Artículo escrito por el equipo jurídico de alquiler protegido
En España existen alrededor de 6 millones de casas vacías y sin intención de ser alquiladas, según se desprende del informe “la información asimétrica en el mercado inmobiliario español”elaborado por Ricardo vergés ecuín y datos de acuña asociados. Un simple sondeo a pie de calle también muestra las reticencias de los ciudadanos a alquilar sus viviendas, aunque estén vacías
Por ello, la gran pregunta es ¿Por qué los dueños de estos pisos no ponen sus pisos en alquiler?
La respuesta pudiera ser el miedo que tienen a sufrir un impago o a los desperfectos que puedan ocasionar los inquilinos en su vivienda. Hay que recordar que la tasa de impagados en relación con el alquiler está por encima del 15%. A esto debemos sumar los desperfectos que el arrendatario pueda ocasionar
Y ante todos estos datos, ¿Qué podemos hacer?
La protección de la ley al arrendatario no es precisamente grande. Los arrendatarios que se encuentren en situación de impagados podrán recurrir al código civil al art. 1124 (resolución contratos por incumplimiento) o a la ley de arrendamientos urbanos que en su artículo 27 dice que se puede resolver el contrato de arrendamiento en los siguientes casos:
A) la falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario
B) la falta de pago del importe de la fianza o de su actualización
C) el subarriendo o la cesión inconsentidos
D) la realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador, cuando el consentimiento de éste sea necesario
E) cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas
F) cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando
Además de todas estas leyes, el propietario del piso también podrá recurrir a la ley de enjuiciamiento civil que en su artículo 22.4 dice que el dueño podrá recurrir al “desahucio con reclamación fehaciente con un mes de antelación de la presentación de la demanda o al artículo 33.4 que podría suponer una reducción de 2-3 meses en todo el proceso
Como hemos comprobado, los dueños de los pisos tienen a su alcance medidas para conseguir echar a un inquilino en caso de morosidad, pero el temor a que se eternice el proceso en el tiempo hace que tengan un miedo lógico. Para perder este miedo y que todo el stock de viviendas vacías saliera al mercado, la ley debería evolucionar en favor del propietario con las siguientes consecuencias:
- Si se acelerase el proceso de desahucio en caso de impago, los dueños verían con buenos ojos alquilar sus viviendas y de esta forma aumentaría el mercado del alquiler
- Como consecuencia de aumentar los pisos en alquiler, los precios bajarían, ya que habría más oferta, tanto los de alquiler como los pisos en venta que también verían reducir su precio, ya que la gente preferiría alquilar al haber bajado el precio
En definitiva, cambiar de mentalidad y alquilar es una buena medida para intentar frenar la crisis inmobiliaria, pero para ello es imprescindible que la ley fuera más enfocada a proteger al propietario y ayudarle de esta forma a perder el miedo por alquilar
39 Comentarios:
Otro con la mentalidad de que los impuestos resuelven todo....vaya que perdida de lógica/sentido común. La solución no está en subirle los impuestos a las segundas o terceras viviendas. Quizás tu no tienes sino la vivienda que habitas porque te has quemado todos tus ingresos a través de los años....pero yo que he ahorrado mis pelas/euros.....y acumulé lo suficiente como para tener una segunda vivienda...no me vengas a decir ahora que yo soy el causante de todo este desbarajuste. El problema radica en que a mi com o propietario nadie me protege de los chorizos que alquilan...pagan solo un mes y después se quedan hasta que los eches por una u otra razón y yo como propietario tenga que pagar las costas legales, arreglar todos los desperfectos que estos sinvergüenzas me han causado a mi propiedad...y por encima se sienten ofendidos. La solución es que regresen a sus pueblos de origen...y cuando hayan trabajado ya borrado....entonces que alquilen o compren su casa o piso....y que no le vayan a joder la vida al sacrificado que ahorró para tener una segunda vivienda. Mas sentido común ...que es el sentido menos común.
En Europa se han implementado diversas políticas para que bajen los alquileres y suelen pasar por la penalización de los pisos vacíos.
Copio y pego:
Holanda
1.- la ocupacion de viviendas que esten vacias desde hace mas de un año es legal, la vivienda solo se le devuelve al propietario si demuestra que esta no volverá a estar vacía. Si habéis leido bien: si no alquilas la vivienda te arriesgas a que te la ocupen y a no poder echar al ocupa.
2.- hay importantes subsidios públicos para pagar los alquileres
Dinamarca
1.- en los municipios de mayor tamaño se imponen desde los años 50 del pasado siglo hasta hoy mismo multas para los propietarios de viviendas que las mantengan vacias mas de seis semanas. Si habéis leido bien, pone seis semanas.
2.- de hecho la multa se puede imponer simplemente por no informar al ayuntamiento de que la vivienda lleva más de seis semanas vacías.
Francia
1.- medidas públicas para favorecer el alquiler de las viviendas vacantes: ayudas a la rehabilitación a los propietarios de vivienda [vinculadas a poner en alquiler la vivienda], desgravaciones fiscales por la rehabilitación y posterior puesta en alquiler de la vivienda e incluso el alquiler obligatorio por parte de los hlm de las viviendas vacantes [con garantías para los propietarios de cobro de los alquileres –no integros-]
2.- tasa sobre viviendas vacías en las ciudades de más de 200.000 habitantes en las que la tasa de viviendas vacías sea superior a la media, la población esté en crecimiento y haya menos oferta que demanda de alquiler. En estas condiciones la tasa es del 10% del valor catastral de la vivienda el primer año, el 12.5% el segundo y 15% el tercero y posteriores. El dinero recuadado va a parar a un instituto público que rehabilita vivienda. Si habéis leido bien en tres años el gobierno te cobra casi el 40% del valor de la vivienda.
3.- requisa gubernamental de viviendas que lleven más de 18 meses vacías y cuyos propietarios [solo personas jurídicas] no hayan puesto medios para alquilar esas vivienda en municipios en los que haya necesidad de viviendas.
En Europa se han implementado diversas políticas para que bajen los alquileres y suelen pasar por la penalización de los pisos vacíos.
Copio y pego:
Holanda
1.- la ocupacion de viviendas que esten vacias desde hace mas de un año es legal, la vivienda solo se le devuelve al propietario si demuestra que esta no volverá a estar vacía. Si habéis leido bien: si no alquilas la vivienda te arriesgas a que te la ocupen y a no poder echar al ocupa.
2.- hay importantes subsidios públicos para pagar los alquileres
Dinamarca
1.- en los municipios de mayor tamaño se imponen desde los años 50 del pasado siglo hasta hoy mismo multas para los propietarios de viviendas que las mantengan vacias mas de seis semanas. Si habéis leido bien, pone seis semanas.
2.- de hecho la multa se puede imponer simplemente por no informar al ayuntamiento de que la vivienda lleva más de seis semanas vacías.
Francia
1.- medidas públicas para favorecer el alquiler de las viviendas vacantes: ayudas a la rehabilitación a los propietarios de vivienda [vinculadas a poner en alquiler la vivienda], desgravaciones fiscales por la rehabilitación y posterior puesta en alquiler de la vivienda e incluso el alquiler obligatorio por parte de los hlm de las viviendas vacantes [con garantías para los propietarios de cobro de los alquileres –no integros-]
2.- tasa sobre viviendas vacías en las ciudades de más de 200.000 habitantes en las que la tasa de viviendas vacías sea superior a la media, la población esté en crecimiento y haya menos oferta que demanda de alquiler. En estas condiciones la tasa es del 10% del valor catastral de la vivienda el primer año, el 12.5% el segundo y 15% el tercero y posteriores. El dinero recuadado va a parar a un instituto público que rehabilita vivienda. Si habéis leido bien en tres años el gobierno te cobra casi el 40% del valor de la vivienda.
3.- requisa gubernamental de viviendas que lleven más de 18 meses vacías y cuyos propietarios [solo personas jurídicas] no hayan puesto medios para alquilar esas vivienda en municipios en los que haya necesidad de viviendas.
Lo que pasa en España, que mientras los políticos están preocupados por encontrar un hueco para poder cobrar y ademas ser importante, se olvidan ya desde hace mucho tiempo que con el tema de los alquileres no dan ni una, nos podemos pasar toda la vida en los juzgados y no sacar absolutamente ni un céntimo del inquilino, siempre tenemos la de perder y por mucho que nos digan estos políticos nada de nada.
No le recomiendo a nadie alquilar su casa, yo lo hice por necesidad, no podia pagar la hipoteca, me fui a una habitacion de alquiler, alquile el piso me pagaron solo 2 meses al tercero ya no pagaron ,para echarlos tuve que gastarme 4500 euros en abogado y un total de 16 meses en poder acceder al piso, o sea que tenia que pagar la hipoteca y mi habitacion, encima me entregaron el piso destrozado, todo el suelo roto a martillazos.
Pero tío, a quién le alquilas tú el piso? Por favor, he vivido muchísimos años de alquiler en muchísimos pisos y nunca había escuchado una historia tal. ¿Y no te quedas con una copia de las llaves? ¿No les pides fianza? Pues si pides 3 meses de fianza (y algunos caseros llegan a pedir ¡¡1 año!! De fianza) ya verás como no se atreven a destrozarte nada. De todas maneras, tu historia no me parece verosímil. ¿El suelo a martillazos? Tus inquilinos eran de color verde y les diste de comer después de las 12 de la noche? Menuda historieta
#13 Yo no le recomiendo a nadie salir de casa porque a mi una vez me atropelló un coche cuando estaba cruzando por un paso de peatones. Que tontería más grande, no digo que no sea verdad lo que le pasó, pero el porcentaje de veces que pasa algo así es ridículo y se soluciona contratando un seguro cuando alquila.
Yo ahora mismo estoy en el quinto piso de alquiler de mi vida y con 3 de mis antiguos caseros quedo a comer cuando voy a sus ciudades e incluso uno de ellos fue a mi boda, fíjese que diferencia.
Otro que no sabe vender sus servicios y emplea el ineficaz recurso de asustar al personal, asustar a las viejas dejó de funcionar hace décadas. ¿Así que en España hay 6.000.000 de pisos vacíos?, ¿Dónde le enseñaron a contar?, En España los inmuebles vacíos (contando todas las casas de pueblo abandonadas) no llegan a 3.000.000 ni de lejos, si cuenta las viviendas vacías que sean habitables (no las que están ruinosas), que no sean de costa y estén en poblaciones de más de 100.000 habitantes, ¿Cuántas quedan?, No creo que lleguen al 1.000.000 ni de lejos y la gran mayoría son pisos de obra nueva para vender, ¿Para alquilar cuántas quedarían?, ¿200.000 entre todas las poblaciones de más de 100.000 habitantes?
¿Que la morosidad es del 15%?, Eso será la morosidad que tiene usted, yo habré alquilado más de 200 pisos y morosos, lo que se dice morosos sólo he tenido 2.
¿Por qué no se alquila? No se alquila porque los profesionales del derecho se dedican a denostar a los inquilinos y a los alquileres y porque en los tribunales se ponen de parte del inquilino abusón (que son una minoría). También se deja de alquilar por ignorancia, ignorancia de la realidad del alquiler (si tu cumples, el inquilino suele cumplir y punto), por ignorancia de la rentabilidad del alquiler (si vendes después de haber alquilado durante años ganas bastante más que si lo hubieras tenido vacío) y finalmente no se alquila porque los españoles en general tienen "la esperanza" de que en los próximos años su hijo necesite el piso o que los precios suban un setecientos por ciento y se puedan hacer ricos sin haber dado un palo al agua.
Si Señor, tiene usted toda la razón !!!
Una posible solución a el problema:
Se ha inyectado capital publico a la banca para superar la crisis, de alguna manera se podría contrarestar dejando los inmuebles embargados al estado o sus hay-untamientos para que gestionen un alquiler barato y seguro.
Las constructoras con pérdidas podrían ceder los inmuebles vacios al estado a cambio de liquidez para pagar a sus empleados. El estado con esas viviendas podría manejar de alguna forma el precio de los alquileres, fomentando que las parejas jóvenes o personas en paro puedan estar de alquiler barato, o a cambio de trabajos de mantenimiento en las "comunidades de alquileres" ...
A todos los radicales: yo alquile un unifamiliar y me lo dejaron hecho una mierda de hecho era nuevo y lo tuve que pintar despues de los gastos e impagos unos 14000 e
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