Lupa y calculadora junto a billetes de 50 euros sobre una mesa

No aceptar ni renunciar a una herencia puede obligarte a pagar el Impuesto de Sucesiones

Quedarse en silencio ante una herencia —sin aceptar ni renunciar— no es una vía para esquivar el pago del Impuesto de Sucesiones. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una sentencia que resuelve una cuestión clave y despeja dudas sobre los efectos jurídicos de las herencias “no gestionadas”. La resolución, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga, respalda el criterio mantenido por la Agencia Tributaria de Andalucía. En esencia, el fallo deja claro que la inacción no exime de responsabilidades fiscales.
Familiar sacando dinero de un cajero automático tras el fallecimiento de un familiar, posible aceptación tácita de herencia

Aceptar una herencia sin saberlo: el riesgo de retirar dinero de la cuenta del fallecido

Retirar dinero de una cuenta bancaria tras el fallecimiento de un familiar puede terminar convirtiéndose en un quebradero de cabeza fiscal. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado sobre un caso más común de lo que parece y ha dictaminado que, diponer de fondos de las cuentas del fallecido, sin justificar su destino ni demostrar que no forman parte de la herencia, implica una aceptación de la misma, aunque uno sea plenamente consciente, y por tanto debe tributar por ello. Conviene recordar que aceptar la herencia implica asumir los bienes y también las deudas, de ahí el riesgo.
Mazo de juez simbolizando la anulación de una sanción fiscal

Tirón de orejas de la Justicia a Hacienda: anula una sanción por no acumular una donación a una herencia

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tumbado una sanción de más de 26.000 euros que la Comunidad de Madrid impuso a una contribuyente por no incluir en la base del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones una donación recibida años antes del fallecimiento de la causante. El caso pone bajo la lupa un punto clave del sistema tributario español: la acumulación de donaciones a la masa hereditaria y la forma en la que la Administración debe justificar sus decisiones sancionadoras. En concreto, la sentencia insiste en que no todos los errores justifican una sanción.
 Vivienda en construcción

Comprar vivienda sobre plano puede costarte la reducción del 95% en el impuesto de Sucesiones

Comprar una vivienda sobre plano puede parecer una buena forma de invertir una herencia, pero no siempre lo es… al menos desde el punto de vista fiscal. Una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) ha dejado claro que esa elección puede tener consecuencias inesperadas: la pérdida de la reducción por empresa familiar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). La clave está en cómo, cuándo y en qué se reinvierte el valor heredado.
Cambio titularidad vivienda por donación

¿Cómo hacer el cambio de titularidad de una vivienda por donación?

La donación de una vivienda, generalmente entre padres e hijos, implica su transmisión sin contraprestación a cambio, lo que permite al donatario disfrutar de este bien en calidad de propietario sin pagar un precio, aunque si hay que hacerse cargo de algunos impuestos en función del parentesco. Aunque lo más frecuente es donar el pleno dominio del inmueble, también es posible ceder únicamente el usufructo o la nuda propiedad, entre otras opciones, cumpliendo ciertos requisitos. Cualquier donación de vivienda debe formalizarse necesariamente mediante escritura pública ante notario y registrarse en el Registro de la Propiedad para ser válida.
La consejera de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Rocío Albert, interviene durante una sesión plenaria en la Asamblea de Madrid, a 12 de junio de 2025, en Madrid (España). La Asamblea de Madrid aprueba por lectura única y a través de

Ayuso vuelve a bajar el impuesto a las herencias y donaciones: entra en vigor en julio

La Asamblea de Madrid ha aprobado definitivamente la nueva rebaja fiscal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la región. PP y VOX han votado a favor de elevar del 25% al 50% la bonificación de tributo entre hermanos y tíos y sobrinos, aplicándose además a todo el grupo III de parentesco, y de incrementa al 100% en el caso de las donaciones esporádicas entre particulares que sean inferiores a 1.000 euros. La medida entrará en vigor el próximo 1 de julio, y consolida a Madrid como la comunidad con los impuestos más bajos de España.
Dos hermanos firmando documentos relacionados con una herencia en una notaría

El heredero que renuncia en favor de un familiar concreto también paga Sucesiones

Renunciar a una herencia puede parecer un gesto generoso o una forma sencilla de evitar trámites, pero cuando esa cesión se hace en favor de un familiar concreto, como un hermano, el panorama fiscal cambia por completo. Lo que en apariencia es una renuncia, Hacienda lo interpreta como una aceptación seguida de una donación que, por supuesto, tiene consecuencias impositivas. El fisco entiende que el heredero primero ha aceptado su parte y, acto seguido, la ha transferido como donación.
Archivo - La consejera de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, Rocío Albert, atiende a los medios de comunicación a su salida del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF)

Madrid aprueba la rebaja fiscal a las herencias y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde a la nueva rebaja fiscal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, convirtiéndose en la primera región de España que amplía los beneficiarios entre hermanos y tíos y sobrinos, aplicándose además a todo el grupo III de parentesco. La medida, que se remite a la Asamblea regional para su tramitación en lectura única, duplica la actual bonificación en las herencias, que alcanzará el 50%, y eleva hasta el 100% la de las donaciones inferiores a 1.000 euros. El Ejecutivo regional prevé que la bajada impositiva entre en vigor en los próximos meses y que suponga un ahorro de unos 140 millones de euros anuales para los ciudadanos.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Ayuso bonificará el 50% en donaciones y sucesiones entre hermanos y sobrinos

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado que el Consejo de Gobierno regional va a iniciar esta semana la tramitación de las nuevas bonificaciones ligadas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones como anteproyecto de ley. En concreto, el Ejecutivo madrileño aumentará del 25% al 50% la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos, lo que supondrá un ahorro de 140 millones de euros anuales a los madrileños; y va a bonificar el 100% de la cuota de las donaciones inferiores a 1.000 euros. La región se ha comprometido a acometer rebajas fiscales en vivienda.
Comprar casa

¿Quieres ayudar a tu hijo a comprar una vivienda? Estas son las mejores opciones

El acceso a la vivienda se está volviendo una auténtica pesadilla para algunos jóvenes. Los bajos salarios frente a los elevados precios, acompañado de la escasa oferta del residencial y la alta demanda en el mercado inmobiliario, están provocando que miles de jóvenes no puedan ahorrar para comprarse una casa, y por ello muchos necesitan la ayuda de sus padres para poder hacer frente a esta cuantía económica. Entre las opciones más utilizadas destacan los préstamos y donaciones de dinero, la cesión de una vivienda o la división del usufructo y la nuda propiedad de la vivienda.
Pleno extraordinario del Consell, a 12 de noviembre de 2024, en Valencia

La Comunidad Valenciana ofrece deducciones en el IRPF, ITP o ISD a los afectados por la DANA

El Consell valenciano ha aprobado un decreto ley por el que se establecen medidas fiscales extraordinarias para dar apoyo inmediato a las familias y empresas afectadas por la DANA en aquellos tributos sobre los que la Comunitat Valenciana tiene competencias normativas. Concretamente, se trata de deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y bonificaciones en el impuesto sobre sucesiones y donaciones y en el de transmisiones patrimoniales, entre otras medidas.
Donar vivienda en herencia para evitar pagar impuestos

¿Es posible donar una vivienda que se va a heredar para evitar cargas fiscales altas?

En España se pagan impuestos por todo, incluso hubo un tiempo en el que se pagaba por aprovechar la energía del sol. Si, por ejemplo, tus padres te donan una vivienda, toca pasar por caja en Hacienda. En las herencias pasa lo mismo: si se hereda una casa habrá que afrontar el pago de varios tributos. Por ello, algunos se preguntan si se podría realizar una donación de la casa a heredar para evitar cargas fiscales más altas. Es posible, pero los expertos recomiendan calcular los costes fiscales y estudiar las deducciones que hay en cada CCAA.
Justicia fiscal

El valor de referencia de Catastro recibe su primer mazazo judicial

Desde el pasado 1 de enero de 2022, la mayoría de inmuebles urbanos tiene asignado un Valor de Referencia de Catastro, que puede coincidir o no con su valor de mercado. Y es que dicho valor se ha fijado a partir de estadísticas de transacciones reales, pero sin que en ningún momento se haya visitado el inmueble, ni por tanto se conozca su estado y situación real. José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Ligitation, recuerda que dicho valor se impone a los contribuyentes a la hora de comprar o heredar una vivienda. Ahora llega la primera sentencia en contra de este valor de referencia de la mano del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Tribunal Supremo

El Supremo abre la puerta a anular comprobaciones de valores de una vivienda comprada o heredada

La práctica habitual de la Administración autonómica es solicitar la valoración de la vivienda comprada o heredada por un contribuyente a sus propios servicios internos mucho antes de notificar formalmente el inicio del procedimiento de comprobación de valores al comprador. Así, es habitual que el informe de valoración lleve, por ejemplo, fecha del mes de julio, y que el inicio del procedimiento no se notifique hasta noviembre, o incluso más tarde. Este “decalaje” ha suscitado dudas a muchos jueces, ya que la normativa no establece cuándo debe entenderse iniciado la comprobación de valores, cuya (eso sí que está regulado) duración máxima es de seis meses (según la Ley General Tributaria). Ahora el Tribunal Supremo ha declarado ilegal esta práctica de la administración, con lo que abre la puerta a infinidad de anulaciones de comprobaciones de valores, cuyo fin es que el ciudadano pague más impuestos.
Tribunal Supremo

El Supremo se pronunciará (por fin) sobre el método de comprobación de valores de tasación hipotecaria

Uno de los métodos de comprobación de valores más habitualmente utilizados por la Administración es el de “tasación hipotecaria”. Mediante dicho método, se impone al contribuyente la obligación de tributar en el ITP o en el de Sucesiones y Donaciones (ISyD), por el valor de tasación hipotecaria a efectos de una futura subasta que figura en la escritura de la hipoteca. Y se considera dicho valor de tasación como el valor real del inmueble. Se trata de un método rechazado por varios tribunales y ahora el Supremo tiene sobre la mesa pronunciarse al respecto.
Cambios impositivos

Del respaldo del TC al impuesto de grandes fortunas a los cambios impositivos en algunas CCAA

2023 termina con grandes novedades en el mundo fiscal: desde la consolidación del impuesto a las grandes fortunas por parte del Tribunal Constitucional, hasta la eliminación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en algunas CCAA como Comunidad Valenciana, Baleares o Extremadura, tras las elecciones del pasado 28 de mayo. Hacemos un repaso de las principales novedades impositivos de este año que termina.
Archivo - Alejandro Nolasco en una imagen de archivo.

Aragón bajará el Impuesto de Sucesiones en esta legislatura

El vicepresidente primero y consejero de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia de Aragón, Alejandro Nolasco, ha garantizado que el Gobierno de la región, en la presente legislatura, va a establecer una bonificación del 99% en el impuesto autonómico de Sucesiones y Donaciones entre padres, hijos, abuelos y cónyuges (grupo 2) y que va a reducir gradualmente el tributo entre hermanos, tíos y sobrinos (grupo 3). Varias CCAA han anunciado el fin del gravamen que grava las herencias y donaciones en los últimos meses, como Comunidad Valenciana, Baleares, Canarias y La Rioja.
Badajoz

Extremadura planea suprimir el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

La Junta de Extremadura ha mantenido un encuentro con la Asociación Extremeña de la Empresa Familiar (AEEF), donde se han planteado nuevas medidas tributarias, como el fin del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En concreto, han propuesto una reducción del 100% para los grupos I y II de parentesco (padres, hijos y ascendientes) para los primeros 500.000 euros de base imponible, así como una reducción para los grupos III y IV, que no son familia de primer grado. En los últimos meses, Baleares, Comunidad Valenciana, Canarias y La Rioja han suprimido el tributo.