, Airbnb retirará aquellos anuncios que presenten irregularidades en el registro nacional. En estos casos, la plataforma notificará previamente a los anfitriones, ofreciéndoles un plazo para subsanar los defectos antes de proceder a la retirada definitiva, salvo si se deriva de una revocación de número de registro estatal, en cuyo caso se producirá en 48 horas desde la notificación del Ministerio.
El registro único de arrendamientos de alquileres turísticos y de temporada, fruto del Real Decreto 1312/2024 por el que se crea la ventanilla única digital, implantó su obligado cumplimiento desde el pasado 1 de julio, tras seis meses desde su entrada en vigor a principios de año.
Esta normativa es consecuencia del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que es directamente aplicable en los Estados Miembros, estableciendo un sistema de regulación de los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración.
España ha sido el primer país de la Unión Europea en trasponer esta normativa europea, cuyo objetivo es acabar con el fraude en los alquileres turísticos o de temporada que colisiona con el derecho a una vivienda digna de parte de la ciudadanía.
Revocaciones de las solicitudes
Los Registradores de la Propiedad habían recibido en la primera semana más de 260.000 solicitudes por parte de propietarios interesados en obtener este identificador, obligatorio para poder publicitar una vivienda en plataformas online, y creen que ya se ha producido el mayor boom de peticiones ante el inicio de la campaña estival. En cuanto a los motivos más habituales para denegar este código están no contar con licencia turística y con la aprobación de la comunidad de propietarios, o intentar destinar una vivienda protegida a un alquiler de corta estancia.
A corto plazo, los registradores esperan que las viviendas turísticas sigan acaparando las solicitudes del registro único de alquileres de corta duración y que el volumen de identificadores definitivos en este caso se acerque a las estimaciones que hace el INE sobre el número de viviendas turísticas que hay actualmente en todo el país; y que se situaba en 381.837 unidades en mayo, la segunda cifra más alta de la serie que arrancó en 2020.
No obstante, de cara a finales de agosto pronostican un aumento del peso de las peticiones de propietarios que quieren destinar su vivienda al alquiler de temporada y de habitaciones, con la llegada del nuevo curso escolar y el fin del periodo vacacional.
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