Una de las dudas más frecuentes cuando un propietario decide arrendar un inmueble es quién paga la comisión inmobiliaria por alquiler. Y es que, la situación ha cambiado en los últimos años, más concretamente desde que entró en vigor la Ley de Vivienda a finales de mayo de 2023. Te contamos todos los detalles que debes saber.
¿Qué es la comisión inmobiliaria por alquiler?
La comisión inmobiliaria por alquiler es una cantidad que las agencias inmobiliarias cobran por la prestación de sus servicios. Esta partida suele incluir, como mínimo, los gastos de gestión inmobiliaria (búsqueda de inquilino, promoción del inmueble, gestión documental, etc.) y los de formalización del contrato.
¿Cuánto cobra una inmobiliaria por alquilar un piso?
Muchas personas se preguntan cuánto cobran las inmobiliarias por alquilar un piso o qué porcentaje cobra una inmobiliaria por arrendamiento, y la respuesta es que depende de su política, si bien es habitual cobrar un porcentaje de la renta anual (en torno al 10%) o una mensualidad completa.
Por ejemplo, para un alquiler de 1.500 euros, la inmobiliaria podría cobrar entre 1.500 y 1.800 euros aproximadamente. A este importe habrá que sumarle el IVA o IGIC.
¿Quién paga la comisión de la agencia inmobiliaria en un alquiler?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) lo deja muy claro en su artículo 20.1: los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.
Sin embargo, existen excepciones y puntualizaciones que es necesario conocer. Tal y como explican desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), hay servicios por los que sí se puede cobrar comisión, siempre que vayan más allá de la mera intermediación y formalización del contrato.
Multa por cobrar al inquilino los gastos inmobiliarios
La Dirección recuerda que este tipo de acciones pueden llegar a sancionarse con una multa pecuniaria entre 10.001 y 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
Este aviso llegó después de que Consumo tuviera conocimiento de que ciertas empresas habrían obligado a las personas interesadas en arrendar una vivienda a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento de la vivienda. Este pago se trataría de una comisión equivalente a un mes de alquiler de la vivienda más un 21% de IVA, una práctica ilegal tras los cambios realizados en la Ley de Vivienda.
¿Cuándo puede cobrar la inmobiliaria comisión al inquilino?
Hay gastos que las inmobiliarias sí pueden cobrar a los inquilinos, y están relacionados con servicios adicionales a los descritos, como podrían ser la contratación de seguros o el cambio de titularidad de los gastos generales del inmueble, según la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA).
Para Montserrat Junyent, vicepresidenta de la Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (FADEI) y responsable jurídica de los COAPIs de España, las inmobiliarias pueden repercutir otros gastos de gestión diferente a los de LAU siempre acordes al encargo que se les ha pedido. “No es lo mismo cobrar por formalizar el contrato y la gestión inmobiliaria que el cambio de titular de los gastos generales de la vivienda u otras gestiones”.
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1 Comentarios:
Muchísimo texto con muchísimo dato que habla muchísimo sobre la teoría, pero después, de facto, los honorarios son un robo, a la que pasa un año del contrato pedís los honorarios del 10% de la anualidad porque si no se termina el contrato, y lo único que hacéis es cambiar los años en las fechas del contrato. Podréis intentar justificar vuestro trabajo como queráis, pero la realidad es que existís gracias a que el mercado está como está y los y las caseras son, por regla general, unos y unas caraduras que lo único que quieren es poner la mano a fin de mes. Rémoras.
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