
La conveniencia de “hablar el lenguaje de Catastro” a la hora de impugnar el valor de referencia
El valor de referencia empieza a sufrir en los Tribunales sus primeros reveses. Así, no sólo existe un goteo de resoluciones judiciales estimatorias a favor de los contribuyentes, sino que incluso el Tribunal de Justicia de Andalucía ha planteado ya la posible inconstitucionalidad del impuesto, tal y como recuerda José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Litigation. Por el momento, y a expensas de lo que ocurra con la referida cuestión de inconstitucionalidad, lo cierto es que la prueba que los contribuyentes pueden aportar frente al valor de referencia es clave para lograr su corrección total o parcial, con el consiguiente ahorro fiscal en el ITP o en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.