El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona ha declarado nula por abusiva las cláusulas de los gastos hipotecarios e intereses de demora de una hipoteca que fue ejecutada y subastada en 2015. Condena al banco a abonar al deudor hipotecario las cantidades abonadas por él mismo derivadas del proceso de ejecución hipotecaria, además de pagar las costas. La sentencia tiene interés legal porque la declaración de nulidad de dichas cláusulas se produce después de que la vivienda fuera ya adjudicada a la entidad financiera.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España (Adicae) ha instado a la banca a que no espere a que el Tribunal Supremo se pronuncie para devolver a los clientes afectados las cantidades que deben por las 'cláusulas suelo', tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que avala el uso de la acción colectiva para reclamar estas cláusulas.
El Tribunal de Justicia de la UE ha avalado la adecuación del procedimiento colectivo iniciado por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España (ADICAE) contra 101 entidades financieras que operan en España para que cesen en el uso de las cláusulas suelo y devuelvan las cantidades pagadas por los consumidores. Su criterio coincide con el adelantado a principios de año por la Abogada General de la Unión Europea, Laila Medina, y supone dar carpetazo a un proceso judicial que arrancó en 2010. Ahora solo falta que el Tribunal Supremo dicte sentencia atendiendo a la interpretación del TJUE.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que el plazo de prescripción para reclamar la devolución de gastos hipotecarios empieza a correr cuando la sentencia que declara el carácter abusivo de estas cláusulas adquiere firmeza y se declara su nulidad, es decir, cuando ya no se admiten más recursos ni modificaciones. Esta sentencia complementa a un fallo previo del TJUE publicado en enero que señalaba que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios no empezará a correr antes de que un consumidor conozca el carácter abusivo de una cláusula contractual.
La Audiencia Provincial de Barcelona ha fijado en enero de 2017 el comienzo del plazo prescriptivo para reclamar los gastos de la formalización de la hipoteca que firmó un consumidor con BBVA. El tribunal reconoce que 2013 fue un año "muy importante" en España para el control de la abusividad de las cláusulas hipotecarias, pero que fue a "finales de 2016 y principios de 2017" cuando asociaciones de consumidores y despachos de abogados lanzaron una "intensísima campaña de publicidad", cuyo éxito conduce "a fijar la cognoscibilidad para el consumidor medio a principios de 2017". Desde Asufin critican el fallo y considera que el plazo para reclamar se extiende a 10 años.
El Ministerio de Justicia pretende agilizar el atasco que están sufriendo los juzgados especializados en cláusulas abusivas con varias medidas que mejoren su eficiencia, mientras aún hay unas 240.000 demandas pendientes. Entre las opciones que se plantean está la de tramitar los juicios como verbales, más sencillos y rápidos, y la de aplicar el llamado ‘pleito testigo’ para casos similares, por el que la sentencia firme de ese caso sirva como modelo para el resto de demandas iguales, para los que no tendría que celebrarse un juicio.
El Ministerio de Justicia trata de controlar el colapso de los juzgados especializados en cláusulas abusivas y potenciar la vía extrajudicial. Para ello, estudia penalizar con intereses a las entidades financieras que actúen con mala fe y acudan a los tribunales solo por alargar el proceso y retrasar la devolución de las cantidades a deber.
Un tribunal ha dictaminado que la entidad financiera no tiene que pagar las costas judiciales del proceso, pese a que el juez dé la razón al demandante, en caso de que el particular haya rechazado la vía extrajudicial para negociar las cláusulas abusivas.
Los bancos que comercializaron hipotecas con cláusulas suelo deben tener listo su mecanismo extrajudicial de devolución de las cantidades cobradas de más a los afectados antes del 22 de febrero.
La próxima semana se conocerá el dictamen preliminar del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la nulidad total o parcial de las cláusulas suelo.
El juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vic, Gómez Arbona, ha condenado a un banco a devolver todo lo que había cobrado de más por la cláusula suelo de un préstamo hipotecario desde que se firmó el contrato, a finales de junio de 2012. Considera que la cláusula no es transparente y obliga a la entidad a cargar con el coste del proceso judicial.
Catalunya Banc ha sido condenado a reembolsar un millón de euros por perjuicios a un cliente que contrató una hipoteca multidivisa en 2007. Con el cambio de divisa, el afectado no solo no había amortizado su préstamo, sino que había incrementado la deuda.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a emitir una sentencia desfavorable sobre la normativa española que refuerza la protección a los deudores hipotecarios, restructuración de la deuda y alquiler social.
La audiencia provincial de Badajoz ha declarado lícita la cláusula suelo de una hipoteca de caja Extremadura, integrada en liberbank, al considerar que no concurre falta de transparencia, que la cláusula no es oscura y que la información que se ofrece en el contrato es "suficiente y comprensible"
La sentencia del tribunal supremo sobre la nulidad de las cláusulas abusivas en caso de que existiera falta de transparencia no sólo afecta a las hipotecas sobre vivienda habitual, sino a todo tipo de inmuebles: vivienda vacacional, plaza de garaje, locales u oficinas.
El consejo general del notariado ha creado un órgano de control de cláusulas abusivas (occa) con el objetivo de impedir que se introduzcan cláusulas abusivas en los contratos con consumidores que se recojan en escritura pública.
Los jueces han comenzado a coordinarse para establecer los primeros límites a lo que se considera un interés abusivo en las hipotecas.
Un juez de Canarias ha declarado nulo el préstamo hipotecario y el procedimiento de ejecución hipotecaria abierto a una pareja que estaba a punto de ser desahuciada. El motivo son los intereses de demora “abusivos” del 19% que bbva cobraba a los afectados por retrasarse en los pagos.
Un juez de lanzarote paralizó el pasado viernes el desalojo de una vivienda en la localidad de puerto del Carmen (lanzarote) después de que el abogado del propietario de la casa invocara la sentencia del tribunal de justicia de la unión europea (ue) El propietario de la vivienda contrató una h
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