Hay varias vías para hacerlo: a través de Internet, por la app de Hacienda, por teléfono o de forma presencial. Dependiendo de forma, hay distintos tiempos
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El plazo para presentar el IRPF es hasta el 30 de junio
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El 6 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta 2021/2022 y los contribuyentes tienen de plazo para presentar sus obligaciones fiscales hasta el 30 de junio. Hay varias vías para hacerlo: a través de Internet, por la app de Hacienda, por teléfono o de forma presencial. Dependiendo de la vía, hay distintos tiempos. Estos son los plazos para presentar el IRPF.

Plazo para presentar el IRPF de forma presencial

El plazo para solicitar la presentación del IRPF de la declaración de la renta de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria es desde el 26 de mayo al 29 de junio. A partir del miércoles 1 de junio se empezarán a presentar las declaraciones por esta vía.

Para hacer la presentación del IRPF de forma presencial hay que pedir cita previa. Se puede concertar una cita por las siguientes vías:

  • Llamando a los teléfonos 91 553 00 71 o 901 22 33 44.
  • Por internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, clave PIN o referencia.
  • Con la app de la Agencia Tributaria.

Plazo declaración de la renta por teléfono

Desde el 5 de mayo se puede hacer la declaración de forma telefónica. Esta opción es recomendable para aquellas personas que precisen de ayuda, ya que contarán con la guía de un empleado de la Agencia Tributaria.

Para que la Agencia Tributaria te llame y te ayude en la Renta (Plan Le Llamamos) tienes de plazo para concertar una cita telefónica hasta el 29 de junio. Puedes hacerlo a través de:

  • Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, clave PIN o referencia
  • App "Agencia Tributaria".
  • Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
  • Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Plazo presentación IRPF Internet

También se puede presentar el IRPF de la declaración de la renta por Internet a través de la web de la Agencia Tributaria hasta el 30 de junio. Para ello, se debe disponer de alguno de los siguientes métodos de acceso: 

  • Certificado digital.
  • clave 
  • Número de referencia, que en la campaña anterior se hizo a través del resultado de la casilla 505 del ejercicio anterior.

Plazos de la Renta por 'app'

Otra opción telemática es presentar la declaración a través de la 'app' móvil Agencia Tributaria. Hay de plazo hasta el 30 de junio.

¿Cuándo termina el plazo de presentación de la Renta?

El último plazo para presentar el IRPF en la declaración de la renta es el 30 junio. Aunque cabe destacar que el 25 de junio es el último día para presentar declaraciones a ingresar. Por otro lado, el 29 de junio es el último día para solicitar cita previa por internet, en oficinas y por vía telefónica. 

Dividir el IRPF en dos plazos

Hacienda da la opción a algunos contribuyentes de dividir el pago del IRPF en dos plazos.

¿Cuándo se adeuda el primer plazo del IRPF?

El plazo en el que contribuyente tendrá que abonar el 60% del IRPF es hasta el 30 de junio, que es el último día para hacer la declaración en cualquiera de sus modalidades. 

¿Cuándo cobra Hacienda el segundo plazo del IRPF?

Hay de plazo para pagar el 40% restante de la declaración de la renta hasta el 7 de noviembre.

¿Se puede presentar el IRPF fuera de plazo?

Sí, se puede hacer la declaración de la renta fuera de plazo, pero conlleva sanciones por parte de Hacienda. La cantidad dependerá de varias cuestiones:

  • El tiempo que haya excedido el 30 de junio, el último día de plazo. A mayor retraso, mayor sanción.
  • Quién detecta el retraso (Hacienda o el contribuyente).
  • Si el resultado sale a pagar o a devolver.

¿Cómo saber si tengo que hacer la declaración?

Lo más habitual es que todos los trabajadores tengan que declarar. Para concentrar la cuestión, deberán realizar la declaración de la renta:

  • Los trabajadores por cuenta ajena que hayan recibido un sueldo superior a los 22.000 euros durante el año 2021. 
  • Trabajadores que hayan percibido menos de 22.000 euros durante 2021 pero de varios pagadores. 
  • Autónomos.
  • Personas que hayan obtenido más de 14.000 euros de varios pagadores. 
  • Las personas que obtengan ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros al año. 
  • Aquellos que hayan percibido como mínimo 1.000 euros brutos en 2021 de rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
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