Si aún tienes dudas sobre las cláusulas suelo, aquí van algunas claves para conocer por qué hay condiciones de tu hipoteca que impiden que te beneficies de los tipos de interés en mínimos. Según datos del Banco de España, los créditos hipotecarios que incluyen cláusulas suelo superan los 3 millones de operaciones.
A la espera de conocer la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), es necesario acudir a los tribunales para denunciar el carácter abusivo de este tipo de cláusulas. El Tribunal Supremo las tachó de abusivas e ilegales en 2013 si eran opacas y poco informativas y, en 2015, ofreció otra sentencia con la retroactividad limitada a la fecha de la primera sentencia de mayo de 2013. Aun así, hay juzgados que van más allá y han sentenciado con retroactividad total desde la fecha de la firma de la hipoteca.
La página web especializada reclamador ha elaborado un decálogo de claves para conocer más de cerca a las cláusulas suelo:
Es una condición hipotecaria que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses que se han acordado con el banco, por lo general el euríbor, estén por debajo.
En muchas escrituras del préstamo no aparecen expresamente las palabras ‘cláusula suelo’, por lo que muchos usuarios desconocen que se les está aplicando. Hay que revisar el apartado de ‘Intereses’ del contrato.
¿Cómo sé si tengo una cláusula suelo en mi hipoteca?
Si sigues pagando lo mismo mes a mes en la cuota incluso cuando te toca revisión semestral o anual, es probable que tenga una cláusula suelo. Una hipoteca suscrita a interés variable debe reflejar la bajada actual del euríbor, el índice de referencia para la mayoría de las hipotecas españolas, que actualmente se encuentra en mínimos históricos.
¿Es mi cláusula suelo ilegal?
Una cláusula suelo puede declararse nula en aquellos casos en los que se entienda que ha habido falta de transparencia, o un claro desequilibrio en las cláusulas del contrato. Tiene que ocurrir alguno de estos supuestos:
a. Cuando en el contrato haya una cláusula suelo, pero no haya una cláusula techo o esta última sea excesivamente alta.
b. Cuando la cláusula no apareciera en la oferta vinculante previa. Es decir, si hay diferencias entre lo firmado y lo pactado anteriormente.
c. Cuando el cliente no haya sido informado de forma clara por la entidad en el momento de la escrituración del préstamo.
¿Debe mi banco anular mi cláusula suelo?
Siempre y cuando no se cumplieran los criterios de transparencia en su comercialización, la cláusula está siendo anulada por los tribunales.
¿Debe mi banco devolverme el dinero de más?
El Tribunal Supremo en sentencia de 2015 establece que los consumidores pueden pedir la devolución de las cantidades cobradas de más a partir del 9 de mayo de 2013 en adelante.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea debe pronunciarse próximamente sobre el informe presentado por los abogados de la Comisión Europea, en el que consideran que los bancos deben reintegrar los importes cobrados de más en las hipotecas con cláusulas suelo desde el momento de la firma.
¿Por qué mi banco no me devuelve la totalidad de las cantidades?
Para que el banco devuelva el dinero cobrado indebidamente debe haber una sentencia favorable para ello. Los bancos no devuelven el dinero cobrado indebidamente si no es mediante sentencia, en la gran mayoría de los casos. Por lo que los afectados deben acudir a los tribunales.
¿Puedo reclamar el dinero cobrado de más si mi banco ya ha anulado la cláusula suelo de mi hipoteca?
Sí, siempre y cuando no firmes con el banco ningún documento que suponga la renuncia a la retroactividad. Aunque el dictamen del TJUE sea favorable al consumidor, no podrás reclamar al banco si has renunciado, incluso por desconocimiento. Se aconseja no pactar nada con la entidad financiera y acudir a profesionales que asesoren.
¿Qué debo hacer si mi banco me ofrece un cambio de condiciones en mi hipoteca?
En ningún caso se debe aceptar una rebaja ni un cambio en las condiciones. La eliminación de las cláusulas suelo de las hipotecas es un hecho que no exime a los bancos de devolver el dinero cobrado indebidamente, por ahora, desde el 9 de mayo de 2013.
Se recomienda acudir a profesionales y abogados especializados, para denunciar los hechos e iniciar el proceso legal.
¿Cuánto dura un proceso de reclamación? ¿Qué probabilidad tengo de ganar mi reclamación?
De media, una reclamación dura unos 12 meses. La gran mayoría de cláusulas suelo de las hipotecas en España son anulables ante los juzgados porque no hubo información clara y comprensible por parte de los bancos cuando se incluyeron en los contratos.
"El ahorro medio mensual al quitar la cláusula suelo está estimado en unos 150 euros, lo que se traduce en unos 1.800 euros al año", según Pablo Rabanal, CEO de reclamador. “La media que se podría reclamar por afectado por la retroactividad de la cláusula es de 4.500 euros, teniendo en cuenta el actual criterio del Tribunal Supremo de marzo de 2015, que lo limita la devolución de cantidades a mayo de 2013 en adelante”, según los datos de reclamador.
4 Comentarios:
Buenos Días estoy de acuerdo con este artículo, yo me he apuntado en DenunciasColectivas.com y estoy muy contento como esta plataforma de ayuda al ciudadano me está llevando el caso de mi cláusula suelo, os recomiendo que os apuntéis http://www.denunciascolectivas.com/demanda-clausula-suelo
Si la cláusula suelo está firmada ante notario (lo están todas), no hay nada que discutir. De lo contrario, ¿para qué está el notario? Lo que sí que hay que suprimir es la desgravación fiscal por compra de vivienda: aparte de discriminatoria (depende del año de compra de cada uno), no fomenta la movilidad geográfica. Debería desgravar sólo el alquiler. Ello alimentaría la demanda de alquiler. Y, para alimentar la oferta de alquiler (y tener más donde elegir), debería dotarse de mayor seguridad jurídica al mismo, con mayores garantías de cobro para el arrendador y un desahucio exprés de verdad.
Grisha, con todos mis respetos, no se cuantas hipotecas has firmado en tu vida , pero sí te aclararé algo, ya que yo he firmado dos. Los bancos estan obligados por ley a entregar al cliente lo que se llama la Oferta Vinculante, es decir, un borrador de lo que se va a encontrar dentro de unos dias en la notaria para estampar su firma, esto no lo hacen porque el cliente descubriria algunas cosas dudosas y poco claras, asi que en el momento de la firma, el notario lee los datos mas importantes, llenandote la cabeza de cifras, porcentajes, y condiciones que en ese momento es imposible asimilar, porlo tanto como necesitas el dinero, firmas, en mi caso yo tenia que pagar al constructor varias certificaciones de obra ya realizadas, asi que firmas, si o si. Actualmente ya me han retirado la clausula suelo, ahora intento que se me devuelvan las cantidades cobradas de mas.
Hay un hecho mas gravoso y vergonzante en algunas comunidades, que es el Impuesto de Sucesiones, en asturias es abusivo,
También quería añadir algo.
Os dejo un articulo interesante
https://www.reclamaaqui.com/noticias/reclama-aqui-la-clausula-suelo-de-…
slds
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