Tiene un tipo de interés del 2,15% con las máximas bonificaciones, va destinada a la compra de viviendas habituales y exige un importe mínimo de 100.000 euros
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Hipoteca fija Ibercaja
idealista/news

Ibercaja ha anunciado una mejora de las condiciones de su préstamo fijo para la compra de vivienda, que marca el paso del mercado con un tipo de interés que se acerca al 2%.

Desde esta semana, la bautizada ‘Hipoteca Fija Vamos’ tiene un tipo de interés del 2,15% (3,10% TAE) con las máximas bonificaciones, lo que se traduce en una rebaja de seis décimas respecto a la oferta que estaba comercializando hasta ahora la entidad aragonesa.

Para acceder a estas condiciones, es necesario domiciliar la nómina en la entidad, con unos ingresos mínimos de 2.500 euros al mes; y al menos recibos de servicios o suministros básicos. También es necesario contratar un seguro de hogar y otro de vida, así como efectuar al menos 12 operaciones económicas al semestre con una tarjeta de crédito por parte de cualquiera de los titulares de la hipoteca. La última condición es tener o contratar un fondo de inversión de Ibercaja, con una aportación mínima de 75 euros al mes.

Si no se cumplen todos esos requisitos, que son opcionales, el tipo de interés de la hipoteca fija de Ibercaja se mantiene durante el primer año en el 2,15%, aunque a partir de entonces se eleva un punto, hasta el 3,15% (3,39% TAE).

También conviene tener en cuenta que la hipoteca fija de Ibercaja va destinada únicamente a la compra de una vivienda habitual, con un límite de financiación del 80% del menor de estos dos importes: el valor de tasación del inmueble o su precio de compra. Además, la entidad exige un importe mínimo del préstamo 100.000 euros para formalizar la operación.  

En materia de comisiones, el banco no establece penalización por abrir la hipoteca, pero sí por la amortización anticipada, ya sea un pago parcial o una cancelación total. Si el desembolso se realiza durante los primeros 10 años desde la firma del préstamo, la comisión máxima es del 2% sobre el capital amortizado. A partir de entonces, y hasta el vencimiento, la penalización baja hasta el 1,5%, cumpliendo las directrices que marca la ley hipotecaria de 2019.

Por último, el plazo de contratación es de hasta 25 años, frente a los 30 años que establece de media el sector bancario, con la única condición de que los prestatarios no tengan más de 75 años a la fecha de vencimiento del contrato hipotecario.

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