Una investigación judicial revela pagos de hasta 10.000 euros de bancos y fondos a las mafias para recuperar sus inmuebles en Barcelona
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Okupación ilegal
GTRES

Una investigación judicial ha puesto negro sobre blanco a una práctica muy común entre las mafias especializadas en okupar viviendas: exigir al propietario un pago si quiere recuperar sus inmuebles.

Según publica el diario El País, una investigación bautizada como 'caso Squatter', ha destapado que las mafias se han embolsado miles de euros de bancos y fondos de inversión por desalojar las viviendas que previamente habían okupado de forma ilegal.

Y hace referencia a un caso concreto entre un gran propietario y un grupo asentado en Barcelona, dirigido por unos colombianos y que fue desarticulado a finales del año pasado. Durante la pandemia, el grupo okupó decenas de viviendas situadas en la zona sur de la capital catalana. 

Los documentos muestran un pacto en un contrato bajo el concepto "ayuda al realojo", asociado a pagos de hasta 10.000 euros en algunos casos por recuperar la posesión de la vivienda. 

Hace unos meses, uno de los grandes caseros de España explicó a idealista/news que este 'modus operandi' es muy habitual. “Me preocupa que el nivel de incentivos de salida parece ya algo normal: pagar unos 3.000 euros para recuperar un inmueble, aunque en algunos casos incluso llega a 5.000 euros”, explicaba el alto directivo.

Pero, según los informes policiales a los que hace referencia el caso, los pagos suelen oscilar entre los 6.000 y 8.000 euros, con el compromiso de abandonar la vivienda en un futuro. No obstante, en muchas ocasiones dicho desembolso no sirve de garantía para evitar la entrada de nuevos inquilinos ilegales. De hecho, si el fondo o el banco no aplica medidas de seguridad, en muchos casos las mafias vuelven a okupar el inmueble para exigir un nuevo pago. 

La necesidad de reformas legislativas

Diferentes voces del mundo jurídico han abierto el debate en los últimos meses sobre la necesidad de modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) precisamente para luchar contra la ‘inquiokupación’.

Una de ellas es la de Matilde Cuena Casas, catedrática de Derecho Civil en la Universidad Complutense de Madrid y miembro del Instituto de Derecho Europeo e integración regional (IDEIR) de la Universidad Complutense, que recientemente ha propuesto a través del blog de la Fundación Hay Derecho, de la que es vicepresidenta, modificar el artículo 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), con el objetivo de agilizar el proceso de desahucio de los okupas en las viviendas.

En concreto, apuesta por modificar la libertad de forma del contrato de arrendamiento contemplada en el artículo 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) con el fin de que solo se puedan aceptar como válidos los contratos formales; es decir, un contrato celebrado por escrito sellado y depositado en el organismo competente de la comunidad autónoma en la que esté situado el inmueble.

Actualmente, explica Cuena Casas, “basta que los demandados aporten un falso contrato de arrendamiento, aunque sea claro que es un contrato simulado, para que el juez no pueda entrar en ese análisis para ordenar el desalojo. Lo importante es que “formalmente” sea un contrato de arrendamiento, que su apariencia sea correcta para que el juez ya no pueda ordenar el desalojo. En el juicio verbal se dilucidará si tal título es o no válido, pero eso ya tardará año y medio o dos años y ese es el objetivo del okupa, conseguir quedarse durante ese tiempo en el inmueble. Las mafias que controlan la okupación ilegal lo tienen muy fácil”.

A su petición se ha sumado también la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), que considera “muy acertada” la propuesta de modificar el artículo 37 de la LAU para acreditar la veracidad de los arrendamientos, y así evitar la simulación de contratos que actualmente presentan los okupas a los jueces para acreditar su posesión y aumentar los tiempos de desalojo.

Además, ANA propone un segundo cambio en el artículo 37 de la LAU para dar más herramientas a los jueces en este tipo de procedimientos: que los arrendadores, para poder inscribir los contratos de arrendamiento en los Registros, deban acreditar su condición, mediante la presentación de un título que les habilite para arrendar las viviendas. Por ejemplo, una escritura. 

Como resume José Ramón Zurdo, abogado especializado en arrendamientos y director general de la Agencia Negociadora del Alquiler, "la solución que proponemos es que uno de los requisitos que exigieran estos Registros a los que pretenden inscribir los arrendamientos es que también acreditaran su capacidad para poder arrendar las viviendas, ya sea porque los arrendadores fueran propietarios o titulares de derechos reales que les otorgaran capacidad para poder alquilar viviendas, por ejemplo, en las distintas modalidades de: usufructuarios, superficiarios, enfiteutas… En muchos casos se produce la circunstancia de que el título que legitima para disponer de la vivienda se encuentra en la misma vivienda ocupada y el legítimo titular de los derechos sobre esa vivienda no puede acceder a ella para presentarlo ante el juez. Con esta medida que proponemos, en los Registros de las CCAA ya estarían acreditados los títulos de propiedad o de uso, y por lo tanto a disposición de los jueces”.

Así, añade Zurdo, “conseguiríamos que cualquier contrato que le llegase a un juez para acreditar una posesión legal y pacífica de la vivienda que se pretende desocupar, debería estar obligatoriamente inscrito en un Registro público de arrendamientos. Por lo que, si no lo estuviera, el juez que conociera del asunto podría rápidamente presumir que dicho contrato es simulado y aplicar las medidas cautelarísimas que se le solicitaran para el desalojo de los Okupas, para que después siguiera el procedimiento planteado, pero ya con los okupas fuera de las viviendas”.

Pero la reforma legislativa necesaria para luchar contra la okupación va mucho más allá de la LAU.  El director general de la Agencia Negociadora del Alquiler también ve fundamental reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Penal, con el fin de que los procedimientos de desahucio se lleven a cabo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado sin esperar la autorización judicial.

También considera necesario reformar el Código Penal para que el delito más usual, que es el de usurpación de vivienda, no tenga una simple multa económica, sino que conlleve penas de prisión menor. Por último, afirma que la Fiscalía General del Estado debe unificar sus criterios e instrucciones para toda España, y aclare qué se entiende por un delito de usurpación de vivienda flagrante, y cuáles son los plazos que tienen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para echar a los inquilinos.

“La okupación ya está considerada como delito flagrante, lo que pasa es que no se ha aclarado el plazo. De lo que se trata es de que la policía pille a unos okupas en el momento de la usurpación y que no les haya dado tiempo a tomar posesión del inmueble, que no se hayan empadronado en la casa y que no estén pagando los suministros ni la comunidad. Por tanto, de lo que se trata es de que los ocupantes no acrediten la posesión de la vivienda. Eso es fundamental”, sentencia el abogado. 

En esa misma línea, la responsable de Asesoría Jurídica del Consejo General de los COAPI de España insiste en que “se ha demostrado que las leyes hasta ahora han sido insuficientes”, y critica “que Cataluña ha sido la autonomía pionera en aprobar normas con cierta tolerancia a la okupación y está trasladando a la sociedad un mensaje erróneo para amparar este fenómeno y legitimarlo. Lo que no puede ser es que los okupas encima encuentren protección, pero si los propios poderes públicos no se dan cuenta de ello, mal vamos”.

En su opinión, el auge de la okupación ilegal está produciendo una desviación de la verdadera lacra que arrastra España: “no hay vivienda suficiente para satisfacer la demanda de la población en general, no solo la vulnerable. No hay viviendas para atender las necesidades habitacionales que deben solucionar las Administraciones Públicas, y estas están trasladando el problema al sector privado”, puntualiza Montserrat Junyent.

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