Artículo escrito por Pedro Hernández, abogado y ex secretario de la cámara de la propiedad urbana
El gobierno ha aprobado recientemente la dación en pago, operación por la que se cancela la totalidad de la deuda entregando la vivienda aunque su valor sea inferior a esa deuda. Pero, ¿quién puede acogerse a la dación en pago aprobada en 2012? En realidad muy poca gente porque es casi imposible cumplir con todos los requisitos. Tan poca gente puede acogerse, que la mayoría de los bancos se han adherido al código de buenas prácticas redactado por el gobierno en tiempo récord
Vamos a enumerar quién no puede acogerse a la dación para demostrar que es una norma tremendamente excluyente y que será de escasa aplicación. De hecho, algunos bancos ya estaban aceptando daciones en pago de particulares con criterios más laxos de los que ahora acota la norma
Así, no pueden acogerse a la dación en pago los siguientes colectivos:
1.- si el banco acreedor no se ha adherido al código de buenas prácticas incluido como anexo al real decreto ley 6/2012: a la vista de los escasos beneficiarios de esta solución, como se verá más adelante, parece que no está habiendo problemas en que se adhieran al sistema la mayor parte de las entidades bancarias
2.- si el crédito hipotecario se refiere a una vivienda cuyo precio de adquisición sea superior a 200.000 euros. Este límite es menor dependiendo de la población donde esté situada la vivienda
Ejemplos: es decir en Madrid o Barcelona no se puede acoger a la dación en pago un deudor si su piso vale más de 200.000 euros; en bilbao, 180.000 euros; en córdoba: 150.000 euros y en Soria: 120.000 euros
3.- si se encuentran en procedimiento de ejecución en los que ya se haya anunciado la subasta: por lo tanto, conviene por lo tanto apresurarse si se puede ‘disfrutar’ de esta dación
4.- si la vivienda esté gravada con cargas posteriores: es el caso del deudor que además de deberle al banco tiene problemas con otros acreedores: por ejemplo deudas de tarjetas de crédito por las que le hayan embargado el piso
5.- si el deudor, su cónyuge o hijos convivientes están empleados (perciben algún rendimiento de trabajo) o son autónomos (tienen actividades económicas): es decir si uno de estos familiares por ejemplo vende libros y está de alta como comisionista tampoco podría acogerse al padre de familia a la dación en pago
6.- si el deudor su cónyuge o hijos convivientes poseen otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda: es el caso de que tuvieran una pequeña tierra en el pueblo heredada, aunque no produzca ningún beneficio
7.- si la cuota hipotecaria no supera el 60% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar: con esto cabe entender que si en total perciben mil euros mensuales deben seguir pagando aunque la cuota mensual sea de 599 euros
8.- si existen avalistas o fiadores, salvo que éstos estén en paro y/o no sean autónomos: por lo tanto hasta que los avalistas queden agotados en sus posibilidades de pagar no podrá el deudor acogerse a la dación
En el supuesto de que el deudor haya superado los anteriores filtros, al tiempo de hacer la dación de la vivienda en pago podrá acogerse a un alquiler de esa vivienda, permaneciendo en ella como inquilino, en las siguientes condiciones:
Duración del arrendamiento: dos años, sin derecho a prorrogar hasta cinco conforme dice la ley de arrendamientos urbanos
Alquiler anual: el 3% de la deuda existente en el momento de la dación. Es decir si la deuda es de 150.000 euros pagará un alquiler mensual de 375 euros
Impago del alquiler: el retraso en el pago de ese alquiler devengará un interés del 20%
56 Comentarios:
B
Para los que dicen que especulamos con la vivienda ....yo compre un piso normal en un barrio obrero y todos costaban eso..no tengo ni cochazo ni segunda vivienda.....y ahora vale la mitad.yo e trabajado desde los 31 años sin parar y me quitan la vivienda. Se la compra mi Primo el vividor en subasta x la mitad de lo que me costo..claro ahora si se la compra porque la otra mitad se la pagamos todos los embargados....el que compro varias viviendas esta claro que es especular.pero tu te compras un sitio donde vivir al precio actual del mercado....¿Porque no salieron los politicos en masa.. Diciendo no compreis pisos!!!!!.Todo lo contrario decian comprar ,si España esta creciendo.............pero vamos entiendo que una persona que se va a comprar un piso tirado de precio solo piense en ella misma.....pero que ahora mi Primo que con 35 años a currado 5 en su vida -osea un parasito .me diga esque yo soy listo y e esperado a que bajaran...osea ahora resulta que es un esperto en economia......yo soy analfabeto se nota al escribir no?Jeje pero un currante nato...no me an regalado nada....y como yo miles de estafados....venga hombre pero que es esto aqui no emos pagado todo los españoles ..emos pagado los emprendedores y los que intentamos progresar.....y de nosotros se an veneficiado los buitres...lo de mi Primo era un ejemplo...pero vamos amigos de esos tengo un monton....
Se entiende que no es lo mismo en estados unidos...entregas el piso y al dia siguiente lo venden x lo mismo.....aqui el problema es que los que compramos pisos en la burbuja somos los mas perjudicados....pero no culpables, x lo menos amedias.... seria razonable llegar a un punto medio.....esque es muy fuerte pensar que casi toda mi generacion se recordara como los arruinados x el sistema...lo normal siempre a sido me compro un piso,estoy viviendo 5 años me sale un trabajo en alpedrete,vendo la casa y en 5 años, algo abre pagado como para x lo menos irme sin cargas y empezar de cero.ahora soy esclavo de mi casa, no la puedo vender como esta la cosa, en 20 años.....pero es curioso como se te puede destrozar la vida ,siendo una persona legal con sus pagos y seria en la vida...encima nos dicen que somos especuladores ...si yo ni conozco esa palabra,,,,,q coñ......dicen.. Yo soy una persona que esta empezando a entender xq su padre decia siempre q la onradez t limpia el alma pero no te da de comer....
Se entiende que no es lo mismo en estados unidos...entregas el piso y al dia siguiente lo venden x lo mismo.....aqui el problema es que los que compramos pisos en la burbuja somos los mas perjudicados....pero no culpables, x lo menos amedias.... seria razonable llegar a un punto medio.....esque es muy fuerte pensar que casi toda mi generacion se recordara como los arruinados x el sistema...lo normal siempre a sido me compro un piso,estoy viviendo 5 años me sale un trabajo en alpedrete,vendo la casa y en 5 años, algo abre pagado como para x lo menos irme sin cargas y empezar de cero.ahora soy esclavo de mi casa, no la puedo vender como esta la cosa, en 20 años.....pero es curioso como se te puede destrozar la vida ,siendo una persona legal con sus pagos y seria en la vida...encima nos dicen que somos especuladores ...si yo ni conozco esa palabra,,,,,q coñ......dicen.. Yo soy una persona que esta empezando a entender xq su padre decia siempre q la onradez t limpia el alma pero no te da de comer....
Y si hemos comprado coche, casa en la playa, caprichos ,etc.ha sido porque es lo que nos estaban vendiendo desde arriba....que estabamos al nivel de nuestros vecinos....entonces en que quedamos...les hacemos caso ,o no.....si sque en España somos unos mataos analfabetos.yo el primero....que hacemos entonces? lo digo por ir mentalizandome,,como e cometido el delito de comprar un piso yo y miles de españoles...estamos condenados a perder el piso y seguir pagando de por vida. Joder si me sale mejor delinquir!!!! jajaja bueno me lo tomo a risa ...pero vamos q lo tengo mu clarito..si llegara el caso y me arruinan....esto seria una cadena..y me convertiria en el zorro de vallekas.....zzzzzzzzz.......con eso lo digo todo.si ya arruinao de por vida.....q mas da ,,,,,carcel?...no pasa nada se come bien...y fijate seguro que si a y me dan por culo, me joderia menos que pagarle el yate al bankero...salu2 peña ................si me jode el sistema jodo al sistema.............no me pongo ni colorao.........
Jajajajaja
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