Ayuntamientos afectados por la DANA pueden presentar compensación por pérdida de ingresos de IBI o IAE
Las entidades locales en las zonas afectadas por la DANA deben presentar un escrito de solicitud de compensación por la pérdida de recaudación tras la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y la reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Los ayuntamientos deben comprobar previamente que se acredite que los inmuebles o las actividades han sido dañados como consecuencia directa de DANA, ya que estas exenciones y reducciones de la cuota no podrán ser declaradas de forma general a todos los sujetos pasivos, sino que es necesaria la verificación de las circunstancias que dan derecho a dichos beneficios fiscales.