Más de 50 entidades financieras se han adherido ya al acuerdo hipotecario pactado entre el sector y el Gobierno para los deudores hipotecarios vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad, según la resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa que se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La lista actual contempla 54 entidades que, tras suscribir el pacto, ya están obligadas a cumplir las medidas de alivio. En concreto, se trata de Abanca, Arquia Bank, BBVA, Banco Caminos, Banco de Crédito Social Cooperativo, Banco Sabadell, Banco Santander, Bancofar, Bankinter, CaixaBank, Caja de Crédito de los Ingenieros, Caixa Popular-Caixa Rural, Caixa Rural de Callosa d'en Sarriá, Caixa Rural de L'Alcudia, Caixa Rural de Turís, Caixa Rural Galega, Caixa Rural San Vicente Ferrer de la Vall d'Uixó, Caixa Rural Torrent y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent.
También se han sumado Caja de Crédito de Petrel, Caja Laboral Popular, Caja Rural Católico-Agraria, Caja Rural Central, Globalcaja, las cajas rurales de Albal, Alginet, Altea, Asturias, Cheste, Granada, Guissona, Navarra, Villar, del Sur, La Junquera de Chilches, San Isidro de Vilafamés, San Jaime de Alquerías del Niño Perdido, San José de Burriana, San José de Nules, San Roque de Almenara y San Josep de Vilavella.
Igualmente, los códigos los han suscrito Cajamar, Cajasur Banco, Colonya-Caixa D'estalvis de Pollensa, Deutsche Bank, Eurocaja Rural, Evo Banco, Ibercaja Banco, ING, KutxaBank, OpenBank, Targobank, Unicaja Banco y Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI).
El Gobierno calculó en su día que las medidas podrían beneficiar a un millón de hogares. Y, según afirma el Ministerio de Asuntos Económicos, "la adhesión de los principales bancos y cajas permitirá que queden cubiertas más del 97% de las hipotecas".
Las ayudas para hipotecados se aprobaron en 2022
La fuerte subida de las cuotas de las hipotecas variables ha llevado al Gobierno y a la banca a cerrar un acuerdo para aliviar la carga financiera de las familias con menos recursos. Tras semanas de negociaciones entre el Ejecutivo, las patronales bancarias (AEB, CECA y UNACC) y el Banco de España, el Consejo de Ministros aprobó las medidas el 22 de noviembre, a través de un Real Decreto-ley. Y el Pleno del Congreso de los Diputados lo convalidó el 15 de diciembre, con 289 votos a favor, ninguno en contra y 60 abstenciones.
Así, tras varias semanas de negociación entre el Ministerio de Asuntos Económicos y las patronales del sector financiero, se acordó la modificación el Real Decreto Ley 6/2012 para mejorar la protección de los deudores hipotecarios vulnerables.
En concreto, esta norma mejora el tratamiento de las familias vulnerables, abre un nuevo marco de actuación temporal para familias en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos y adopta mejoras para facilitar la amortización anticipada de los créditos y la conversión de las hipotecas a tipo fijo. En concreto, se eliminan las comisiones durante todo 2023.
Repasamos las principales medidas:
Ayudas para los hipotecados vulnerables
Se consideran como tales los hogares con rentas inferiores a 25.200 euros al año; es decir, con ingresos de hasta tres veces el IPREM. Y la segunda característica es que dediquen más de un 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca. El Gobierno calcula que hay unos 300.000 hogares que cumplen estos criterios.
Y hay dos supuestos con diferentes medidas.
- Si su esfuerzo hipotecario se ha incrementado más de un 50%, los hogares podrán reestructurar el préstamo hipotecario con una rebaja del tipo de interés durante el periodo de 5 años de carencia (hasta Euríbor -0,10%, desde el Euríbor +0,25 actual). Asimismo, se ampliará a dos años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario. También se establece un nuevo plazo de solicitud para alquiler en caso de ejecución de la vivienda habitual.
- Si su esfuerzo hipotecario se ha incrementado menos de un 50%, podrán optar a una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de hasta 7 años.
"Esta medida es necesaria para aquellas familias que, como consecuencia de la subida de tipos de interés, lleguen a niveles de esfuerzo hipotecario excesivos que les obliguen a reducir gastos de primera necesidad y pongan en peligro el pago de la hipoteca, puedan recibir un tratamiento adecuado", afirman desde el Ministerio económico.
A modo de ejemplo, la aplicación de estas medidas permitirá que "una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual de 524 euros tras la revisión de tipos de interés vea reducida su cuota durante el periodo de carencia de 5 años en más de un 50%, hasta los 246 euros", según el Ministerio.
Ayuda para hipotecados en riesgo de vulnerabilidad
Por otro lado, el paquete normativo abre el Código de Buen Gobierno para que se beneficien también de las medidas de ayuda los deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad.
En concreto, los hogares con renta inferior a 29.400 euros anuales (tres veces y media el IPREM) e hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022 que tengan una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido, al menos, un 20%.
Las entidades financieras deberán ofrecer a todos estos casos la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado también durante 12 meses y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.
Adhesión voluntaria, pero de obligado cumplimiento
El Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad ha sido de adhesión voluntaria por parte de las entidades, como ya lo fuera el código para deudores vulnerables. Sin embargo, las entidades estarán obligadas a cumplirlos una vez suscritos.
Para adherirse, el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se regulaba el nuevo código establecía un plazo máximo de cuatro semanas. Las posteriores variaciones se publicarán mensualmente en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y en el BOE, salvo que no hubiera modificación alguna.
Con carácter excepcional, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional podrá autorizar la apertura de nuevos períodos de adhesión para aquellas entidades que hubieran reconsiderado su decisión inicial, y, tras el cierre de los mismos, actualizará la información publicada en su página web.
Las entidades que inicien su actividad con posterioridad al plazo de cuatro semanas, podrán solicitar su adhesión en cualquier momento hasta la finalización de la vigencia del Código de Buenas Prácticas, establecida en dos años.
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