Supremo: los portales de pisos turísticos pueden mantener los anuncios que no estén en los registros autonómicos
El Tribunal Supremo anula el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que obligaba a los portales de anuncios de pisos turísticos a eliminar los que no estuvieran inscritos en los registros de Turismo de la Generalitat. El caso se resuelve seis años después de que el tribunal catalán ordenara a la empresa Howeaway Spain (actual Vbro Spain) bloquear los alojamientos que incumplían esta norma.