El Supremo tumba el registro único de alquiler de corta duración: cómo afecta a propietarios y operadores
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el procedimiento de registro único de arrendamientos de corta duración (turístico o de temporada) regulado en el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, y que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2025. El alto tribunal considera que el Estado carece de título competencial para establecer un registro nacional que se superpone a los registros autonómicos existentes en materia de arrendamientos turísticos. Ahora propietarios y operadores del sector no deberán obtener el registro único ni tampoco deberán remitir la declaración anual de arrendamientos al Registro de la Propiedad.