En muchas ocasiones surge la pregunta de si es mejor regalar dinero al hijo para la compra de su primera vivienda o de si es mejor hacerle un préstamo. Para cualquiera de las opciones es necesario hacer trámites y tener en cuenta los impuestos.
La donación es para el ordenamiento jurídico español un acto de liberalidad por el que una persona entrega gratuitamente una cosa a otra. Eso sí, cada vez que se produce una donación, el beneficiario del regalo debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Además, si lo que se dona es un inmueble, deberá pagarse la plusvalía municipal y el IRPF. Pero hay varios supuestos en los que el donante puede anular la donación de una vivienda.
El anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal se encuentra actualmente en fase de aprobación parlamentaria y estará de nuevo sobre la mesa del Gobierno liderado por Pedro Sánchez.
Toda transacción está gravada con impuestos y más si es inmobiliaria. Este año ha habido varias novedades a destacar relacionadas con la plusvalía municipal, el IBI o el IRPF. Te contamos cuáles son los principales cambios y qué tribunales los han hecho. Por ejemplo, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la Plusvalía municipal en aquellas situaciones en que sea confiscatorio y cuando con la venta de un inmueble se registre una pérdida.
El número de demandas de ciudadanos contra Hacienda en los Tribunales Económicos-administrativos se han incrementado un 59% frente a los niveles precrisis, según los últimos datos referentes a 2018 publicados por la Agencia Tributaria. Esto supone que, de los 40.000 millones de euros de deuda pendiente de cobro, alrededor de 12.000 millones están pendientes de una resolución judicial.
Donar una vivienda a un hijo, aunque sea menor de edad, es una práctica común en España. Pero hay que saber que en caso de que el padre tenga deudas con Hacienda, ésta podrá exigir al hijo la responsabilidad de saldar esa deuda aunque sea menor de edad. Eso sí, el fisco no exigirá toda la deuda que se tenga contraída, sino la que se corresponde con el valor del inmueble donado. Ahora el Tribunal Supremo debe decidir si Hacienda puede declarar responsables tributarios a los menores de edad.
La semana pasada el Tribunal Supremo sorprendía con una sentencia ‘bomba’ para particulares y empresas que compran oro y que es extensible a otros bienes usados. Ahora hay que pagar ITP por comprar un bien de segunda mano, cuando el que lo venda sea un particular. Hasta ahora, el criterio era que la compra de oro (y por extensión, de otros bienes muebles) realizada por empresarios a particulares, no pagaba impuestos. De este modo, el ITP ya no se paga sólo por la adquisición de una vivienda usada o por alquilarla. Eso sí, los tipos impositivos varían en función de si se trata de un inmueble o de un bien mueble y de cada CCAA.
El Tribunal Supremo ha condenado por primera vez al Estado español a indemnizar a un contribuyente por haber dictado una normativa sobre la Plusvalía municipal que ha sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional.
El Ayuntamiento de Barcelona, liderado por Ada Colau, pretende aprobar una nueva tasa de basuras que actualmente pagan los comercios para que empiecen a abonarla también los hogares. Con esta nueva tasa cada hogar pagará entre 2,25 y 4,25 euros al día a partir de 2020.
“Consigue una casa por 5 euros”. “Se sortea vivienda por 10 euros la papeleta”. Son eslóganes de algunas empresas que se dedican a sortear viviendas con la compra de papeletas. Sin embargo, aunque el importe de la papeleta es “irrisorio” en comparación con la compra de una casa, el peaje fiscal a pagar puede ser muy elevado.
Tirón de orejas del Tribunal Supremo al Constitucional al considerar que los gastos de compra y venta de una vivienda (notaría, registro, impuestos pagados o cancelación de la hipoteca) no cuentan para librarse de pagar la plusvalía municipal.
En España, los trabajadores se jubilan cada vez más tarde. La edad media a la que los trabajadores empiezan a cobrar su pensión se sitúa en los 64 años y cinco meses, según los datos de la Seguridad Social. Este dato supone su máximo de la serie histórica que empezó en 2005. La caída del retiro anticipado, de hasta un 13%, ha sido uno de los principales motivos.
Con la negociación de un nuevo Gobierno central, saltan los rumores sobre cómo afectará la reforma de la financiación y a una hipotética armonización de la tributación de las comunidades autónomas. El PSOE ya ha afirmado que pretende igualar los impuestos, como el de Sucesiones y Donaciones o el de Patrimonio.
El Tribunal Económico-Administrativo (TEAR) de Valencia ha declarado que los contribuyentes que pierdan dinero con la donación de una vivienda podrán compensar esa pérdida en el IRPF con las ganancias obtenidas ese año y en los cuatro siguientes.
Queda poco más de un mes para despedir el año, pero todavía estás a tiempo de mejorar el resultado de tu próxima declaración de la renta.
El Tribunal Supremo ha dado una buena noticia a aquellos contribuyentes que pagaron la plusvalía municipal sin ser el sujeto pasivo, es decir, cuando ellos no eran los obligados a pagar el impuesto, y lo hicieron en virtud de un pacto o acuerdo con el vendedor. Ahora pueden recurrir el impuesto y recuperar lo pagado. Así, los ayuntamientos no podrán negar la posibilidad de recurrir.
Existe la creencia de que la fiscalidad de las donaciones entre parientes próximos (padres a hijos) está muy bonificada, pero todo depende de lo que se done. Si lo que se regala es un piso a un hijo, entonces esta transmisión queda gravada por tres impuestos: donaciones, plusvalía municipal e IRPF. Pero existe el pacto sucesorio, que permite la entrega de la vivienda heredada en vida y evitar estos tres impuestos. Eso sí, quien quiera llevar a cabo la transmisión de bienes inmuebles por esta vía debe darse prisa. La fiscalidad de estas operaciones podría incrementarse notablemente en los próximos meses.
El pacto PSOE y Podemos llevará a cabo una reforma fiscal que principalmente contará con alzas fiscales a empresas y a rentas altas que sufraguen el gasto social sin alarmar a Bruselas.
Los juristas ya tienen sobre la mesa la esperada sentencia del Constitucional donde tumba la plusvalía municipal cuando el importe del impuesto supere la ganancia de la venta de un inmueble.
La Comunidad Valenciana ha pasado a la historia de la fiscalidad autonómica por haber sido la primera Comunidad Autónoma en abandonar el método de tasación hipotecaria para comprobar que el contribuyente ha pagado convenientemente el ITP al comprar o el impuesto de Sucesiones al heredar una vivienda. En concreto, no ha recurrido en casación la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que anulaba el método de comprobación de valores de “tasación hipotecaria”.
Los contribuyentes que hayan financiado la compra de una vivienda con el dinero que le ha prestado un familiar pueden aplicarse la deducción del 15% de las cantidades aportadas en cada ejercicio fiscal, siempre que la operación se realizara antes de 2013. No obstante, hay varias diferencias entre este caso y el de un préstamo bancario: por ejemplo, será necesario informar al fisco y modificar los datos antes de presentar la declaración de la renta.
La Fundación de Casas Históricas y Singulares de España lleva dos décadas apoyando, a través de la Asociación del mismo nombre, a los propietarios de las más de mil propiedades históricas privadas en la difícil tarea de su conservación.Para entender la naturaleza de este patrimonio y las dificultades que entraña su gestión, hablamos con el presidente de la Fundación, Javier Bahamonde Santiso de Ossorio.
Es frecuente recibir un embargo de Hacienda que afecta a la vivienda o a otro inmueble en sociedad de bienes gananciales, es decir, cuya mitad pertenecen a los dos cónyuges. El deudor puede oponerse al embargo, pero la cuestión es si el cónyuge que no ha contraído la deuda puede evitar que Hacienda le embargue su parte. Aunque no está legitimado para recurrir la notificación de embargo, sí puede luchar por sus propiedades inmobiliarias.
El Instituto de Estudios Económicos ha publicado un estudio junto con la Property Rights Alliance que sale en defensa de la propiedad privada. Recuerda que es un derecho constitucional que promueve el progreso económico y alerta de que una excesiva carga impositiva puede vulnerarlo. De hecho, exige una reforma fiscal para evitar que figuras tributarias como el Impuesto sobre el Patrimonio, Sucesiones o Sociedade puedan convertirse en confiscatorios, así como mayor estabilidad política.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha declarado inconstitucional el impuesto conocido como plusvalía municipal cuando el dinero que debe pagar el ciudadano supera la cantidad que ha obtenido con la venta de la vivienda. El tribunal ha respondido así a una cuestión planteada por el Juzgado Contencioso-administrativo número 32 de Madrid.
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