Conoce cuáles son las deducciones en Andalucía que puedes aplicar en tu declaración del IRPF 2022-2023 y qué puedes desgravar
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Deducciones autonómicas de Andalucía
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La campaña de la Renta 2022-2023 ya se encuentra en marcha y, además de conocer los detalles para cumplimentar tu declaración del IRPF de forma correcta, es importante que tomes nota de todas las deducciones y ayudas a las que puedes acceder. Las hay de carácter estatal, pero otras dependen de cada comunidad autónoma. Si tributas en Andalucía, te traemos un listado completo con todas las deducciones autonómicas que se aplican en esta comunidad para que no pierdas ninguna oportunidad de ahorro. 

Deducción de vivienda habitual en Andalucía

Estas son las deducciones de vivienda habitual en Andalucía en 2022

Deducción por inversión en vivienda habitual protegida y por jóvenes

Existe una reducción consistente en el 5% de las cantidades satisfechas en adquisición o rehabilitación de vivienda que tenga la calificación de habitual, siempre que tengas una edad máxima de 35 años, que sea protegida y que la suma de las bases imponibles general y de ahorro no supere los 25.000 euros anuales en tributación individual o 30.000 euros anuales en tributación conjunta. La base máxima es de 9.040 euros.

Deducción por cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual

Existe una deducción por alquiler en Andalucía del 15% de las cantidades invertidas en el pago de alquiler, con un límite de 600 euros, que se aplica a distintas categorías: menores de 35 años, mayores de 65 y víctimas del terrorismo o de violencia doméstica. Esta ayuda pasa a ser de 900 euros en el caso de personas con discapacidad.

El límite a la suma de las bases imponibles general y del ahorro es de 25.000 euros anuales en tributación individual y de 30.000 euros anuales en tributación conjunta.

Deducciones autonómicas en Andalucía por circunstancias personales y familiares

Las deducciones autonómicas en Andalucía por circunstancias personales y familiares engloban aspectos como la crianza o el número de individuos que forman una familia:

Deducción por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores

Se trata de una deducción que asciende a 200 euros por hijo nacido, adoptado o acogido. Esta suma se incrementa hasta los 400 euros en caso de vivir en un municipio con problemas de despoblamiento. Además, recibirás otros 200 euros por hijo si el nacimiento, adopción o acogida es múltiple. 

Opera un límite correspondiente a la suma de las bases imponibles general y del ahorro de 25.000 euros anuales en tributación individual y de 30.000 euros anuales en tributación conjunta.

Deducción por adopción de hijos internacionales

Se trata de una deducción incompatible con la anterior y asciende a 600 euros por cada hijo adoptado durante el pasado ejercicio 2022.

También en este caso existe un límite: la suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar los 80.000 euros en tributación individual o los 100.000 euros anuales en tributación conjunta.

Deducción por padre o madre de familia monoparental y con ascendientes mayores de 75 años

Esta deducción asciende a 100 euros y se concede a padres o madres monoparentales, siempre que los hijos sean menores de edad y convivan con el contribuyente. Esta cuantía puede incrementarse en 100 euros si en la unidad de convivencia hay ascendientes mayores de 75 años.

En este caso, el límite a la suma de las bases imponibles general y del ahorro es de 80.000 euros anuales en tributación individual y de 100.000 euros anuales en caso de tributación conjunta.

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Deducción para familia numerosa

En el caso de la deducción por familia numerosa en Andalucía, incompatible con la deducción por nacimientos o adopciones, te corresponderán 200 euros o 400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial.

El límite que opera en este caso es de 25.000 euros anuales en tributación individual y de 30.000 euros anuales en tributación conjunta.

Deducción para contribuyentes con discapacidad

La deducción es de 150 euros y se aplica a personas con discapacidad de un grado de al menos el 33%.

Para recibirla no puedes superar el umbral de los 25.000 euros anuales en tributación individual y los 30.000 euros anuales en tributación conjunta. 

Deducción para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad

Se trata, en este caso, de una deducción en el IRPF en Andalucía de 100 euros diseñada para contribuyentes cuyo cónyuge o pareja de hecho tenga al menos un 65% de discapacidad y no declare el IRPF en ese ejercicio.

El límite a la suma de las bases imponibles general y del ahorro es de 25.000 euros en tributación individual y de 30.000 euros en tributación conjunta. 

Deducción por asistencia a personas con discapacidad

La deducción, en este caso, es de 100 euros en caso de discapacidad que genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes o ascendientes.

Además, si es precisa ayuda de terceras personas, te podrás deducir el 20% de lo pagado a la Seguridad Social en concepto de alta a empleados del sistema especial de empleo de hogar, con un límite de 500 euros anuales.

Es imprescindible, para poder percibirla, que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no supere los 80.000 euros anuales en tributación individual o los 100.000 euros anuales en tributación conjunta.

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Deducción por ayuda doméstica​​​​​​​

Esta deducción es incompatible con la anterior cuando la misma persona empleada dé derecho a la aplicación de ambas deducciones. Asciende al 20% de lo abonado en concepto de cuotas a la Seguridad Social por una persona contratada en el sistema especial de empleo de hogar, con un límite de 500 euros.

Pueden aplicarla contribuyentes con hijos que den derecho a la deducción por descendientes cuando ambos cónyuges o integrantes de la pareja perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

También pueden acogerse a ella los contribuyentes de 75 años o más, o cuyos cónyuges o parejas de hecho tengan esa edad.

Deducciones para la renta 2022 en Andalucía: otros conceptos

Te listamos otros cuatro casos en los que puedes optar a una deducción en Andalucía

Deducción por gastos educativos

En este caso nos encontramos con una deducción es del 15% de las cantidades satisfechas en gastos de enseñanza escolar y extraescolar de idiomas o informática, con un límite de 150 euros por descendiente.

Opera un límite correspondiente a la suma de las bases imponibles general y del ahorro de 80.000 euros anuales en tributación individual y de 100.000 euros anuales en tributación conjunta.

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Deducciones por inversión en creación de empresas o ampliación de capital

Esta deducción es del 20% de las cantidades invertidas, con un límite de 4.000 euros anuales. En caso de invertir en sociedades creadas o participadas por centros de investigación, la deducción aumenta hasta el 50% con un límite de 12.000 euros anuales.

Para poder optar a esta deducción es obligatorio que ni el contribuyente, ni cónyuges o parientes hasta el tercer grado, alcancen en algún momento del ejercicio el 40% del capital social. Además, las participaciones deben mantenerse al menos tres años y el contribuyente no debe tener funciones ejecutivas o de dirección, ni relación laboral con la empresa.

Deducciones para trabajadores por gastos de defensa jurídica en el trabajo

En este caso, la deducción asciende al importe satisfecho en gastos de defensa jurídica por despidos, extinciones de contrato y reclamación de cantidades. El límite es de 200 euros. 

Deducciones por donativos para fomentar la ecología

La deducción corresponde al 10% de las cantidades donadas a favor de las entidades públicas así definidas por parte de la Agencia Tributaria, con un límite de 150 euros.

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